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Planilla Excel: Liquidación de Empleados de Comercio mes de Febrero de 2013

Si bien este mes no hay modificaciones en la liquidación para los Empleados de Comercio pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, que se rigen por los acuerdos salariales firmados entre la cámaras de empresarios y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, FAECyS, publicamos una planilla Excel por los tres días de Feriados Nacionales, 11 y 12 de Carnaval y el 20 de Febrero de 2013 en conmemoración al Bicentenario de la Batalla de Salta. La planilla Excel que adjuntamos es para facilitar la tarea para la liquidación de los Empleados de Comercio  del mes de Febrero de 2013, con los tres días de Feriados Nacionales, no trabajados, pero se puede modificar y adaptar a […]

Si bien este mes no hay modificaciones en la liquidación para los Empleados de Comercio pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, que se rigen por los acuerdos salariales firmados entre la cámaras de empresarios y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, FAECyS, publicamos una planilla Excel por los tres días de Feriados Nacionales, 11 y 12 de Carnaval y el 20 de Febrero de 2013 en conmemoración al Bicentenario de la Batalla de Salta.

La planilla Excel que adjuntamos es para facilitar la tarea para la liquidación de los Empleados de Comercio  del mes de Febrero de 2013, con los tres días de Feriados Nacionales, no trabajados, pero se puede modificar y adaptar a otro caso práctico y continua vigente hasta la liquidación de abril de 2013.

El consejo es que para poder trabajar  más libremente se baje la Planilla Excel en la computadora y si  bien,  la misma esta confeccionada sobre un ejemplo de un Empleado de Comercio con Categoría Administrativo “A” con tres (3) años de antigüedad y tres días feriado, se puede utilizar modificando los datos para cualquier otro trabajador con otra categoría y años de antigüedad.

Cuando disponga de la plantilla se debe observar si los datos liquidados en ella coinciden o no con los que usted debe realizar, solamente en aquellos casos en que no coincidan con el allí planteado, se deberá modificar unas pocas celdas de la planilla de cálculo, sin ser un experto en liquidaciones de Sueldos y jornales, ya que la misma es de sencillo manejo.

Para la liquidación se deberán utilizar los básicos de convenio que se deben bajar de la Web de la página FAECyS, “Escala Salarial Mayo 2012”, hacer clic aquí.

En el caso de que la liquidación a realizar no concuerde con los datos del ejemplo, se deberá modificar la celda que corresponda:

  • Celda G-12 corresponde al básico de la categoría Acumulado Mayo 2012. Que se  puede obtener de AQUI.
  • Celda D-13 corresponde al básico de la categoría que se  puede obtener de AQUI.
  • Celda D-12 corresponde a los días trabajados en el mes. (30 del mes – 3 del feriado).
  • Celda C-13 corresponde a los dias feriados no trabajados (11,12 y 20 de Febrero).
  • Celda C-12 corresponde la categoría del trabajador.
  • Celda C-14 corresponde poner la cantidad de años de Antigüedad en la Empresa.

Recuerde que como siempre nos interesa mucho su comentario o bien si necesita realizar una consulta, así nosotros sabemos que la Planilla le es de utilidad y como le resulta el manejo de la misma.

Bajar Planilla Excel Liquidación Empleados de Comercio mes de Febrero de 2013.

9 comentarios en “Planilla Excel: Liquidación de Empleados de Comercio mes de Febrero de 2013”

  1. hola, soy empleado de comercio me puedes explicar si las horas extras al 50% se calculan sobre el sueldo bruto? ejemplo.(básico + antigüedad + presentismo + feriado trabajado, etc)
    seria bueno si puedes publicar una planilla excel que incluya horas extras. Gracias

  2. Hola Graciela, estoy trabajando bajo el convenio 130/75, trabajo 9 hs de Lunes a Viernes y 7 los sábados, mi recibo de sueldo es por media jornada, voy a hablar con mi empleador para que lo cambie, mi consulta es si le pido que me haga un recibo de 2/3 de jornada (no se si esta permitido en este convenio) cumplidas mis 32 hs semanales, Se pueden hacer horas extras???
    Mi otra consulta si me hace un recibo de jornada completa pasadas las 48 hs semanales, todas las horas que trabaje de más, se tiene que pagar como horas extras??

    Aguardo respuesta.
    Muchas gracias.
    Saludos.

    1. Mica

      Te paga jornada reducida para pagar menos aportes pero pedile que te pague la horas extras y las demas horas en negro aunque sea, no te las paga? Si trabajas jornada reducida no se pueden hacer horas extras

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