AFIP con empleada del servicio doméstico

AFIP: Bajar Nuevo Formulario Aportes y Recibos de Sueldo del Servicio Doméstico F102/B

Ya se puede obtener por Internet el nuevo formulario para los aportes y contribuciones y que además sirve como recibo de sueldos y Jornales para los Trabajadores del Servicio Doméstico, que contiene las modificaciones de la Ley que deja establecido este trabajo como el de relación de dependencia. Es que desde mayo de 2013 hubo cambios en los aportes elevando de los $95.- a $135.- para tener cobertura social y jubilatoria, los que prestan servicios por más de 16 horas en la semana. Este nuevo formulario F 102/B tiene incorporado los cambios que surgen de la nueva Ley del Servicio Doméstico: Ya no se dice más “Dador de Trabajo”, ahora quién contrata personal doméstico es un “Empleador”. El trabajador es […]

Ya se puede obtener por Internet el nuevo formulario para los aportes y contribuciones y que además sirve como recibo de sueldos y Jornales para los Trabajadores del Servicio Doméstico, que contiene las modificaciones de la Ley que deja establecido este trabajo como el de relación de dependencia. Es que desde mayo de 2013 hubo cambios en los aportes elevando de los $95.- a $135.- para tener cobertura social y jubilatoria, los que prestan servicios por más de 16 horas en la semana.

Este nuevo formulario F 102/B tiene incorporado los cambios que surgen de la nueva Ley del Servicio Doméstico:

Ya no se dice más “Dador de Trabajo”, ahora quién contrata personal doméstico es un “Empleador”. El trabajador es considerado en relación de dependencia, con nuevos derechos laborales.

Se modificó en el Formulario F102/B ya que ahora la relación laboral existe desde el primer momento en que se ingresa a trabajar, y no como decía antes desde seis (6) horas semanales, la leyenda se reemplazó por “Menos de doce (12) horas.

Los aportes desde mayo de 2013 son los siguientes:

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES CONTRIBUCIONES
Menos de 12 Horas $ 20.- $ 8.- $ 12.-
Desde 12 a menos de 16 Horas $39.- $ 15.- $ 24.-
16 Horas o más $ 135,00 $ 100,00 $ 35.-

Menores de 18 años y Mayores de 16 años:

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES CONTRIBUCIONES
Menos de 12 Horas $ 8.- $ 8.- —-
Desde 12 a menos de 16 Horas $ 15.- $ 15.- —–
16 Horas  o más $ 60.- $ 60,00 —–

Trabajador Jubilado:

HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTES CONTRIBUCIONES
Menos de 12 Horas $ 12.- $ 12.-
Desde 12 a menos de 16 Horas $ 24.- $ 24.-
16 Horas o más $ 35.- $ 35.-

También se modificó la parte inferior del Formulario 102/B que sirve como recibo de Sueldos y Jornales:

Figuran los datos del Empleador con el domicilio donde se presta servicio y los del trabajador; Apellido y Nombre, CUIL y Fecha de Ingreso, Puesto Desempeñado y fechas desde y hasta cuando lo desempeño. Modalidad de Contratación y cantidad de Horas por semana.

Se debe detallar la remuneración que percibe, básicos, otros conceptos, poner horas extras, adicionales, etc., Aguinaldo, Vacaciones, Lugar y Fecha de Pago.

Continua vigente colocar los detalles del concepto que compone el tique del pago bancario de los aportes y contribuciones; Banco, cajero automático o Internet para que quede la constancia del pago.

Se debe imprimir por duplicado y firmar por ambos, trabajador y empleador, entregar l copia firmada por el empleador al trabajador.

Si el trabajador no completa los aportes por la suma de $135.- por trabajar menos de 16 horas semanales, podrá juntar otros empleadores o realizar aportes voluntarios con Formulario 575, para tener derecho a la obra social y futura jubilación.

El mismo formulario 575 debe utilizar en el caso de que desee incorporar familiares adherentes a la Obra Social, por los cuales pagará $100.- por cada uno.

Bajar Formulario F102/B

Bajar Formulario Aportes Voluntarios F575B

44 comentarios en “AFIP: Bajar Nuevo Formulario Aportes y Recibos de Sueldo del Servicio Doméstico F102/B”

  1. Buenos días, tengo una empleada que trabaja desde el 1 de Junio del 2011 con nosotros. Siempre en blanco. El pago es mensual y es con retiro. La semana pasada me mandó un certificado que le hizo el médico que le diagnosticó lumbalgia y reposo por 7 días. Hoy me llamó y me dijo que fue el fin de semana al médico y le diagnosticaron ataques de pánico, eso lo hizo un psiquiatra según me dice. Le dio un mes. Me tienen que traer el certificado, aún no lo tengo. Siempre tuve personal trabajando en mi casa y es la primera vez que me pasa esto. Me gustaría saber cómo proceder, dado que tengo un hijo de 7 años al que ella debe atender a la mañana para darle el desayuno y mandarlo al colegio y luego cuando llega al medio día. Me da un poco de miedo el hecho de que se quede con ella, aunque le den el alta luego de haberle detectado ataque de pánico. Qué puedo hacer? Gracias

  2. buenas noches, consulta la señora que trabaja en casa, se operó en junio, de la columna,por un problema genetico tengo todos los certificados, esta con nosotros desde 01/06/2007, tiene pago todos los aportes y ya cumplió 6 meses de su certificado, según dice el CCT, hasta ese periodo se le debe abonar el sueldo y los aportes. después que sucede? cual seria su situación?

  3. Graciela,
    buenas tardes!!!, le hago una pregunta, Mi empleada, hace 4 meses que trabaja en casa (trabaja dos veces por semana 3 horas cada día, en el recibo aclaro que le pago por dia, es decir si falta no le pago). A los 20 días de entrar a trabajar, me anoticio que esta embarazada.
    Ella me comento que en Diciembre quiere dejar de trabajar, para esa fecha estaría de 6 meses, igual quiere dejar de trabajar. Mi pregunta es la siguiente ¿le debo hacer la remuneración tal cual estuviese viniendo, hasta que se reincorpore? ¿como me manejo? ¿que debo hacer?, ya que es una desición de ella dejar de trabajar, ¿le tengo que pedir que renuncie por telegrama?, la verdad no se que hacer, no quiero perjudicarla, pero yo no nado en dinero, como para pagar un servicio que no tendría.
    Desde ya muchas gracias por el tiempo que te tomas en cada una de las contestaciones.
    Buen fin de semana!!!
    Mercedes

    1. Mercedes

      Decile que renuncie y cuando pueda trabajar la volves a tomar, no le corresponde el pago por licencia ya que todavía si bien esta en la nueva Ley no se implementó nada. De todas forma la Ley dice 30 antes del parto y 60 días despues

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *