AFIP, deducciones impuesto a las Ganancias
Cuanto puedo deducir del impuesto a las ganancias? Las AFIP permite deducir del impuesto a las ganancias, personas físicas y sucesiones indivisas, para los ingresos a partir de enero del 2007
RENTA DEL TRABAJO PERSONAL – DEDUCCIONES PERMITIDAS
En el impuesto a las ganancias los contribuyentes podrán deducir los siguientes conceptos:
- Deducciones Personales (Autónomos y trabajadores en relación de dependencia)
- Ganancia no imponible, siempre que sea residente en el país $ 7.500.-
- Deducciones por carga de familia:
| DEDUCCIONES POR CARGA DE FAMILIA | ||
| Parentesco | Condición | Importe |
| Cónyuge | Casado legalmente | $ 8.000.- |
| Hijo/a y/o hijastro/a | Menor 24 años o incapacitado | $ 4.000.- |
| Nieto/a y/o bisnieto/a (descendiente línea recta) | Menor 24 años o incapacitado | $ 3.000.- |
| Padre, madre, abuelo/a (ascendiente) | Menor 24 años o incapacitado para el trabajo | $ 3.000.- |
| Hermano/a | Menor 24 años o incapacitado para el trabajo | $ 3.000.- |
| Suegro/a, yerno o nuera | Menor 24 años o incapacitado para el trabajo | $ 3.000.- |
La deducción por carga de familia se realizará en función a la cantidad de meses que la misma haya estado efectivamente a cargo del contribuyente, y siempre que:
a) No tenga entradas netas anuales superiores a $ 7.500.-
b) Sea residente en el país.
- Deducción especial, siempre que el contribuyente realice el pago de aportes, que como trabajador autónomo le corresponda ingresar $ 7.500.-
El Decreto Reglamentario de la Ley del gravamen Nº 1.344/98, en su artículo 47 inc.a), efectúa la siguiente aclaración:
“Los trabajadores autónomos podrán computar dicha deducción siempre que la totalidad de los aportes correspondientes al periodo fiscal que se declara se encuentren ingresados hasta la fecha de vencimiento general de la declaración jurada o se hallen incluidos en planes de facilidades de pago vigentes”
El importe anterior se elevará, cuando se trate de ganancias por el desempeño de cargos públicos. trabajo en relación de dependencia. jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios de cualquier especieMONTO MÁXIMO $ 36.000.-
En aquellos casos en que la ganancia neta sea inferior a $ 36.000.-, el límite de esta deducción estará dado por dicho monto.
2. Deducciones generales (Autónomos y trabajadores en relación de dependencia)
- Intereses pagados por el crédito hipotecario contraído para la compra o la construcción de su casa-habitación MONTO MÁXIMO $ 20.000.-
- Montos pagados en concepto de seguro de vida MONTO MÁXIMO $ 996.23
- Donaciones realizadas a organizaciones Nacionales, Provinciales y Municipales o a determinadas instituciones destinadas a actividades de bien público reconocidas como exentas por esta AFIP MONTO MÁXIMO Hasta el 5% de la Ganancia Neta Anual
- Importes abonados en conceptos de cuotas a Prepagas Médicas, correspondientes al contribuyente e integrantes del grupo fa miliar , considerados como carga de familia. MONTO MÁXIMO Hasta el 5% de la Ganancia Neta Anual
- Honorarios correspondientes a los servicios de hospitalizaciones en clínicas, sanatorios, servicios prestados por odontólogos, psicologos, bioquímicos, etc. y relacionados con la asistencia, incluyendo transportes de ambulancia o vehículos especiales, prestados al contribuyente e integrantes del grupo familiar considerados como carga de familia. MONTO MÁXIMO 40% de lo facturado siempre que no supere el 5% de la ganancia neta anual
