Calculadora con logo de la AFIP

Régimen Opcional de la AFIP para presentar Ganancias anticipada

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución Nº 3.414/2012, estableció un «régimen opcional de presentación de declaraciones juradas y pagos» para los ciudadanos con impuestos al Valor Agregado, IVA, Ganancias y Ganancia Mínima Presunta que venzan durante el mes de enero de 2013. Según la aclaración del fisco nacional es de que se tomó esta decisión para evitar inconvenientes por la feria judicial de dicho mes. La AFIP permitirá a los contribuyentes que presenten las Declaraciones Juradas, DDJJ, anticipadas, para eso, estableció un «régimen opcional» para aquellos contribuyentes que quieran cumplir con sus obligaciones antes de tiempo. Dicha medida se extiende para los Impuestos IVA, Ganancias y Ganancia Mínima Presunta. Los contribuyentes podrán realizar la presentación de […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución Nº 3.414/2012, estableció un «régimen opcional de presentación de declaraciones juradas y pagos» para los ciudadanos con impuestos al Valor Agregado, IVA, Ganancias y Ganancia Mínima Presunta que venzan durante el mes de enero de 2013. Según la aclaración del fisco nacional es de que se tomó esta decisión para evitar inconvenientes por la feria judicial de dicho mes.

La AFIP permitirá a los contribuyentes que presenten las Declaraciones Juradas, DDJJ, anticipadas, para eso, estableció un «régimen opcional» para aquellos contribuyentes que quieran cumplir con sus obligaciones antes de tiempo. Dicha medida se extiende para los Impuestos IVA, Ganancias y Ganancia Mínima Presunta.

Los contribuyentes podrán realizar la presentación de sus DDJJ y pagos de, forma anticipada ingresando con su Clave Fiscal a través de la página Web de la AFIP entre el 27 de diciembre y hasta un día antes de la fecha de vencimiento establecida en su cronograma de vencimientos.

De acuerdo a lo que establece la resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, quienes adhieran a este régimen deberán «ingresar un pago a cuenta» por cada uno de los impuestos. Ese importe «será determinado en forma automática» por la AFIP.

Los requisitos para poder adherir a este régimen depende del impuesto:

  • IVA: Usuarios deberán tener pagos los «últimos doce períodos fiscales contados hasta el 31 de octubre».
    • Para adherir al pago deberán tener «importes de sus ventas y/o prestaciones o locaciones de servicios, resulte inferior o igual a un millón de pesos».
  • Ganancias y Ganancia Mínima Presunta tendrán que tener en regla el «período fiscal inmediato anterior».

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *