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ANSES: Cobrar Asignación por Nacimiento y Adopción los Desempleados

Los beneficiarios del cobro de la Prestación del Fondo de Desempleo gozan del derecho del pago de las Asignaciones Familiares que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, en forma directa, por ende de producirse   el nacimiento o adopción de un hijo se harán acreedores del cobro de la prestación establecida para tal fin. El organismo indica que para solicitar esta prestación es indispensable que ANSES cuente en su base de datos con la información del titular y su grupo familiar. El cobro de la Asignación por Nacimiento y/o Adopción que paga ANSES en forma directa es un derecho que tienen los beneficiarios de la Prestación por Desempleo, que es abonada a un sólo padre y/ adoptante. Es […]

Los beneficiarios del cobro de la Prestación del Fondo de Desempleo gozan del derecho del pago de las Asignaciones Familiares que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, en forma directa, por ende de producirse   el nacimiento o adopción de un hijo se harán acreedores del cobro de la prestación establecida para tal fin. El organismo indica que para solicitar esta prestación es indispensable que ANSES cuente en su base de datos con la información del titular y su grupo familiar.

El cobro de la Asignación por Nacimiento y/o Adopción que paga ANSES en forma directa es un derecho que tienen los beneficiarios de la Prestación por Desempleo, que es abonada a un sólo padre y/ adoptante.

Es necesario que ANSES cuenten su base de datos con la información del titular y de su grupo familiar para luego poder tramitar el cobro de las Asignaciones Familiares, de ser así no será necesario que presente toda la documentación, solamente deberá adjuntar la que se produce en dicho momento, ya sea partida de nacimiento o sentencia de adopción y el DNI del nuevo integrante de la familia.

La tabla con los nuevos montos son:

Asignaciones Familiares    -Tabla y Montos Vigentes a partir de Julio de 2013
Asignaciones Familiares Valor Actual Monto desde Julio 2013
Asignación por Nacimiento    
IGF entre $ 200.- y $ 16.800.- $ 600.- $ 750.-
Asignación por Adopción    
IGF entre $ 200.- y $ 16.800.- $ 3.600.- $ 4.500.-

 

Tenga en cuenta el domicilio registrado en al base de datos, ya que ANSES considera que todas las notificaciones efectuadas en el domicilio por usted declarado como válidas.

Y si se produce alguna modificación en el grupo familiar de las datos personales como así también un alta, baja o modificación respecto de sus relaciones y cargas familiares tiene la obligación el solicitante de declararlo ante las oficinas de ANSES presentando la documentación necesaria.

Para solicitar el pago de esta Asignación Familiar deberá pedir en turno en ANSES a través del la línea gratuita Nº  130 o por Internet, hacer clic aquí.

Documentación a presentar:

  • Nota “Solicitud Prestación por Nacimiento/Adopción/Matrimonio” .
  • Original de la Nota “Solicitud Prestación por Nacimiento/Adopción/Matrimonio”, provista por ANSES o Nota en la cual solicite el pago de la Asignación Familiar por Nacimiento/Adopción, la que deberá contener:
    • Nombre y Apellido del Titular.
    • Nº de CUIL,
    • Fecha en la que se produjo el Nacimiento / Adopción y Provincia, Localidad y/o Código Postal en el cual desea percibir esta asignación familiar a fin de asignarle un medio de pago.
  • Original y fotocopia del DNI del titular. Si el titular no cuenta con el DNI (por extravío o por robo) podrá presentar constancia de DNI en trámite emitida por el Registro Nacional de las Personas, partida de nacimiento donde conste el número de DNI y constancia de CUIL.
  • Original y fotocopia del DNI del recién nacido / adoptado. En caso de adopción con los datos rectificados (de corresponder). Supletoriamente se aceptará partida de nacimiento del hijo recién nacido o adoptado en la que conste el número de DNI.
  • Original y fotocopia del Certificado / Partida de Nacimiento. En caso de adopción con los datos rectificados (de corresponder). Supletoriamente se aceptarán los testimonios, copias certificadas, libretas de familia o cualquier otro documento expedido por la Dirección General y/o sus dependencias.
  • Si el nacimiento se produjo en el extranjero: Original y fotocopia del certificado de nacimiento.

En aquellos casos de nacimiento y posterior fallecimiento deberá presentar:

  • Original y fotocopia del Acta de Defunción
  • En caso de “Nacimiento sin vida” con una gestación igual o superior a 180 días:
    • Original y fotocopia del Acta de Defunción.

Los beneficiarios de la Prestación por Desempleo deben percibir la cuota de la mencionada prestación, correspondiente al mes de ocurrido el nacimiento o de dictada la Sentencia de Adopción.

Deberán presentar documentación y solicitar el cobro de la Asignación por Nacimiento y/o Adopción una vez transcurridos los dos (2) meses de ocurrido el nacimiento o de dictada la Sentencia de Adopción y hasta dentro de los dos (2) años de la fecha de ocurridos los hechos generadores.

No se requiere antigüedad a los beneficiarios de la Prestación por Desempleo.

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