Servicio doméstico

Servicio doméstico Ingresos de Aportes y contribuciones

Los trabajadores del servicio domestico que se desempeñen para un mismo dador de trabajo por 6 horas por semana deberán obligatoriamente realizar aportes al sistema de la seguridad Social para empleados de Servicio Domestico, ya sea como empleados en relación de dependencia o como trabajadores autónomos.  Aquellos que lo hagan por un lapso menor a seis horas por semana podrán elegir de inscribirse en el régimen general (debiendo pagar la diferencia) o por inscribirse en el monotributo. Cuando un trabajador  desempeñe  tareas con mas de un dador de trabajo, la obligación de realizar los aportes y contribuciones abarca a cada dador  de trabajo, pudiendo el trabajador unificar los aportes para mejorar los servicios bridadnos, ya sea jubilatorios o de salud. […]

Los trabajadores del servicio domestico que se desempeñen para un mismo dador de trabajo por 6 horas por semana deberán obligatoriamente realizar aportes al sistema de la seguridad Social para empleados de Servicio Domestico, ya sea como empleados en relación de dependencia o como trabajadores autónomos.  Aquellos que lo hagan por un lapso menor a seis horas por semana podrán elegir de inscribirse en el régimen general (debiendo pagar la diferencia) o por inscribirse en el monotributo.

Cuando un trabajador  desempeñe  tareas con mas de un dador de trabajo, la obligación de realizar los aportes y contribuciones abarca a cada dador  de trabajo, pudiendo el trabajador unificar los aportes para mejorar los servicios bridadnos, ya sea jubilatorios o de salud.

Además hay aportes y contribuciones establecidas para los trabajadores de servicio domésticos menores de edad entre 14 y 18 años.

Los dadores de trabajo deben ingresar antes del día 10 de cada mes los aportes y contribuciones del mes anterior de sus trabajadores, los cuales varían de acuerdo a las horas que se trabajen por semana, si este es activo, jubilado o menor de 18 años. Deberá realizar el pago mediante el formulario 102 de la AFIP, en los lugares de pagos dispuestos por este organismo.

El  trabajador que lo desee podrá ingresar importes voluntarios con le fin de mejorar su jubilación o sistema de salud. Debiendo ingresar el pago hasta el día 15 de cada mes. Para lo cual deberá utilizar el volante de pago formulario 575 de la AFIP

Si los aportes y contribuciones se pagan con posterioridad a las fechas antes indicadas se deberá pagar los correspondientes intereses resarcitorios.

El trabajador que no posea C.U.I.L. deberá gestionar su asignación en la ANSeS, inclusive si este trabajador no fuese argentino puede realizar el tramite con su Documento Nacional de Identidad (DNI) de extranjero, o Expediente otorgado por la Dirección Nacional de Migraciones.

36 comentarios en “Servicio doméstico Ingresos de Aportes y contribuciones”

  1. buenos dias. quiero consultar sobre mi trabajo. estoy hace ya un año trabajando en casa de familia. cuido un chico con discapacidad diferente y esta en sillas de rueda. y hacer las tareas de la casa trabajo por dia 8hs diaria de lunes a viernes.en total son 40hs semanales.cuantos dias de vacaciones me corresponde? ¿y cuanto DEVERIA PAGARME POR MES? GRACIAS!!!!

    1. hortencia

      Vacaciones 14 días y el sueldo depende a que labor le dedicas más horas cuidar al discapacitado $3.990.-y tareas del hogar $3.220.-

  2. hola ,quisiera saber en que categoria estaria y deberia abonar si realiza trabajos domesticos, y cuida dos chicos dia x medio habiles.- osea trabaja slo 10 dias al mes.-
    ¿Corresponde pago de aguinaldo?
    ¿Corresponde pago de vacaciones?
    ¿En qué régimen está encuadrada?
    ¿Corresponde indemnización por despido?
    Desde ya muchas gracias

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