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Modificaciones Jornada Laboral obtuvo media Sanción en Diputados

Unos de los proyectos presentados por Héctor Recalde, Diputado Nacional por el oficialismo, de modificar una serie en el Régimen del Contrato Laboral, entre las que se contemplan que la jornada laboral no exceda las 8 horas hasta los plazos en que se debe notificar al trabajador en casos de despido, obtuvo media sanción en la cámara baja y ya pasó al senado. De aprobarse la iniciativa la jornada laboral pasará de 48 a 45 oras por semana. Los diputados oficialistas dieron media sanción y lo pasaron a Senadores, al proyecto de Recalde que la jornada laboral no exceda de 8 horas diarias ó 45 semanales, cuando actualmente es de 48 horas, tanto sea en el sector público como en […]

Unos de los proyectos presentados por Héctor Recalde, Diputado Nacional por el oficialismo, de modificar una serie en el Régimen del Contrato Laboral, entre las que se contemplan que la jornada laboral no exceda las 8 horas hasta los plazos en que se debe notificar al trabajador en casos de despido, obtuvo media sanción en la cámara baja y ya pasó al senado. De aprobarse la iniciativa la jornada laboral pasará de 48 a 45 oras por semana.

Los diputados oficialistas dieron media sanción y lo pasaron a Senadores, al proyecto de Recalde que la jornada laboral no exceda de 8 horas diarias ó 45 semanales, cuando actualmente es de 48 horas, tanto sea en el sector público como en el privado  y además que se fije un plazo de 30 días para la notificación de despido.

El legislador impulsó esta iniciativa fundamentándola con que:

  • «en 1998, la OIT (Organización Internacional del Trabajo) después de mucho investigar y estudiar científicamente la duración de la jornada».
  • «si en lugar de trabajar ocho horas diarias se trabajaran menos horas aumentaría la productividad y disminuiría el ausentismo laboral».

Otros de los proyectos aprobados (se trataron más de 50) y que pasó a senadores fue el que fijó un plazo de 30 días para «la notificación del despido».

Además, se modifica el régimen de notificación de las suspensiones dispuestas por el empleador, las cuales para ser consideradas cómo válidas, deberán fundarse en justa causa y «tener plazo fijo y ser notificada por escrito al trabajador». «La suspensión deberá ser notificada con una anticipación mínima de un día hábil antes de comenzar su ejecución».

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