Carnicería

Exportación de Carnes y Pescados – Beneficios Fiscales

Ricardo Echegaray, Titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, firmó la Resolución Genera Nº 3.320 ya publicada en el Boletín Oficial, mediante la cual establece más controles en la exportación de carne y pescado y a su vez se les otorga más beneficios fiscales. Las empresas deberán inscribirse en un registro y declarar su actividad, mantener o incrementar la planta de personal, tener al día «las obligaciones tributarias y de la seguridad social» y no poseer deudas impositivas ni aduaneras. Esta normativa establece que los exportadores de carne termoprocesada y pescados que cumpla con los requisitos tendrán mayores beneficios fiscales. Se aprobó «la herramienta informática de control permanente de requisitos para acceder a beneficios tributarios denominada Monitoreo de […]

Ricardo Echegaray, Titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, firmó la Resolución Genera Nº 3.320 ya publicada en el Boletín Oficial, mediante la cual establece más controles en la exportación de carne y pescado y a su vez se les otorga más beneficios fiscales. Las empresas deberán inscribirse en un registro y declarar su actividad, mantener o incrementar la planta de personal, tener al día «las obligaciones tributarias y de la seguridad social» y no poseer deudas impositivas ni aduaneras.

Esta normativa establece que los exportadores de carne termoprocesada y pescados que cumpla con los requisitos tendrán mayores beneficios fiscales.

Se aprobó «la herramienta informática de control permanente de requisitos para acceder a beneficios tributarios denominada Monitoreo de Estímulos a la Producción Argentina».

Los exportadores de «pescados, crustáceos y demás invertebrados acuáticos, y de termoprocesados, incluyendo conservas, carne cocida y extracto de carne, todos de origen bovino» serán los controlados por esta resolución.

La medida indica que para poder acceder a los beneficios fiscales, que fueron fijados a partir de los decretos Nº 429, para los pescados, y Nº 526, para la carne, los exportadores deberán estar inscriptos en el «Registro Especial de Beneficiarios de Estímulos a la Producción Argentina«, mientras que «los organismos encargados de monitorear el cumplimiento de los requisitos que habilitan los beneficios establecidos, comunicarán a la AFIP la nómina de beneficiarios de cada régimen y las novedades de altas y bajas».

Es importante tener en cuenta que se establece además que, para mantener el beneficio, se deberá declarar la actividad, mantener o incrementar la planta de personal, tener al día «las obligaciones tributarias y de la seguridad social», no poseer «deudas líquidas y exigibles impositivas, aduaneras y/o de la seguridad social» y haber presentado «las correspondientes declaraciones juradas determinativas de los tributos respecto de los cuales estuvieren obligados».

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