Empleados de-Comercio Acuerdo Salarial, homologado
Subido por Graciela el 19 mayo 2009 12:53 pm. En la categoría Otros.
El acuerdo salarial para los empleados de comercio fue homologado por Resolución Nº 570/2009, solo resta la publicación en el Boletín Oficial, para que este sea considerado por los empleadores. El mismo prorroga las sumas No Remunerativas del acuerdo de abril/2008 y otorga otra suma, también No Remunerativa de $300.- desde abril de 2009 y hasta el día 31 de diciembre de 2009.
Algunos párrafo sobresalientes del acuerdo salarial Abril 2009 Resolución Nº 570/2009:
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Trabajadores pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, los Empleados de Comercio Nº 130/75 serán beneficiados con este acuerdo salarial a partir de los sueldos del mes de abril de 2009.
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Resolución 510/2008 Acuerdo No Remunerativo continúan en el mismo carácter hasta 31 de diciembre de 2009, pasando a ser remunerativos a partir de 1º de enero de 2010.
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Se abonara una suma No Remunerativa equivalente al 50% de la suma resultante de la Resolución 510/2008, juntamente con las liquidaciones de los meses de junio y diciembre de 2009.
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Las sumas No Remunerativas estarán sujetas a los aportes y contribuciones para la Obra Social de los Empelados de Comercio, OSECAC, el aporte del trabajador al sindicato del 2% y el 0.5% para FAECYS.
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Pagar bajo la denominación de “Acuerdo Colectivo abril 2009″ una Suma No Remunerativa de $300.- por mes para los trabajadores de jornada completa o proporcional para aquellos que trabajen jornada reducida. Debiendo aplicarse el presentismo para dicha suma.
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Se abonara una suma No Remunerativa equivalente al 25% juntamente con el sueldo del mes de junio de 2009 y del 50% con el sueldo del mes de diciembre de 2009, sobre los $300.- .
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El importe de $300.-, compensará hasta su concurrencia los incrementos otorgados por los empleadores a partir del 1º de enero de 2009.
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La suma No Remunerativa estará sujeta a los aportes y contribuciones para la Obra Social de los Empelados de Comercio, OSECAC, el aporte del trabajador al sindicato del 2% y el 0.5% para FAECYS.
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Se deberá descontar por única vez a todos los trabajadores beneficiados por este acuerdo, la suma de $30.- para la Obra Social OSECAC. Dicha suma será debitada por el sector empleador del primer monto de suma fija a percibir por los trabajadores por el mes de abril de 2009 y depositada a la orden de OSECAC. dicha suma se debe ingresar por medio del programa de la AFIP, SICOSS, en la pestaña “Obra Social y LRT” en la celda “Aporte adicional de OS”
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Esta importe mantendrá el carácter de No Remunerativo hasta el día 31 de enero de 2010, en que pasará a formar parte de su remuneración habitual.
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El empleador podrá disponer, si desea que sea incorporada a la remuneración con fecha anterior a la aquí publicada.
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Se dispone de cinco días para que se acompañen las escalas salariales de los meses enero 2010 y febrero 2010.
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76 respuestas to “Empleados de-Comercio Acuerdo Salarial, homologado”

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[76] Comentarios
27 mayo 2009 a las 5:10 pm
Graciela:
Los aportes y contribuciones sobre los no remunerativos (es decir, el 20% + $100 + $300 + equivalente al presentismo) se aplica solo a aquellos empleados afiliados a OSECAC? ya que tanto en OSECAC como en el SEC me dijeron que se aplica tanto a los afiliados a OSECAC como a quienes hayan optado por otra obra social
Gracias
24 mayo 2009 a las 11:12 am
Federico
Enjunio cuando se deba liquidar saco planilla excel para ese mes. Los 100 ,el 20% mas el presentismo, No Remunerativo acuerdo abril/08 en junio se paga un 50% De los 300 mas el prfesentismo en junio se paga un 25% y en diciembre el 50% sobre todo lo no remuenrativo
23 mayo 2009 a las 9:54 pm
Preguntita: no soy liquidador, soy empleado y quisiera saber como juegan los $100 abril 2008 y los $300 abril 2009 para el aguinaldo. Muchas gracias a quien pueda contastarme!!!!!!!!!!
20 mayo 2009 a las 10:09 pm
Necesito Escala Salarial Administrativo “F” Abril de 2009
Muchas Gracias,
Elida
20 mayo 2009 a las 2:09 pm
agustin
No….. solo los $30 de abril
20 mayo 2009 a las 12:22 pm
Cuando un empleado tiene otra obra social distinta a osecac, debo depositar los aportes y contribuciones sobre lo no remunerativo también? como manejo ese tema?
gracias.
