Planilla Excel a tiempo parcial empleados de comercio liquida tu sueldo julio 2009
Como los tenemos acostumbrados a nuestro usuarios, publicamos la planilla Excel para que los empleados de comercio, agrupados en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75 a tiempo parcial puedan realizar el correspondiente recibo de sueldo correspondiente al mes de julio de 2009, con solamente bajar la planilla y modificar los datos personales y de esta manera saber lo que su empleador le va a pagar a fin de mes. Nuestro ejemplo esta realizado en base a un trabajador categoría Administrativo A con 3 años de antigüedad y una jornada de 100 horas mensuales.
La planilla Excel en archivo adjunto puede ser bajada a la computadora y modificada, según los datos a liquidar, categoría y antigüedad según corresponda a cada caso en particular y muy importante poner la cantidad de horas trabajadas en el mes. Como siempre, esperamos que la misma te sea de utilidad y será bienvenido tu comentario.
Bajar Planilla Excel Recibo Sueldo Empleados de Comercio Tiempo Parcial Julio-2009
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23 respuestas to “Planilla Excel a tiempo parcial empleados de comercio liquida tu sueldo julio 2009”

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[23] Comentarios
5 octubre 2009 a las 7:30 pm
Hola queria saber cuanto es el sueldo de un encargada de primera en un comercio ya que no logro sacarlo de la escala de sueldos que se publican, con 4 años de antiguedad y 2 hijos menores gracias
4 octubre 2009 a las 12:30 pm
mariana
muchas gracias recomendalo
3 octubre 2009 a las 10:10 pm
HOLA GRACIELA TE CUENTO QUE SIEMPRE LEO LAS RESPUESTAS QUE DAS Y ME HAN SERVIDO PARA ENTENDER MUCHAS COSAS, ESTE SITIO ES EXCELENTE. TE FELICITO!
30 septiembre 2009 a las 6:01 pm
Buenas Tardes! Estoy trabajando 7 horas por día de lunes a viernes en un Estudio Contable como administrativa, y según lo que dice en mi recibo el básico es de $1172.94 y el total neto $1653. Quería saber si estaba bien, porque no entiendo la planilla de excel que está en la página y no puedo liquidármelo yo.
Muchas gracias!
Paula
31 agosto 2009 a las 7:06 pm
Hola Graciela
actualmente estoy trabajando en una oficina como admin. 4 horas por dia de lunes a viernes estaba viendo la planilla de jornada reducida pero el tema es que no aparece el adic. por zona vivo en la prov. de chubut
25 agosto 2009 a las 4:13 pm
Francisco
Tengo entendido que es Obra social solamente
25 agosto 2009 a las 3:12 pm
Hola Graciela: Gracias por tu aporte para clarificar todas estas cuestiones.
Quería consultarte si los Aportes al SEC y FAECYS a pesar de tratarse de una liquidación de 1/2 jornada, no deberían calcularse como los de la obra social considerando el sueldo como de jornada completa???
Gracias por tu atención.
24 agosto 2009 a las 8:05 pm
hola queria saber cuanto es el sueldo de empleados de comercio por 6 y por 8 horas diarias o a cuanto se le calcula la hora para saber si me estan abonando bien mis haberes, desde ya muchas gracias!!
17 agosto 2009 a las 12:39 am
Hola! Por favor Graciela, indicame si te sirve la info que te adjunto para poder ayudarme o si restaría algo más:
Categoría: Administrativo A
Fecha de ingreso: Noviembre del 2008
6hs por día (de 10 a 16hs), 5 días por semana, con 2 francos por semana (uno de ellos en día domingo).
Tenemos el Sindicato de Empleados de Comercio y cobramos $1.019.- de básico bruto y en total en mano (con los Acuerdos del Sindicato incluídos) un total aprox.de $1.500.-
Nuestra consulta es porque nos han informado la semana pasada que en Agosto (por efecto de la crisis) trabajaremos la mitad de horas porque no pueden afrontar los gastos salariales por lo menos por este mes.
Cuánto deberíamos cobrar en total en mano a fines de Agosto cada uno de nosotros y que debemos firmar con la empresa por este tema??? Desde ya les damos un millón de gracias por su ayuda!!!
14 agosto 2009 a las 10:03 am
Buenos dias ,
Estoy por abrir un negocio y una de las chicas que va a trabajar la quiero contratar 1/2 jornada ….cuantas horas debe trabajar por semana y cual seria el sueldo a liquidar.
Es un comercio en un shopping …aguardo sus comentarios
Muchas Gracias
7 agosto 2009 a las 12:59 pm
Hola Graciela: soy nuevo en el estudio, tengo que liquidar sueldo de comercio, y te queria preguntar del f.931 en remuneracion para el pago de la obra social un empleado de joranda reducida tengo q ingresar el importe de jornada completa en remuneracion 4 y 8? o ingresar la diferencia como aporte y contribución adicional? desde ya muchas gracias!
4 agosto 2009 a las 1:29 pm
ruben
Si tarbajas un feriado lo cobras do sveces, si tarbajas medio día lo cobras un dia y medio
3 agosto 2009 a las 9:23 pm
en el caso del feriado em el que el empleado mensualizado, que trabaja a tiempo completo, lo trabaja pero solo medio día.
Como se debe liquidar, si hubiera trabajado todo el día, sería la remuneración normal más una cantidad igual.
Pero en esta caso que trabaja medio día, es una remuneración y media???
2 agosto 2009 a las 4:29 pm
MI CATEGORIA ES ADMINISTRATIVA B HACE 18 AÑOS QUE ESTOY TRABAJANDO Y TRABAJO 7 HORAS DE L A V
YO ACCEDO A LAS PLANILLAS QUE PUBLICAN USTEDES Y NO ME COINCIDE ….EL presentismo no remunerativo ustedes lo hacen por un total de 300+ 56.83, de donde sacas 56.83? a mi me liquidan 300+ 25.00
31 julio 2009 a las 11:00 am
Hola, soy nuevo en el estudio, tengo que liquidar sueldo de comercio, y te queria preguntar del f.931 en remuneracion para el pago de la obra social un empleado de joranda reducida tengo q ingresar el importe de jornada completa en remuneracion 4 y 8? o ingresar la diferencia como aporte y contribución adicional? desde ya muchas gracias!
29 julio 2009 a las 12:48 pm
Hola graciela, yo te queria hacer una pregunta con respecto a la alícuota de antigüedad de empleados de comercio, hasta el 2008 se venia pagando 1,2% no?, después por lo que habia leido en el acuerdo del 2008 se aumentaba el 0,5% por cada año, entonces quedaría una suma de 1,7% por año de antigüedad……..porque vi en la planilla que cargaste que solo pagas el 0,5% de antigüedad por cada empleado, o entonces se paga el 0.5 nada mas?
Muchas gracias, saludos
29 julio 2009 a las 11:37 am
lorena
No tenes que hacer nuevamente una retificativa de junio cargas todo luego cuando te da el monto a pagar descontas lo pagado y pagas la diferencia con lso intereses
29 julio 2009 a las 10:27 am
bueno, gracias
y como ingreso solo lo que tengo que pagar de aguinaldo, ya que las cargas de juio las pague
28 julio 2009 a las 1:35 pm
lorena
tenes que hacer una rectificativa de junio
28 julio 2009 a las 12:03 pm
hola
tengo una consulta, en la ddjj 931 de junio no liquide el aguinaldo, solo pague las cargas por el sueldo del mes.
lo puedo liquidar en julio al aguinaldo o tengo que hacer una rectificativa?
gracias