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SIFERE: La Declaración Jurada del Ingresos Brutos Convenio Multilateral se realizará por Internet

La Comisión Arbitral encargada de intervenir en el reparto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que ingresan los contribuyentes que deben distribuir el tributo en más de una provincia, Convenio Multilateral, mediante la Resolución General Nº 11/2014 aprobó el módulo «DDJJ Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM 03 y CM 04) y Anuales (CM 05)» del Sistema Federal de Recaudación, SIFERE, para la confección de las Declaraciones Juradas directamente por Internet. Hasta el momento la Declaración Jurada de los Ingresos Brutos, contribuyentes que tributan este impuesto en más de una provincia, se realiza a través programa aplicativo denominado  SIFERE mediante el SIAp de la administración federal de ingresos Públicos, AFIP,  a partir del 1º de noviembre de 2014, la Comisión […]

La Comisión Arbitral encargada de intervenir en el reparto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que ingresan los contribuyentes que deben distribuir el tributo en más de una provincia, Convenio Multilateral, mediante la Resolución General Nº 11/2014 aprobó el módulo «DDJJ Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM 03 y CM 04) y Anuales (CM 05)» del Sistema Federal de Recaudación, SIFERE, para la confección de las Declaraciones Juradas directamente por Internet.

Hasta el momento la Declaración Jurada de los Ingresos Brutos, contribuyentes que tributan este impuesto en más de una provincia, se realiza a través programa aplicativo denominado  SIFERE mediante el SIAp de la administración federal de ingresos Públicos, AFIP,  a partir del 1º de noviembre de 2014, la Comisión Arbitral determinó la confección de las DDJJ   del Convenio multilateral, mensuales y anuales, se generen electrónicamente por Internet, servicio denominado SIFERE Web, con una implementación gradual y  progresiva.

De todas manera, la Comisión Arbitral se encuentra analizando la posibilidad de que todos los contribuyentes ingresen a este sistema entre abril y mayo de 2015.

En la medida que la Comisión vaya informando la incorporación de cada contribuyente la confección y presentación electrónica será obligatoria, mientras tanto deberá seguir utilizando el formulario con soporte físico.

Mediante este sistema se podrán confeccionar, presentar y abonar las DDJJ tanto mensuales como anuales, y además los volantes de pago para la liquidación de intereses, recargos, multas y planes de regularización en los casos en que las autoridades provinciales lo autoricen en sus respectivas normativas.

Primero se confeccionará la DDJJ y luego se habilitará la modalidad de confeccionar un Volante Electrónico de Pago, VEP, o un Volante de Pago por jurisdicción para realizar el pago en entidades bancarias.

Las empresas que tributen más de $100.000, solamente podrán cancelar el pago con el VEP, en cambio para menores montos será optativo.

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