20 mayo 2009 a las 12:07 pm
Graciela,
tengo una duda con los empleados de convenio comercio pero que derivan aportes a otra obra social# se les debe hacer los descuentos de aportes por lo no remunerativo de comercio (acuerdos 2008 y 2009)? y por los $30 de unica vez?
gracias por aclarar este tema ya que en ningun lado esta claro, y si llamas a las obras sociales obviamente que quieren que deposites todo, aportes y contribuciones por lo no remunerativo.
D
20 mayo 2009 a las 10:52 am
Jose.
Estoy de acuerdo con vos, seguro va a salir algun comunicado
20 mayo 2009 a las 10:00 am
Mi consulta pasa por el tratamiento que debe darse a los $ 30 de retencion extraordinaria para OSECAC, en aquellos empleados que tenga otra O.S. Si lo ingresamos con aporte adicional en el SICOSS. El mismo va a ir destinado a la O. Social del empleado, no a OSECAC como lo precisaba el acuerdo…..
20 mayo 2009 a las 9:38 am
Diego
No te conviene que te lo pasen, ya que te lo van a absover con los aumentos de basico
20 mayo 2009 a las 9:21 am
jonatan
Por un dia de ausencia no se descuenta el presentismo a mi modo de ver no corresponde el descuento, el acuerdo lo hizo de palabra o por escrito? siempre se debe hacer por escrito, esta masl puetos falat injustificada si es acuerdo. Los 300 seguro que no s elopagaron ya que recien feuronhomologados y falta la publicación
20 mayo 2009 a las 12:28 am
Hola Graciela, mi consulta es que el mes de abril no lo cobre con los $300 de aumento, cobre igual que marzo, lo que quiero saber si voy a cobrar el mes de mayo y abril juntos o como se haria en esos casos, ya que quisiera saber abril como lo van a liquidar si el acuerdo fue homologado hace poco y no fue pagado con el mes de abril, espero haber sido claro muchas gracias
20 mayo 2009 a las 12:00 am
Graciela, mi consulta radica en 2 puntos, el primero mi esposa trabaja de lunes a sabados, pero los martes y los viernes arreglo con la empresa trabajar 1/2 jornada, por este hecho en el recibo de sueldo le colocan un items que dice “falta injustificada x 4 días” y le hacen el descuento del básico y no le pagan el presentismo, esta bien liquidado asi ya que fue un acuerdo? y la segunda pregunta es que en mayo no les pagaron los $300 pesos del acuerdo, que reclamo puedo realizar y ante que organismo? desde ya gracias por tu asesoramiento.
19 mayo 2009 a las 9:29 pm
Quería consultarles si la Cuenta a Futuros aumentos luego de un año debería pasar al básico?
19 mayo 2009 a las 9:05 pm
fernanda
por el momento no estoy pasando liquidacion par ano confundr mas a los visititantes, apenas publique las planilla volve a preguntarme y tratare, pero en lo posible cuando pueblique la planilla luego voy a publicar otra (si puedo) para jornada reducida, tarta de bajarla y liqudiar tu sueldo, si tenes dudas me preguntas y me contas como te resulto la planilla ok
si trabajas 6 horas diarias no es media jornada es 30 horas semanales se tiene que hacer el calculo 300/200x cantidad de horas al mes
19 mayo 2009 a las 9:05 pm
Si los $30 destinados a osecac tienen que descontarlo de todos los empleados beneficiados con el acuerdo, como lo ingresa uno que tiene otra obra social, ya que con el aplicativo no se destinaria a osecac o no debe hacerlo? gracias. Graciela tu trabajo es fantastico.
19 mayo 2009 a las 9:00 pm
Eugenia
Es retroactivo a abril y tambien hay que ver como te pago tu empleador ya que se debe liquidar abril igual a marzo mas los $300
19 mayo 2009 a las 8:51 pm
Julia.
Son $30.- no importa tiempo, horas obra social, solo importa si se beneficio con le acuerdo
19 mayo 2009 a las 8:47 pm
Maria Eugenia:
Cada liquidador toma su criterio, como cada medico con su librito. Yo considero que no puede quedar así, se teien que solucionar, pero ?¿?¿¿
19 mayo 2009 a las 8:44 pm
Hernan:
Los 100 se siguen pagando con hasta ahora los $300.- van en rubro aparte