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Cuota extra de ARBA del Impuesto Inmobiliario 2015 por más de una propiedad

Las personas que cuenten con más de una propiedad en la Provincia de Buenos Aires deberán pagar una cuota extra de ARBA del Impuesto Inmobiliario 2015. Este adicional deberá ser abonado a principios del mes de julio por cerca de noventa mil contribuyentes, quienes, en conjunto, poseen más de cuatrocientas cincuenta mil partidas. Esta medida representará una recaudación extra de cuatrocientos millones de pesos. Como lo indica la Resolución 77/2014, la cuota adicional de ARBA será cobrada a los dueños de inmuebles radicados en la Provincia de Buenos Aires que posean más de una propiedad urbana del «mismo tipo de planta», más de un campo, más de una casa o más de un terreno baldío. Por lo cual, por ejemplo, […]

Las personas que cuenten con más de una propiedad en la Provincia de Buenos Aires deberán pagar una cuota extra de ARBA del Impuesto Inmobiliario 2015. Este adicional deberá ser abonado a principios del mes de julio por cerca de noventa mil contribuyentes, quienes, en conjunto, poseen más de cuatrocientas cincuenta mil partidas. Esta medida representará una recaudación extra de cuatrocientos millones de pesos.

Como lo indica la Resolución 77/2014, la cuota adicional de ARBA será cobrada a los dueños de inmuebles radicados en la Provincia de Buenos Aires que posean más de una propiedad urbana del «mismo tipo de planta», más de un campo, más de una casa o más de un terreno baldío.

Por lo cual, por ejemplo, aquellos que cuenten con una vivienda y un campo no serán alcanzados por esta medida pero sí los dueños de dos casas y un terreno baldío, el cual deberán pagar por las dos primeras.

El monto de la cuota que deberán abonar los multipropietarios resultará de lo que cancelaría en concepto del Inmobiliario Urbano, del Inmobiliario Rural o de Baldío al sumar las valuaciones fiscales de sus propiedades -aplicando una mayor alícuota en función del total de ese monto- y lo que paga en la actualidad por cada una de ellas, las cuales, de forma individual, se le aplica una alícuota menor.

Quedan exentos del pago de esta cuota extra de ARBA aquellos cuyo cálculo sea menor a los 400 pesos.

La fecha de vencimiento del gravamen será en febrero para los casos en los cuales el mismo sea de entre $ 400 y $ 800. Los que deben pagar un monto mayor lo harán en tres cuotas, las cuales vencerán en febrero, mayo y julio.

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