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AFIP: Cantidad mínima de empleados para deliverys, rotiserías y pizzerías

Con la publicación de la Resolución General N° 3716 en el Boletín oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos ha establecido los Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT) de diferentes actividades, entre las cuales se encuentra la venta de comidas para llevar. A continuación, Econoblog.com.ar detalla la cantidad mínima de empleados deben contar las pizzerías, rotiserías, comidas al peso, comidas regionales y comidas al paso, ya sea que cuenten con o sin delivery, que ha establecido AFIP. La cantidad mínima de trabajadores de los locales de venta de comida para llevar depende del tipo de servicio. EL IMT corresponde a los negocios en los cuales se preparan alimentos para ser vendidos al público con elaboración propia, tengan o no servicio de […]

Con la publicación de la Resolución General N° 3716 en el Boletín oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos ha establecido los Indicadores Mínimos de Trabajadores (IMT) de diferentes actividades, entre las cuales se encuentra la venta de comidas para llevar. A continuación, Econoblog.com.ar detalla la cantidad mínima de empleados deben contar las pizzerías, rotiserías, comidas al peso, comidas regionales y comidas al paso, ya sea que cuenten con o sin delivery, que ha establecido AFIP.

La cantidad mínima de trabajadores de los locales de venta de comida para llevar depende del tipo de servicio. EL IMT corresponde a los negocios en los cuales se preparan alimentos para ser vendidos al público con elaboración propia, tengan o no servicio de delivery, con o sin servicio de barra y sin servicio de mesas.

Las rotiserías deben tener por lo menos:

  • Tres por turno en locales que tengan una superficie total de hasta 50m2. Más:
  • Dos por turno por cada 20 m2 de superfie superior al punto anterior. Más:
  • Dos si la actividad es ejercida en zonas comerciales o de oficinas. Más:
  • Uno si se tiene siete días a la semana. Más:
  • Uno por turno para envíos a domicilio de lunes a viernes. Más:
  • Uno para deliverys de sábados y/o domingos.

Las pizzerías deben tener una cantidad mínima de empleados de:

  • Dos por turno para negocios con superficie de hasta 50 m2. Más:
  • Uno por turno por cada 50 m2 que se excedan del punto anterior. Más:
  • Uno por turno se la actividad se desarrolla en zonas comerciales o de oficina. Más:
  • Uno por turno si se brinda atención los siete días a la semana. Más:
  • Uno por turno  para realizar los envíos a domicilio de lunes a viernes. Más:
  • Uno para el delivery de sábados y/o domingos.

Los locales con comidas al peso deben tener una cantidad mínima de empleados de:

  • Tres por turno en locales de hasta 50 m2. Más:
  • Uno por cada 20 m2 excedidos del pinto anterior. Más:
  • Uno si se brinda atención de lunes a viernes.

Los comercios con venta de comidas típicas y tradicionales deben tener por lo menos la siguiente cantidad de trabajadores:

  • Dos por turno por locales de hasta 50 m2. Más:
  • Uno por turno por cada 20 m2 que se exceda de la superficie anteriormente mencionada. Más:
  • Uno si se brinda atención de lunes a domingos.
  • Uno por turno para deliverys de lunes a domingo. Más:
  • Uno para envíos a domicilio para sábados y/o domingos.

Los negocios con venta de comidas al paso deben tener por lo menos la siguiente cantidad de empleados:

  • Dos por turno para locales con hasta 50 m2. Más:
  • Dos por turno por cada 20 m2 excedidos en el punto anterior. Más:
  • Uno si se brinda atención los siete días a la semana.

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