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Acuerdo entre Argentina y Uruguay: Intercambio de Información

Ricardo Echegaray, Director de la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  firmó un acuerdo con José Mujica, Presidente de Uruguay, donde se establece el correspondiente cruce de información fiscal, con el que se podrá calcular el monto adeudado desde el momento que se adquirieron los activos en el país vecino. Muchos son los argentinos que para evadir impuestos tienen depósitos y propiedad en este país, ahora el fisco argentino podrá reclamar «hacia atrás» y cobrar lo no declarado. La AFIP realizará las gestiones correspondientes para poder cobrar los impuestos atrasados a los contribuyentes argentinos que posean bienes en Uruguay. El flamante acuerdo que firmó la AFIP se trata de un cruce de información no retroactivo, pero ante una sospecha de […]

Ricardo Echegaray, Director de la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP,  firmó un acuerdo con José Mujica, Presidente de Uruguay, donde se establece el correspondiente cruce de información fiscal, con el que se podrá calcular el monto adeudado desde el momento que se adquirieron los activos en el país vecino. Muchos son los argentinos que para evadir impuestos tienen depósitos y propiedad en este país, ahora el fisco argentino podrá reclamar «hacia atrás» y cobrar lo no declarado.

La AFIP realizará las gestiones correspondientes para poder cobrar los impuestos atrasados a los contribuyentes argentinos que posean bienes en Uruguay.

El flamante acuerdo que firmó la AFIP se trata de un cruce de información no retroactivo, pero ante una sospecha de evasión el organismo argentino tendrá la facultad de poder solicitar datos sobre el pasado patrimonial de los inversores sospechados, peor lo debe hacer con nombre y apellido.

La AFIP ante cualquier sospecha estará habilitada para solicitarle a Uruguay la información pertinente y en los casos de confirmarse las irregularidades, se evaluará el monto total del impuesto vencido de Bienes Personales y se investigará si existió evasión al Impuesto a las Ganancias, en base al cálculo sobre la renta que se generó para adquirir el capital.

Según publico el Diario El Cronista, el texto del tratado bilateral en su artículo Nº 2 le permite a la República Argentina solicitar a Uruguay «aquella información que sea previsiblemente relevante para la determinación, liquidación, la implementación, el control y la recaudación» de impuestos.

Además autoriza al «cobro y la ejecución de créditos tributarios o para la investigación o el enjuiciamiento de asuntos tributarios».

«Sin dudas esto va a generar un freno en cuanto al nivel de compras; se sentirá muy fuerte», opinaron al respecto desde las agencias inmobiliarias de Uruguay.

Gabriel Conde, presidente de la Cámara Inmobiliaria de Uruguay,  consideró ante el Diario El Observador que: «este tipo de medidas siempre genera un impacto negativo porque aquel inversor que está dudando prefiere esperar; eso es inevitable y se sentirá en mayor o menor medida en el negocio inmobiliario».

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