Cuaderno con logo de Anses

ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa. La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo. La multa por no cumplir en […]

Los trabajadores en relación de dependencia al ser despedido de sus lugares de trabajo deben gestionar y cobrar el Fondo de Desempleo a través de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. Pero si durante el transcurso donde perciben el beneficio consiguen un nuevo empleo, donde son registrados formalmente es indispensable que gestionen la baja en el tiempo estipulado, ya que de no hacerlo y al producirse el intercambio de aportes deberán pagar una multa.

La baja al cobro del Fondo de Desempleo es un trámite sencillo y obligatorio, ya que de no realizarlo se paga una multa y debe hacerse antes de os cinc (5) días de haber ingresado al nuevo empleo.

La multa por no cumplir en tiempo y formo es un recargo que va del 10% al 40% del total de las remuneraciones que abone el empleador.

El porcentaje varia según se trate de realizarla después del quinto día hábil, o se se llega al estado de “Suspensión por Probable Percepción Indebida”, que se da cuando ANSES al realizar el cruce de información saltan los nuevos aportes previsionales del beneficiario.

La baja de la prestación la puede realizar el beneficiario en la sede de ANSES más cercana al domicilio, o bien enviando una notificación por medio postal como un telegrama, carta documento o una nota presentada a través de una persona autorizada, en la que debe figurar:

  • Apellido y nombre, del hasta ese momento beneficiario.
  • Documento Nacional de Identidad, DNI.
  • Fecha en la que se incorporó al nuevo empleo.
  • Firma y la aclaración.

Recordamos que como todo trámite administrativo presentado es importante conservar copia sellada y firmada de la prestación realizada, la cual servirá de comprobante ante cualquier inconveniente que se presente en el futuro.

De no realizar la baja respectiva en el lapso estipulado, cinco (5) días hábiles, luego de haber ingresado a un nuevo empleo registrado, deberá hacerlo y pagar la multa de la infracción, caso contrario el monto actualizado le será descontado de las cuotas de una posible nueva solicitud de la prestación por desempleo, o sobre el cobro de las Asignaciones Familiares, hasta que cancele lo adeudado, o inclusive del haber jubilatorio.

Muchas consultas son del porque no cobro las Asignaciones Familiares y es precisamente por la deuda que se mantiene con ANSES por el cobro indebido que no se realizarán hasta el momento de haber cancelado  la deuda contraída y puede llegar hasta afectar el cobro de la jubilación.

208 comentarios en “ANSES: Multa por no Dar la Baja al Cobro del Fondo de Desempleo”

  1. Hola yo cobraba un desempleo que creo que lo cobré 6 meses hasta diciembre del 2013 ,en febrero del 2014 entre contratado por 3 meses..y no cobre un desempleo que quedó en el banco porque dicen que,yo no di aviso al anses,ahora salgo como «indebido de desempleo..cuando cobrarè el resto que esta pendiente,asi cobro mi salario y la escolaridad.. aviso

  2. Hola yo fui desempleado en el 2006, recien en el 2012 quede efectivo nuevamente (antes trabajaba en negro) ahora mi señora al dejar de trabajar ella yo quise cobrar el salario de los chicos y me aparece que cobre el fondo de desempleo estando en blanco. El fondo de desempleo hay que darlo de baja o al año de cobrarlo ya queda de baja automaticamente.

  3. En el 2008 me quede sin empleo, hice el tramite del fondo de desempleo, cuando lo quise cobrar no pude porque, a los dos meses habia encontrado trabajo y no avise del mismo, pero jamas cobre esos 3 meses que estaban en el banco.
    Hoy quiero cobrar por mi hijo y ya pague una multa, que me parece totalmente injusta, y encima no me aseguran cobrar la maternidad, que puedo hacer?
    Gracias al que me pueda asesorar….

    1. hola necesito saber en que numero de cuenta pago la multa por cobro indebido, la bol… que me atendio en ANSES no me dijo y en el banco nacion no tienen ni idea por lo tanto no lo puedo pagar. Ya perdi un dia de trabajo y ahora voy a perder otro

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *