Planilla Excel: Liquidar Empleados de Comercio mes de Abril de 2012

La liquidación para los Empleados de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, a partir de este mes se simplifica debido a que no existen las Sumas no Remunerativas y se deben utilizar los básicos que se bajan directamente de las planillas del sindicato, que las encontramos haciendo clic aquí, bajo la denominación “Escalas Salarial junio 2011- Abril 2012”. Publicamos una planilla Excel para simplificar la liquidación de sueldos y jornales del mes de abril de 2012.
Para utilizar la planilla Excel y liquidar a los Empleados de Comercio en el mes de abril de 2012, recomendados previamente bajarla a la computadora y en el caso de no coincidir con los ejemplos liquidados se deberán modificar sólo unas celdas determinadas.
El ejemplo liquidado en la planilla corresponde a un Empleado de Comercio con Categoría Administrativo “A” con tres (3) años de antigüedad y solamente en los casos cuando lo que se debe liquidar no concuerde con los datos mencionados, se deberán modificar las celdas a cambiar. Tener en cuenta:
- Celda E-12 corresponde al básico de la categoría que se puede obtener de AQUI.
- Celda C-12 corresponde la categoría del trabajador.
- Celda C-13 corresponde poner la cantidad de años de Antigüedad en la Empresa.
Como podrán ver el procedimiento es muy fácil y no se requiere tener mayores conocimientos en liquidación de Sueldos y Jornales, solamente debe tener en cuenta que debe bajar los básicos de la página Web del sindicato FACEyS, “Escalas Salarial junio 2011- Abril 2012”, para modificar la celda E-12.
Quedamos a la espera de su comentario o consulta para saber si la planilla Excel publicada te es de utilizad y fácil manejo.
Bajar Planilla Excel Liquidación Empleados de Comercio mes de Abril de 2012.
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18 respuestas to “Planilla Excel: Liquidar Empleados de Comercio mes de Abril de 2012”

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[18] Comentarios
12 noviembre 2012 a las 1:24 pm
matias
Desde el año 2010 se comenzo a pagar la antigüedad en rubro separado
12 noviembre 2012 a las 1:13 pm
hola, en la empresa que trabajo nunca me pagaron la antiguedad, ya hace 8 años que estoy ahí. puede ser que este bien lo que hacen?. muchas gracias!
26 junio 2012 a las 5:22 pm
horacio
Te pagan lo que el empleador dice que te tienen que pagar por el Formulario 931
26 junio 2012 a las 1:10 pm
Hola graciela.
te queria hacer una consulta,yo tube un accidente y a la hora de hacerme la liquidacion mensual no me incluian la antiguedad,esta bien eso?
22 mayo 2012 a las 9:19 pm
Maria
Hay que esperar que salga a ver que dice
21 mayo 2012 a las 11:18 pm
Hola! empecé a trabajar el 26 de diciembre de 2011, o sea van a ser 5 meses. a partir de cuando me corresponde el aumento que le van a dar a los empleados de comercio?
18 mayo 2012 a las 12:35 pm
ROMINA
Si la antiguedad se acumula
17 mayo 2012 a las 4:03 pm
hola. una consulta: tengo una amiga que trabajo 5 años en una empresa renuncio por 5 meses y volvió. la antigüedad que le computan es desde el ultimo inicio. me parece que los cinco años anteriores deberian computarse? porque si es asi, le estan computando 23 y tendria que ser 28.esto incluye que le han computado tambien de menos las vacaciones.
es asi?
3 mayo 2012 a las 10:05 am
Graciela, como siempre muchas gracias por tus prontas respuestas. Estuve pegando una miradita en, ABC – Consultas y Respuestas Frecuentes sobre Normativa, Aplicativos y Sistemas de AFIP y en las ocnsultas de SICOSS leyendo el evento 2965 parecería que sería obligatorio que utilice la versión SICOSS 36 a partir del 01-06 o sea que podría seguir por este mes con la versión que tengo. No es que no quiera actualizarla pero me parece que tiene algunos cambios en porcentajes de contribuciones, no se si estoy en lo cierto.
Espero tu interpretación
Saludos
30 abril 2012 a las 4:38 pm
In´s
si este mes corresponde con la nueva versión. No pasa nada todavia con el aumento
30 abril 2012 a las 4:36 pm
Inés
Al enfermarse corta las vacaciones la continua cuando le dan el alta, siempre debe avisar al empleador con tiempo para que este si quiere le mande el medico para corroborar su enfermedad
30 abril 2012 a las 12:57 pm
Nueva consulta:
Como se debe realizar una liquidación en la que un empleado salió de vacaciones el 09-04-2012 y se prolongan hasta el 06-05-2012. En el lapso de estas vacaciones se enfermo.
¿Influye en la manera de liquidar las vacaciones?. Al salir de vacaciones estaba bien…se enfermo durante las vacaciones.
Espero haber sido clara
Saludos y gracias
30 abril 2012 a las 11:54 am
A mi entender deberían cobrar un poquito más. Por que al pasar al básico lo no remunerativo se modifica la antigüedad.
¿No se si estoy en lo cierto?….y nos evitamos la información de conceptos no remunerativos excepto que en el mes tengamos despidos o renuncias.
Pregunto….todavía no baje la última versión de SICOSS ¿LO TENGO QUE HACER SI O SI ESTE MES?¿AFECTA EN ALGO A EMPLEADOS DE COMERCIO?
No escuche nada, ni siquiera alguna noticia lejana sobre aumentos para este gremio….que locura.
Como siempre Graciela gracias por todo
27 abril 2012 a las 1:47 pm
Fernanda
Hasta el momento no hay aumento, tendrias que cobrar lo mismo
26 abril 2012 a las 11:54 pm
o sea aumento no hay, en realidad ahora te saca mas el gobierno, el gremio, es asi o me equivoco?
25 abril 2012 a las 5:37 pm
Esperemos que sea pronto!! Muchas gracias, saludos
25 abril 2012 a las 4:52 pm
Daniela
Seguramente que si pero ya sabes ?¿? Apenas tenga novedad la publico
25 abril 2012 a las 4:51 pm
Hola Graciela, tenés alguna novedad si van a arreglar un aumento salarial para este año los empleados de comercio???
Saludos