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Guía: Ingresar Plan de Pagos de ARBA para Declarar Construcciones nuevas por Internet

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos aires, ARBA, permite mediante un amplio plan de pago que los contribuyentes que realizaron obras y/o mejoras en sus propiedades hasta el 31 de diciembre de 2012 y todavía no la declararon ante el fisco, pueda hacerlo con hasta un 60% de descuento si pagan al contado o pueden optar por hacerlo hasta en doce meses sin intereses. El trámite lo pueden hacer por Internet desde la página Web, www.arba.gov.ar, con Clave de Identificación Tributaria, CIT. Los contribuyente que realizaron construcciones y no las declararon podrán hacerlo con hasta un 60% de descuento si pagan los que declaran al contado, pudiendo optar por pagar en cuotas, hasta tres con un descuento […]

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos aires, ARBA, permite mediante un amplio plan de pago que los contribuyentes que realizaron obras y/o mejoras en sus propiedades hasta el 31 de diciembre de 2012 y todavía no la declararon ante el fisco, pueda hacerlo con hasta un 60% de descuento si pagan al contado o pueden optar por hacerlo hasta en doce meses sin intereses. El trámite lo pueden hacer por Internet desde la página Web, www.arba.gov.ar, con Clave de Identificación Tributaria, CIT.

Los contribuyente que realizaron construcciones y no las declararon podrán hacerlo con hasta un 60% de descuento si pagan los que declaran al contado, pudiendo optar por pagar en cuotas, hasta tres con un descuento del 30%, en seis cuotas descuentos del 10% o bien en doce cuotas sin intereses.

Guía para ingresar al Plan de Pagos de ARBA para declarar construcciones nuevas por Internet:

Es muy importante contar con la CIT de ARBA, de no poseerla lo puede hacer por Internet, ingresando aquí, si no la puede obtener  tendrá que acercarse a cualquier dependencia del organismo, donde acreditando ser el propietario del inmueble lo guiaran para poder sacarla.

  • Ingresar a la página Web, www.arba.gov.ar.
  • En la parte superior de la página, opción “Catastro”.
  • Sesión “Declaración Jurada Asistida”, allí el sistema le pide su CUIT y la CIT. se requiere estar empadronado en la base de datos.
  • Ingresar a la opción “Rol Usuario Externo”. En la parte superior aparecen varias opciones, usted debe utilizar “Ingresar Tramite”.
  • Presione “Menú” debe elegir “DDJJ Web”. Allí debe Elegir entre dos opciones:
    • Ingreso de la DD.JJ.
    • Modificación DD.JJ Transitoria.
  • Debiendo elegir la primera y cargar los datos para ubicar la Parcela.
  • Debiendo “Validar Nomenclatura” y por último “Aceptar”.
  • Próximo paso deberá ir respondiendo preguntas con opciones que el sistema propone, es importante ir por orden ya que si omite alguna no podrá avanzar en el sistema. Si el sistema le muestra la respuesta que tiene cargada en la base de datos, debe corroborarla y si es necesario modificarla, luego “Aceptar”.
  • El sistema le ira mostrando un link de ayuda (+INFO) y la pantalla va mostrando la opción de “Como iniciar mi trámite” que se puede consultar cuantas veces crea conveniente.
  • Una vez guardados los datos se puede continuar cargando los formularios, tantos como sean necesarios, F902; F903; 904; F905.
  • Por último puede finalizar y Enviar la DDJJ.

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