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Prorroga del Vencimiento de la Declaración Jurada Anual sobre los Ingresos Brutos

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, AGIP, mediante la Resolución Nº 1.823/2011, postergó el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas anuales del año 2010 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que a partir de este año se comienzan a generar e ingresar on line por medio de la página Web del organismo recaudador de la Capital Federal. Con esta prorroga comienzan a vencer, según el número del dígito verificador de terminación de la inscripción el día 17 de octubre de 2011. Con la publicación de la Resolución Nº 1.823/11 la AGIP oficializó la prórroga hasta el mes de octubre para que los contribuyentes cumplan con la presentación de la Declaración Jurada Anual del año 2010 del Impuesto sobre […]

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, AGIP, mediante la Resolución Nº 1.823/2011, postergó el vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas anuales del año 2010 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que a partir de este año se comienzan a generar e ingresar on line por medio de la página Web del organismo recaudador de la Capital Federal. Con esta prorroga comienzan a vencer, según el número del dígito verificador de terminación de la inscripción el día 17 de octubre de 2011.

Con la publicación de la Resolución Nº 1.823/11 la AGIP oficializó la prórroga hasta el mes de octubre para que los contribuyentes cumplan con la presentación de la Declaración Jurada Anual del año 2010 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos Porteños.

Originariamente los vencimientos debían operarse entre el día 22 y el día 26 de agosto próximo, pero por la puesta en marcha de cambios tecnológicos, se prorrogaron de acuerdo al siguiente cronograma, según el dígito verificador con que terminan los números de inscripción:

  • Terminación 0 y 1: 17 de octubre de 2011.
  • Terminación 2 y 3: 18 de octubre de 2011.
  • Terminación 4 y 5: 19 de octubre de 2011.
  • Terminación 6 y 7: 20 de octubre de 2011.
  • Terminación 8 y 9: 21 de octubre de 2011.

El cambio tecnológico tiene por objetivo brindar a los contribuyentes una herramienta más segura, ágil y confiable, requiriéndose de este nuevo plazo para la completa adecuación tanto de los sistemas como de las rutinas de los usuarios.

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