Nuevamente este año se modifica la famosa tablita del impuesto a las ganancias 4ta. categoría, para los trabajadores en relación de dependencia, el senado ya aprobó la Ley.
Se eleva el mínimo no imponible a $ 3.400.- para los trabajadores en relación de dependencia solteros y sin cargas de familia, y a $ 4.600.- para los casados, la nueva Ley se aplicará a partir del 1º de septiembre, pero tiene retroactividad al 1º de enero del 2007.
Hola, quisiera saber si el seguro de sepelio que para los camioneros se retiene en el recibo el 1,5% se toma como deducción para el cálculo de la ganancia neta. Saludos y gracias
si quieren me pueden escribir a mi correo de mail, tengo un programa muy bueno para ganancias, y cualquier consulta que me quieran realizar.
Un par de consultas sobre impuesto a las ganancias:
1.- Me comentaron (quisiera confirmarlo) que el dinero que me retienen en concepto de imp. a ganancias podría ser utilizado para pagar parte de un crédito inmobiliario que no necesariamente sea para vivienda única.
2.- Soy docente universitario y en mis deducciones se incluye «Contribución Obra Social Jubilados»; es un monto importante y quisiera saber si es deducible para el impuesto a las ganancias.
Saludos,
Darío
hola Marcial.
para el impuesto a las ganancias vos tenes que tener en cuenta la deducción especial de $36.000.- mas los $4.000.- por dos (hijos) y tu concubina si la declaraste como a cargo $8000.- estos valores son anuales.
gracias
necesito saber como afecta la nueva ley de impuestos a la ganancia a un trabajador en dependencia que es soltero pero esta juntado y tiene dos hijos reconocidos