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AFIP: Fechas de vencimiento del quinto anticipo de Ganancias

A partir del día de mañana, viernes 13 de febrero de 2015, comienza a vencer el quinto anticipo del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para las personas física y sucesiones indivisas. Como lo estipula AFIP, el mismo debe ser pagado por los grandes contribuyentes de forma online mediante un VEP, medio de pago que también puede ser utilizado por el resto de los contribuyentes que también pueden cumplir con su obligación en los cajeros automáticos, en los centros de cobro habilitados y por tarjeta de crédito. El cronograma de AFIP con las fechas de vencimiento del quinto anticipo de Ganancias y Bienes Personales es el siguiente: Terminación CUIT Fecha de vencimiento 0, 1, 2 ó 3 13 de […]

A partir del día de mañana, viernes 13 de febrero de 2015, comienza a vencer el quinto anticipo del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales para las personas física y sucesiones indivisas. Como lo estipula AFIP, el mismo debe ser pagado por los grandes contribuyentes de forma online mediante un VEP, medio de pago que también puede ser utilizado por el resto de los contribuyentes que también pueden cumplir con su obligación en los cajeros automáticos, en los centros de cobro habilitados y por tarjeta de crédito.

El cronograma de AFIP con las fechas de vencimiento del quinto anticipo de Ganancias y Bienes Personales es el siguiente:

Terminación CUIT Fecha de vencimiento
0, 1, 2 ó 3 13 de febrero de 2015
4, 5, ó 6 18 de febrero de 2015
7, 8 ó 9 19 de febrero de 2015

La forma de pagar el anticipo de ganancias depende de si se trata de un gran contribuyente o no.

Los Grandes Contribuyentes sólo pueden cumplir con su obligación de pago realizando una transferencia electrónica de fondos. Para ello es necesario generar un Volante Electrónico de Pago (VEP).

El resto de los autónomos pueden optar por una de las siguientes opciones:

  • Pago electrónico: Deben generar un VEP y realizar la transferencia de los fondos.
  • En efectivo: Personalmente en los bancos autorizados, dónde también se aceptan cheques propios, financieros y cancelatorios; Pago Fácil; Rapipago; y Bapro Pagos. Para ello es necesario presentar el Formulario N° 799/E debidamente completado.
  • Cajeros automáticos de la red Link o Banelco.
  • Tarjeta de crédito: Es posible realizarlo telefónicamente o adhiriéndose al servicio de débito automático.

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