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Intimaciones de AFIP a Monotributistas que bajaron de categoría en la recategorización

La semana pasada, los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado (RS) con facturación superior a 12.000 pesos mensuales debieron presentar en AFIP un detalle de la energía eléctrica que han consumido y los alquileres devengados entre los meses de septiembre y diciembre de 2014. Además ha vencido el plazo para realizar ala recategorización del Monotributo. Según informó iProfesional, tras procesar todos los datos, el organismo recaudador enviará intimaciones aquellos que bajaron de categoría. Las intimaciones a los pequeños contribuyentes que bajaron de las categorías más altas contemplarían un castigo que algunos expertos consideran «excesivo». El mismo consiste en la exclusión del Monotributo. El marco legal actual indica que aquellos que reduzcan su facturación a menos de 144.000 pesos anuales (12.000 […]

La semana pasada, los contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado (RS) con facturación superior a 12.000 pesos mensuales debieron presentar en AFIP un detalle de la energía eléctrica que han consumido y los alquileres devengados entre los meses de septiembre y diciembre de 2014. Además ha vencido el plazo para realizar ala recategorización del Monotributo. Según informó iProfesional, tras procesar todos los datos, el organismo recaudador enviará intimaciones aquellos que bajaron de categoría.

Las intimaciones a los pequeños contribuyentes que bajaron de las categorías más altas contemplarían un castigo que algunos expertos consideran «excesivo». El mismo consiste en la exclusión del Monotributo.

El marco legal actual indica que aquellos que reduzcan su facturación a menos de 144.000 pesos anuales (12.000 pesos mensuales) deberán seguir informando al fisco los datos referidos a la energía que utilizan y los alquileres que pagan durante los próximos dos años. Lo cual se realiza para, como informó el consultor tributario Marcelo Domínguez, las categorías más altas eviten bajar de nivel con el fin de evadir dicha obligación.

El motivo por el cual AFIP toma esta medida es para evaluar si el Monotributista debe o no seguir en el Régimen Simplificado o su debe pagar al general inscribiéndose en IVA y en el Impuesto a las Ganancias.

La exclusión de pleno derecho del régimen se realiza cuando se registran las siguientes situaciones:

  • Compra de bienes o realización de gastos de índole personal que superen los ingresos brutos manuales máximos admitidos para la categoría en la cual se está registrado.
  • registrar depósitos bancarios, debidamente depurados, por un importe igual o mayor al monto de los ingresos brutos anuales máximos permitidos para la categoría en la cual se está inscripto.

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