Empleados de Comercio acordó aumento del 23%
Las cámaras y el sindicato para empleados de comercio (conducido por Armando Cavalieri) el día 12 de junio firmaron un aumento del 23%, que será homologado en los próximos días por el Ministerio de Trabajo.
El acuerdo prevé que el incremento del 23% será cobrado en cuotas, la primera con la salario de junio, no serán cobrados como remunerativos durante 10 meses (de los 14 meses que existirá este convenio) no incluirá el plus de antigüedad y recibirán una asignación especial en el mes de diciembre.
Según Cavalieri el aumento significa un incremento del 12% desde junio, 6% desde agosto y del 5% desde noviembre, no es remunerativo con excepción del aporte a la obra social OSECAC.
El acuerdo fue firmado para evitar medidas de fuerza que se realizarán a partir del día jueves “paro nacional de brazos caídos” con concurrencia a los lugares de trabajo.
Anteriormente los directivos habían ofrecido un incremento del 16.5% y en cuatros cuotas mensuales, cosa que fue rechazada por el sindicato.
Clarín 13/06/2007
Artículos relacionados
349 respuestas to “Empleados de Comercio acordó aumento del 23%”
Páginas: « 18 [17] 16 15 14 13 12 11 10 9 8 … 1 »
Páginas: « 18 [17] 16 15 14 13 12 11 10 9 8 … 1 »

Enviar Noticia
[349] Comentarios
3 mayo 2010 a las 12:06 pm
hola! queria saber si un empleado de cio. categoria adm. b que se acaba de recibir de martillero público le corresponde algun plus por el titulo obtenido. muchas gracias!!!
5 abril 2010 a las 4:58 pm
Le cabe alguna penalidad a un empleado que tiene un accidente de trabajo, no grave, pero no avisa oportunamente, presenta certificados, pero el tiempo que transcurre entre el accidente y el certificado de denuncia a la ART del mismo, es tiempo que el empleador tiene que pagar teniendo una póliza que lo cubre??
26 marzo 2010 a las 1:53 pm
Hola .Trabajo en una empresa dental.Me recibí de odontologa.Quisisera saber si corresponde un plus por titulo universitario y basado en cual número de ley. Pertenezco a empleados de comercio.Gracias
20 febrero 2010 a las 12:15 pm
NOELIA
Inicia la jubilacion por invalidez, yo no te puedo responder eso. Es algo que se determina por junta medica en aNSES
19 febrero 2010 a las 3:38 pm
HOLA QUIERO SABER SI PUEDO JUBILARME ESTOY HACE 3 MESES DE LICENCIA POR ENFERMEDAD.TRABAJO HACE 4 AÑOS EN BLANCO. HACE 2 AÑOS ESTOY CON ARTRITIS REUMATOIDEA QUE CADA VEZ EVOLUCIONA MAS.Y ME GUARDAN EL EMPLEO POR UN AÑO. pERO NO PUEDO VOLVER POR MI ENFERMEDAD.SON MUCHAS HORAS Y EL TRABAJO ME CUESTA CADA VEZ MAS,YA TENGO EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD. QUIESIERA SABER SI ME PUEDO JUBILAR.TENGO 31 AÑOS Y NO TENGO CARGA SOCIAL. AGRADECERE SU RESPUESTA.
5 febrero 2010 a las 11:03 am
hola ignacio
me podrias decir cuanto deberia ser mi sueldo hace 15 años esty en negro, empleada admin contable 4 horas de lunes a viernes
8 diciembre 2009 a las 3:02 pm
Buenas tardes, tengo la siguiente situación:
Estoy por empezar con una distribuidora de productos de consumo masivo, y por tanto necesito contratar vendedores (que venderán por toda la ciudad) y supervisores. La pregunta es:
1) A los vendedores los debo contratar en relación de dependencia si trabajaran de forma exclusiva para mi negocio? Si es si,
2) En que CCT los consideraría? Empleados de comercio con la categoría vendedor ó viajante de comercio?
3) Cual es el mínimo que le tengo que garantizar? y en el contrato que suscribiremos se debe asentar las comisiones por producto?
