AFIP: Guía para Pagar Aportes del Servicio Doméstico por Internet
Subido por Ronald el 16 febrero 2011 5:20 pm. En la categoría AFIP.

Son muchas las consultas realizadas para saber como pueden pagar los aportes del Servicio Doméstico por Internet, es por eso que con este artículo trataremos de orientarlos. Para pagar los aportes de los Empleados de casa particulares, se debe ingresar a la página de la pagomiscuentas y seleccionar a la izquierda de la pantalla la opción “Servicios AFIP” , ya que el pago se debe hacer a la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP.
Como se deben pagar los aportes del servicio doméstico por Internet, servicio pagomiscuentas:
- Ingresar al servicio de pagomiscuentas y del lado izquierdo de la pantalla seleccionar la opción “Servicios AFIP”.
- “Ingresar”.
- Poner la Clave de Identificación Laboral, CUIL.
- Elegir la opción “Presentación de DDJJ y Pagos”.
- “ACEPTAR”.
- “Nuevo VEP”.
- De los menús desplegables selecciona el CUIL.
- Poner el CUIL del Empleado.
- Seleccionar “AFIP”.
- Opción “SERVICIO DOMESTICO”.
- “Pago mensual ACTIVO”.
- Luego “mas de 16 horas”.
- Ya generaste el Volante Electrónico de Pago, VEP.
- Cerrar todas las ventanas de la página de la AFIP abiertas.
- Ingresar a pagomiscuentas.
- “Servicios AFIP”.
- Seleccionar “Pagar un VEP ya generado”.
- Realizar el pago e imprimirlo.
Agradecemos la Colaboración de Gabriel.
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15 respuestas to “AFIP: Guía para Pagar Aportes del Servicio Doméstico por Internet”

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[15] Comentarios
1 marzo 2012 a las 8:28 pm
marcela
Tendrias que ir pagando por ejemplo mes que vence y un mes para atras, si pagas mes de marzo/2012 paga dos marzo y febrero/2012 y si podes pagas tres pero siempre de esa manera Entendes? sucede que por el momento no hay moratoria pero si vas pagando asi, se achica la deuda y si sale algun plan siempre es para lo mas atrasado
29 febrero 2012 a las 9:56 am
Buenos Días , agradecería me asesoren en cuanto a como debo pagar los aportes que adeudo de mi empleada domestica, son casi dos años, lleva ocho trabajados en blanco, pero deje de pagar y no quiero problemas futuros, tengo que dirigirme a AFIP, O PUEDO ABONARLO DE ALGUNA OTRO FORMA , Y A QUE VALORES?? A LO DE HOY O LOS QUE CORRESPONDÍAN EN CADA CASO?? GRACIAS
2 enero 2012 a las 5:27 pm
Daniel
Pero tenes los pagos? Los aportes se pueden ver por Internet
http://www.econoblog.com.ar/9341/afip-oficializo-visualizar-los-aportes-del-servicio-domestico-por-internet/
2 enero 2012 a las 4:53 pm
Graciela, hace varios meses pago el servicio domestico a traves de mi banco por pago mis cuentas, y nunca generé un VEP en la afip ya que me acabo de enterar, que debo hacer?
30 noviembre 2011 a las 6:07 pm
Tengo una consulta: yo pagué los aportes de mi empleada por homebanking (pagomiscuentas) pero no generé previamente un VEP sino que lo hize a través de la opcion “Pagar Autónomos, Monotributo y S.Doméstico”. Sirve igual?, debo realizar el pago nuevamente?…como lo soluciono?…
Muchisimas gracias.
13 mayo 2011 a las 12:25 pm
Ok, muchas gracias Graciela.
10 mayo 2011 a las 2:54 pm
Elías
Se genera un VEP por cada pago que vas a realizar
10 mayo 2011 a las 2:50 pm
Graciela, buenas tardes, me podes confirmar si hay que generar un VEP por mes cada vez que se paga el aporte y contribución? O se utiliza siempre el mismo. Muchas gracias.
4 abril 2011 a las 6:18 pm
Muchisimas gracias x tu respuesta! Saludos,
4 abril 2011 a las 4:52 pm
Andrea
Sueldo dividido 25 por 10 dias de vacaciones uy sueldio dividido 30 por 20 dias trabajados ese es el sueldo de ese mes
29 marzo 2011 a las 4:38 pm
Hola Graciela, te hago una consulta, para una empleada cuyo sueldo bruto es $ 2.271,44. Al momento de armar el recibo de sueldo y pagarle las vacaciones (de 10 dias habiles porque lleva un año y medio trabajando), tengo que colocar la mitad de ese monto como sueldo y la otra mitad como vacaciones o como seria? Gracias!
21 febrero 2011 a las 12:20 pm
Inés
Si no puede pagar no lo paga pero si o si presenta la DDJJ. Lo mas probable que cando no paga a los pocos dias lo intiman a que pague
21 febrero 2011 a las 10:33 am
Graciela:
Entonces sigo de esta maenra que te parece:
Cuando se puede se paga todo por interbanking el día de vencimiento y cuando no se puede se paga por concepto en banco o creo que también se puede hacer por internet y pago los intereses correspondientes ¡que te parece?
Lo importante sería que siempre que se pueda el día de vencimiento se paga por lo menos un item por ej: aportes o.social
Me gustaría que me dijeras que te parece
Muchas Gracias por todo
18 febrero 2011 a las 4:59 pm
Inés
No hay impedimiento alguno lo que pasa que son menos cuotas y te cobran los intereses, multas sin perdón alguno. Si no es necesario conviene esperar a que salga algun plan mas conveniente, pero si lo tenes que hacer obligada se puede utilizar
17 febrero 2011 a las 12:12 pm
Graciela:
No corresponde a este artículo pero que me podes decir del aplicativo mis facilidades para pago de deudas impositivas y previsionales en cuotas.¿ Hay algun impedimento para usarlo? ¿quienes estan excluidos?
Perdon seguro que publicaste información en su momento pero como no me afectaba la pase por alto . Si tenes algun link pasamelo por que ahora si lo necesito.
Saludos