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AFIP: Deducciones 4ta. Categoría Mensuales de Ganancias 2013

Según la Resolución General Nº1 3.449/2013 que reglamentó el Decreto Nº 244/2013, mediante el cual, la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, modificó los montos de las deducciones en concepto del Impuesto a las Ganancias, como son el mínimo no Imponible,  cargas de familia y la deducción especial que deben soportar los trabajadores de cuarta categoría, jubilados y pensionados en la República Argentina. La AFIP mediante un decreto estableció las deducciones 4ta. categoría mensuales de ganancias 2013, por lo tanto los agentes de retención alcanzados por las disposiciones de la Resolución General Nº 2.437, sus modificaciones y complementarias, a los fines de la determinación de la retención dispuesta en la misma, deberán computar en cada mes calendario a partir […]

Según la Resolución General Nº1 3.449/2013 que reglamentó el Decreto Nº 244/2013, mediante el cual, la Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, modificó los montos de las deducciones en concepto del Impuesto a las Ganancias, como son el mínimo no Imponible,  cargas de familia y la deducción especial que deben soportar los trabajadores de cuarta categoría, jubilados y pensionados en la República Argentina.

La AFIP mediante un decreto estableció las deducciones 4ta. categoría mensuales de ganancias 2013, por lo tanto los agentes de retención alcanzados por las disposiciones de la Resolución General Nº 2.437, sus modificaciones y complementarias, a los fines de la determinación de la retención dispuesta en la misma, deberán computar en cada mes calendario a partir del 1 de marzo de 2013, los importes que para cada caso se indican en la siguiente tabla:

Deducciones de Ganancias a partir de Marzo de 2013
Conceptos Monto a Deducir por Mes
Mínimo no Imponible (art.23. inc, a) $  1.296,00
Cónyuge    (art.23. inc, b) $  1.440,00
Hijos    (art.23. inc, b) $     720,00
Otras cargas de Familia    (art.23. inc, b) $     540,00
Deducción Especial   (art. 23, inc. c), (art. 79, inc. e) $  1.296,00
Deducción Especial 4ta. Categoría  (art. 23, inc. c), (art. 79, incs. a, b y c) $  6.220,80
 

 

Se establece un piso salarial mensual, teniendo en cuenta cada caso en particular:

Piso Salarial Mínimo Neto por el Cual los Trabajadores comienzan a Pagar Ganancias Marzo 2013
  Marzo 2013
Trabajador Soltero $ 6.938,58
Trabajador Casado $ 8.267,84
Trabajador Casado con un  Hijo $ 8.932,45
Trabajador Casado con dos Hijos $ 9.597.05
Trabajador Casado con tres Hijos $ 10.261,66
Trabajador Casado con cuatro Hijos $ 10.926.27
 

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