4) Si entran como viajantes de comercio, el contrato se lo conforma ante escribano?
5) Los supervisores (si no cobran comisión) en que convenio entran y con que salario mínimo?
Desde ya muchísimas gracias.
5 diciembre 2009 a las 2:29 pm
donde hay que ir a cobrar lo de anses en oran-salta
17 noviembre 2009 a las 3:52 pm
Buenas tardes, Graciela
Te molesto nuevamente para otra consulta:
En qué momento debemos darle de baja en la AFIP, Art, etc?, seguimos sin noticias del empleado.
El telegrama intimando a retomar tareas lo enviamos el 11/11 a la tarde, y le dejaron 2 avisos de visita (12/11 y 13/11), el 13/11 le enviamos carta documento despidiendolo y la recibio el 14/11.
Se le puede mandar una CD avisando que le damos de baja en Afip, etc?, ya que omitimos esperar los plazos legales para el despido y no quisieramos que eso nos pueda perjudicar.
Y la ultima: que pasa si llegara a estar preso o internado y no nos enteramos?, no tenemos comunicación con la familia; una ex mujer de él con la cual tiene un hijo, nos está llamando a nosotros preguntando si sabemos de él.
Saludos y muchas gracias por tu buena predisposicion a contestar nuestras inquietudes.
16 noviembre 2009 a las 3:45 pm
Mariana
Primero no te desesperes ya esta lo que hiciste hiciste, no entiendo bien cual carta recibio pero bueno espera unos dias y si no recisbis nada tenes que volverlo a intimar por ultima ves y luego si mandar la que: Ausente sinaviso, desde tal fecha……. sin obtener respuesata a nuestra Cd nNº de fecha y CD Nº de fech.. consideramos que usted hizo abandono voluntario de trabajo, certific.haberes dev. a su disposición…..
Planilla excel liquidación despido con causo si tengo sin causa nolo habia pensado voy a haer una y la publico
http://www.econoblog.com.ar/761/planilla-excel-para-liquidacion-final-por-despido-sin-causa-justificada-indemnizacion-por-despido/
16 noviembre 2009 a las 2:29 pm
Graciela,
Me olvidé de mencionarte que de las 30 faltas injustificadas firmó los apercibimientos, pero que tenemos solo 1 suspensión (por carta documento)
Saludos y gracias nuevamente.
16 noviembre 2009 a las 2:23 pm
Graciela, muchísimas gracias por tu respuesta inmediata.
Nos llegó hoy del correo que el telegrama “no ha sido entregado, domicilio cerrado, dejose aviso de visita” Pero sí recibió la carta documento que enviamos el 13/11 (tu respuesta la acabo de ver, y ya me doy cuenta que hicimos mal)en la cual escribimos lo siguiente:
“No habiendose presentado a trabajar, no obstante mi intimación con telegrama de fecha 11 de Noviembre de 2009 y estando ausente desde el día 4,9,10,11,12 y 13 de Noviembre de 2009 sin aviso, ni justificación hago efectivo el apercibimiento legal y considero disuelto el vínculo laboral por abandono de trabajo. Haberes y liquidacuión final a su disposición y certificado de trabajo y servicios en el término de ley”
Mi pregunta es: al no haber esperado que recibiera el 1er telegrama enviado (que se le intimaba a retomar tareas), hay forma de subsanar ese error?, tampoco se mencionó nunca que justifique los días de ausencia.
Que debemos hacer? tanto si regresa como si no lo hace? (hasta el día de la fecha no tenemos noticias de él)
Y la última y espero no molestarte mas:
Tendrás alguna planillita de excel para despido con causa?, y sin causa tambien (para ya tenerlo)
Saludos,
12 noviembre 2009 a las 2:14 pm
Mariana
Por lo que decis esta trabajando en blanco? Hace el seguimiento del telegrama po rinternet y cuando lo reciba tenes que espera 48 horas más y si no tenes respuesta le mandas otro que diga “Sin respuesta nuestro Telegrama Nº de fecha….., ausencia injustifacadas desde el día ……. , actitud suya reincidente y de grave indiciplina, con su accionar ocasiona perjuicios muy graves a la empresa. Intimo 24 horas retome tareas en su horario normal y habitual, justificando sus días de ausencia, caso contrario consideraremos abandono de trabajo, su exclusiva culpa.
Luego haces los mismo seguispor internet que lo reciba esperas 24 horas y si no tenes respuesta, si le tenes que mandar otro “Sin respuestas nuestro telegrama Nº de fecha y Nº de fecha consideramos abandono voluntario de trabajo. Haberes devengados, liquidación final, certificados de trabajo a su disposición en …………… en el horario……..”
Por las otras ausencias injustificadas no lo sancionaste? Si lo queres despedir con causa se necesita que el legajo tenga los apercibimientos y suspenciones por cada ausencia o llega tarde, primero se apercibe luego se suspende y por ultimo se despide : Por ejemplo si ahora vuelve trabajar lo tenes que sancionar y por supuesto pedir certificados
12 noviembre 2009 a las 1:46 pm
Hola, Graciela
Mi consulta es la siguiente:
Tenemos un empleado que falta todos los meses 2, 3 dias sin aviso, firma los apercibimientos y ya tiene un par de cartas documentos que se le mandaron intimandole a retomar las tareas; siempre regresa, pero esta vez es el 4º día que no viene, no avisa nada, no contesta el celular y ayer le enviamos un telegrama poniendole lo siguiente:
“No habiendose presentado a trabajar los dias 4,9,10 y 11 de noviembre de 2009 sin aviso, intimo retome en forma inmediata tareas en su horario habitual, caso contrario se le considerará abandono de trabajo”
Lo último que puedo mencionarte es que es el chofer que realiza las entregas de los productos de limpieza que distribuimos en horario de encargado (8/12 hs),por lo que nos perjudica mucho su usencia sin aviso; ademas de que suele llegar tarde.
Mi pregunta es: que podemos hacer?, como podemos despedirlo con justa causa?, ya tenemos 30 inasistencias injustificadas desde 12/2008.
Muchas gracias y disculpame lo extenso.
Saludos,
Mariana
2 noviembre 2009 a las 5:06 pm
Buenas tardes
Consulta:
Estoy fuera de convenio, deseo saber si me corresponden dias por nacimiento, y también por familiar directo enfermo.
Saludos
Ricardo
17 agosto 2009 a las 6:28 pm
mi pregunta es si la categoria tiene un cambio en la misma ya que yo soy categoria “C” administrativo por el tiempo transcurrio en ellugar de trabajo mi antiguedad es de diez años y nuca se me cambio de categoria
29 julio 2009 a las 6:40 pm
LUIS:
Estas bajo un convenio colectivo, en tu caso el de “comercio”. Por lo tanto tu sueldo se rige bajo la escala salarial dictada por el gremio y no bajo el mínimo imponible.
Obviamento lo que si no podras es cobrar menos del M.V.M.-
El M.V.M. esta destinado sobre todo a los trabajadores fuera de convenios colectivos.-
Tu sueldo actual entre remunerativo y no rem. menos las retenciones y tomando como antiguedad “inicial”, rondaria los $1832.-
29 julio 2009 a las 2:43 pm
HOLA, AYER REALIZARON UN ACUERDO DE AUMENTO DE SALARIO MINIMO, ME PODRIA INFORMAR CUAL SERIA EL AUMENTO PARA AUXILIAR A EMPLEADO DE COMERCIO JORNADA COMPLETA DE 8 HORAS? GRACIAS
28 julio 2009 a las 1:24 pm
hola , estoy trabajando como vendedora en un local de ropa de lun -vier de 16.30-20.30 y los sabados todo el dia de 10-14hs 16-20.30 me quieren poner en blanco como monotributista . cuanto tendria que cobrar ?
y las vacaciones , y el aguinaldo ?
gracias
27 julio 2009 a las 3:49 pm
hola Graciela, necesitaria saber a que gremio pertenece un empleado de canchas de paddle, que hace mantenimiento de las mismas y como le liquido el sueldo
muchas gracias