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Prórroga de AFIP para inscribir alquileres mayores a 8000 pesos

El sábado 28 de febrero de 2015 vencía el plazo para que los inquilinos informen los contratos de locación mayores a 8000 pesos que perciben por inmuebles urbanos, lo cual se debe realizar mediante la página www.afip.gov.ar contando con Clave Fiscal. Sin embargo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció, mediante la Resolución General N°3743, una prórroga de seis meses para inscribir dichos al alquileres. Por lo cual, ahora hay tiempo de hacerlo hasta el 31 de agosto, inclusive. Desde 2011, los contribuyentes deben informar los alquileres de propiedades rurales. A partir del corriente año, esta obligación se extiende a los alquileres urbanos cuyo monto mensual sea superior a 8.000 pesos. Con la publicación de la RG 3743, el […]

El sábado 28 de febrero de 2015 vencía el plazo para que los inquilinos informen los contratos de locación mayores a 8000 pesos que perciben por inmuebles urbanos, lo cual se debe realizar mediante la página www.afip.gov.ar contando con Clave Fiscal. Sin embargo, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció, mediante la Resolución General N°3743, una prórroga de seis meses para inscribir dichos al alquileres. Por lo cual, ahora hay tiempo de hacerlo hasta el 31 de agosto, inclusive.

Desde 2011, los contribuyentes deben informar los alquileres de propiedades rurales. A partir del corriente año, esta obligación se extiende a los alquileres urbanos cuyo monto mensual sea superior a 8.000 pesos.

Con la publicación de la RG 3743, el plazo para inscribir estas operaciones inmobiliarias vence el miércoles 1ero de julio, tres días antes de que venciera el plazo para presentar la información referida a contratos que fueron celebrados con anterioridad al 1º de enero.

Esta obligación es para las operaciones de alquiler o arrendamiento de bienes inmuebles, incluidos leasing, por cuenta propia o con intervención de los intermediarios, sublocaciones y subarriendos. La misma rige para la locación de  de espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros. Además, la misma es para la cesión de derechos reales y/o cesiones o contratos que impliquen derechos de uso a título oneroso sobre propiedades urbanas.

Es importante tener en cuenta que el importe de $8.000 es sin IVA.

Los nuevos alquileres deben informar a AFIP antes de 26 del mes inmediato siguiente a aquel en que se celebre el contrato y las modificaciones deben ser registradas antes del último día hábil del mes inmediato siguiente a que se hayan producido.

Recordemos que este trámite debe ser realizado mediante el «Registro de Operaciones Inmobiliarias‘ (ROI)», al cual es posible acceder mediante la página oficial de AFIP siguiendo los pasos que se detallan AQUÍ.

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