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Nuevas Categorías y Sueldos para el Servicio Doméstico Septiembre de 2013

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, MTEySS, el pasado día 13 oficializó la resolución Nº 886/2013, donde establece y fija  a partir del 1º de septiembre de 2013 nuevas categorías y sueldos para el servicio  doméstico a nivel nacional y sin perjuicio  de las facultades asignadas por la Ley Nº 26.844 a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y de lo que disponga la reglamentación de la Ley Nº 26.844. Fueron fijadas las nuevas categorías en función de las tareas que desarrollan los trabajadores de casas particulares y sueldos mínimos a partir del 1º de septiembre del 2013 y que están comprendidos en el Régimen establecido por la Ley Nº 26.844. Las categorías profesionales y la […]

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, MTEySS, el pasado día 13 oficializó la resolución Nº 886/2013, donde establece y fija  a partir del 1º de septiembre de 2013 nuevas categorías y sueldos para el servicio  doméstico a nivel nacional y sin perjuicio  de las facultades asignadas por la Ley Nº 26.844 a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y de lo que disponga la reglamentación de la Ley Nº 26.844.

Fueron fijadas las nuevas categorías en función de las tareas que desarrollan los trabajadores de casas particulares y sueldos mínimos a partir del 1º de septiembre del 2013 y que están comprendidos en el Régimen establecido por la Ley Nº 26.844.

Las categorías profesionales y la adecuación salarial dispuestas por esta Resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación, y son las siguientes:

 

Categorías y Remuneraciones Servicio Doméstico desde el 1º de Septiembre de 2013
Categorías Personal con Retiro Personal sin Retiro
Mensual Por Hora Mensual Por Hora
1) Supervisor/a Coordinación y control de las Tareas:

Por  dos o más personas a su cargo

$ 3.950.- $ 31.- $ 4.400.- $ 34.-
2) Personal para Tareas Especificas:

Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor; Toda otra tarea del hogar que requiere idoneidad del personal para llevarla a cabo

$ 3.670.- $ 29.- $ 4.085.- $ 32.-
3) Caseros: Personal que presta tareas inherentes al cuidado Gral. y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo.     $ 3.580.- $ 28.-
4) Asistencia y Cuidados de Personas:

Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores.

$ 3.990.- $ 31.- $ 3.580.- $ 28.-
5) Personal para Tareas Generales:

Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar.

$ 3.220.- $ 25.- $ 3.580.- $ 28.-
 
El trabajador que realice más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal desempeñada con habitualidad
www.econoblog.com.ar

 

La norma indica que la  Ley Nº 26.844 de Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares modifica sustancialmente la normativa vigente de las condiciones de trabajo de este sector laboral.

La Ley Nº 26.844 en su artículo 75 deroga el Decreto Ley Nº 326/56 y sus modificatorios, el Decreto Nº 7.979/56 y sus modificatorios y el Decreto Nº 14.785 del 8 de noviembre de 1957. Dejando si efecto las categorías laborales oportunamente establecidas para el personal de casas particulares.

Por lo tanto, el MTEySS se ve obligado a fijar nuevas categorías laborales ya que hasta la fecha no fue constituida la Comisión creada por la Ley Nº 26.844 ni se registran homologaciones de convenios colectivos que establezcan las categorías profesionales del personal comprendido en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.

Agradecemos colaboración de Eduardo.

Bajar Resolución Nº 886/2013, hacer clic aquí.

2 comentarios en “Nuevas Categorías y Sueldos para el Servicio Doméstico Septiembre de 2013”

  1. buenas tardes no me parece justo que una empleada nueva gane lo mismo que una trabajadora que tenga mas de 25 años trabajando en una misma casa {y encima solo tengamos los aportes desde que el gobierno puso la ley de blanquearnos y los otros años quien los aporta ¿

    1. silvia

      El sueldo que indican es el minimo tu sueldo lo dialogas vos con tu empleadora y si vale mucho para esa conversación la experiencia, eficacia y confianza. cuando el Gobierno dijo del blanqueo de personal, las empleadora declaraban bien la antigüedad y si bien no pagaban los aportes se tienen en cuenta en ANSES. Can la clave de la seguridad social podes ver bien tu situación laboral

      http://www.econoblog.com.ar/24641/como-sacar-la-clave-de-la-seguridad-de-anses-por-internet-www-anses-gob-ar/

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