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AFIP publicó los Valores para la Declaración Jurada sobre los Bienes Personales 2013

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, a través de la Resolución General Nº 3.446 publicó los valores para la Declaración Jurada, DDJJ, con los listados que deberán tener en cuenta los contribuyentes para informarle al fisco el patrimonio que tenían al 31 de diciembre pasado, y liquidar el Impuesto sobre los Bienes Personales. El esquema legal vigente para el pago del tributo no fue modificado y deberán hacerlo aquellos cuyo patrimonio supere los $305.000.- Con la normativa la AFIP confeccionó los listados con los montos a considerar por los contribuyentes al momento de liquidar el Impuesto sobre los Bienes Personales del año 2012. Fijando la valuación de automóviles, pick-ups y motocicletas, los cuales varían de acuerdo a la marca, […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, a través de la Resolución General Nº 3.446 publicó los valores para la Declaración Jurada, DDJJ, con los listados que deberán tener en cuenta los contribuyentes para informarle al fisco el patrimonio que tenían al 31 de diciembre pasado, y liquidar el Impuesto sobre los Bienes Personales. El esquema legal vigente para el pago del tributo no fue modificado y deberán hacerlo aquellos cuyo patrimonio supere los $305.000.-

Con la normativa la AFIP confeccionó los listados con los montos a considerar por los contribuyentes al momento de liquidar el Impuesto sobre los Bienes Personales del año 2012.

Fijando la valuación de automóviles, pick-ups y motocicletas, los cuales varían de acuerdo a la marca, modelo y el año que fue fabricado. Precisando, además, las pautas a seguir a fin de declarar acciones, títulos públicos y activos en moneda extranjera.

Para liquidar el Impuesto sobre los Bienes Personales rige el mismo esquema del año 2011:

  • Que el patrimonio no superen los $ 305.000.- alícuota 0%.
  • Que el patrimonio este entre los $305.001.- y los $750.000.- alícuota 0.50%.
  • Que el patrimonio este entre los $750.001.- y los $2.000.000.- alícuota 0.75%.
  • Que el patrimonio este entre los $2.000.001.- y los $5.000.000.- alícuota 1%.
  • Que el patrimonio se exceda de los $5.000.001.- alícuota 1.25%.

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