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Deducciones de Ganancias se Tramitan por Internet – Formulario Nº572 Electrónico

Los Trabajadores en relación de dependencia hasta ahora debían completar el Formulario Nº 572 para indicarle a su empleador sus cargas de familias, a partir del año 2013 la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, según publico la Resolución General Nº 3.418/2012, establece el Nuevo Formulario denominado “F 572 electrónico” para la declaración online de cargas de familia y deducciones personales. Para completarlo se necesita contar con la “Clave Fiscal”. La nueva normativa publicada por la AFIP establece la utilización del Formulario F572 Electrónico para que los trabajadores le indiquen a sus empleadores las cargas de familias y descuentos personales que deberá aplicar en las deducciones del Impuesto a las Ganancias. Por lo que, los trabajadores en relación de dependencia […]

Los Trabajadores en relación de dependencia hasta ahora debían completar el Formulario Nº 572 para indicarle a su empleador sus cargas de familias, a partir del año 2013 la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, según publico la Resolución General Nº 3.418/2012, establece el Nuevo Formulario denominado “F 572 electrónico” para la declaración online de cargas de familia y deducciones personales. Para completarlo se necesita contar con la “Clave Fiscal”.

La nueva normativa publicada por la AFIP establece la utilización del Formulario F572 Electrónico para que los trabajadores le indiquen a sus empleadores las cargas de familias y descuentos personales que deberá aplicar en las deducciones del Impuesto a las Ganancias.

Por lo que, los trabajadores en relación de dependencia ya no completarán en el formulario F572 manualmente para su empleador, sino que lo deberán hacer directamente por Internet a la AFIP, con su “Clave Fiscal”.

Además, del que el trabajador puede cargar en el formulario F572 Electrónico, las deducciones personales y las cargas de familia podrá computar las percepciones del 15% de las entidades bancarias sufridas por compras en el exterior.

Con la redacción de la normativa se interpreta que el computo de la percepción del 15% por compras con tarjetas en el exterior, se puede hacer de forma mensual y a la vez los vincula con pagos a cuenta del computó anual  como impuesto a las créditos bancarios o percepciones aduaneras.

El trabajador estará obligado a completar el Formulario F572 Electrónico  cuando:

  • Reciba una remuneración bruta correspondiente al año calendario inmediato anterior al que se declara igual o superior a $250.000.-
  • El año a considerar para la determinación sea el del inicio de la relación laboral y no se hubieran abonado remuneraciones por los 12 meses correspondientes. A los fines de establecer si en el período siguiente corresponderá utilizar el referido servicio, deberá considerarse la remuneración bruta mensual pactada y proyectarla a todo el año calendario.
  • En los casos en que el trabajador compute algún pago a cuenta del gravamen con las percepciones que les hubieren practicado durante el período fiscal que se liquida, por compras en el exterior con tarjeta de crédito.
  • Cuando el empleador por razones administrativas así lo determine.

Cuando el trabajador tenga más de un empleo deberá considerar la suma total de las remuneraciones brutas percibidas en el mes.

La nombrada normativa entra en vigencia a partir del año 2013 pero los beneficiarios que computen como pago a cuenta, percepciones por compras en el exterior con tarjeta de crédito en el año 2012, deberán utilizar este formulario on line desde este año.

Para completar el Formulario F572 electrónico el trabajador en relación de dependencia deberá utilizar desde la página www.afip.gov.ar el servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG)-Trabajador” con su “Clave Fiscal” con nivel de seguridad 2 o superior.

El empleador tendrá a su disposición servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG)-Empleador”, la información suministrada por el beneficiario de la renta, a efectos de que sea tenida en cuenta para la determinación del importe a retener.

12 comentarios en “Deducciones de Ganancias se Tramitan por Internet – Formulario Nº572 Electrónico”

  1. Hola! alguien me puede explicar cómo hacer para que le reintegren a mi marido el 15% por gastos en el exterior. Trabaja en relación de depndencia y todos los meses le descuentan pero no le devolvieron nada de lo pagado en 2012 y no hizo ninguna presentación de lo del 2013. Se hace mes por mes o hay que esperar a fin de año? Gracias!!!

  2. Hola, para este año 2013 puedo enviar el F572web mes a mes, dado que hago aportes extras a la medicina prepaga y servicio domestico, o debo esperar hasta enero de 2014 para hacer el envio con los datos cargados. Gracias.

  3. Hola: Quisiera saber a que se refiere en el campo agente de percepcion? es la persona a la cual tienen que devolverle el 15%? Muchas gracias

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