- Gastos de Sepelio por el fallecimiento del contribuyente y por cada uno de los integrantes del grupo familiar considerados como carga de familia. MONTO MÁXIMO $ 996.23
- Aportes personales correspondientes a planes de seguro de retiro privados. MONTO MÁXIMO $ 1.261.16
- Importes abonados a su empleado/a doméstico/a en concepto de sueldo y obligaciones de la Seguridad Social MONTO MÁXIMO $ 7.500.–
3. Autónomos Jubilación y Obra Social
- Montos abonados en concepto de Aportes Jubilatorios, siempre que esten destinados a cajas nacionales, provinciales o municipales SIN MONTO MÁXIMO
- Aportes jubilatorios voluntarios SIN MONTO MÁXIMO
4. Trabajadores en relación de dependencia
- Descuentos obligatorios en concepto de aportes jubilatoriosSIN MONTO MÁXIMO
- Aportes jubilatorios voluntarios SIN MONTO MÁXIMO
- Descuentos obligatorios en concepto de aportes a la Obra social del contribuyente y de los integrantes del grupo familiar considerados como carga de familia SIN MONTO MÁXIMO
- Descuentos para el sindicato
IMPORTANTE En ningún caso los montos que se computen en concepto de deducciones personales podrán generar saldo a favor del contribuyente
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163 respuestas to “AFIP, deducciones impuesto a las Ganancias”
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[163] Comentarios
11 diciembre 2011 a las 1:28 pm
Diego
No se puede
11 diciembre 2011 a las 12:29 pm
hola, trabajo en relacion de dependencia y quería saber si puedo deducir el alquiler del departamento en el cual vivo, ya que adquirir una vivienda propia es casi imposible y el alquiler me está matando
17 noviembre 2011 a las 12:36 pm
Graciela:
Buenos Día,
me pase de plan de osde, por lo que voy a pagar una diferencia a lo que me paga la empresa por un plan mejor, puedo deducir esa diferencia que pago de ganancias?
y por otro lado, mi mama tiene a mi hna como carga de familia, yo la puedo poner tb?
muchas gracias!
11 octubre 2011 a las 7:28 pm
lara
No es necesario que viva con vos, depende de que jubilación cobre tu suegra
10 octubre 2011 a las 11:33 am
hola para poner a cargo a mi suegro ,es necesario que el viva conmigo . no tiene jubilacion ni trabaja. vive con mi suegra en su casa , ella si tiene un jubilacion. pero yo los ayudo un poco. Puedo ponerlo a cargo mio para deducir ganancias. gracias
9 agosto 2011 a las 12:55 pm
Mauro
Credito personal no se puede deducir, solo creditos hipotecarios y los intereses
9 agosto 2011 a las 12:54 pm
Saque un credito personal para la compra de vivienda unica permanente, en este caso puedo deducir? Si realizo la deduccion puedo comprobarlo en un futuro con la fecha de firma de escritura o voy a tener problemas?
Muchas gracias.
10 julio 2011 a las 8:40 pm
pablo
No podes descontar compras para tu uso personal
10 julio 2011 a las 5:45 pm
Hola Graciela, necesito si me podes asesorar, soy trabador en relacion de dependencia en el rubro petrolero, a nosotros nos descuentan el impuesto a las ganancias, mi pregunta es si puedo deducir algo en la compra de bienes, por ejemplo deseo comprar una camioneta, dispongo de algun recurso para pagar menos impuestos?
Muchas gracias!
19 mayo 2011 a las 2:35 pm
Buenas tardes, quisiera comentar mi caso en particular.
Estoy en relacion de dependencia. Tengo obra social Galeno y ahora estoy queriendo adherir a mi concubina y a su hija que la tengo a cargo, por lo tanto tengo que pagar aparte algo asi como 900 pesos por mes para darles el mismo plan que tengo yo a ellas dos.
Mi pregunta es: ¿Se puede deducir algo de esos 900 pesos por mes?
GRACIAS.-
12 mayo 2011 a las 5:03 pm
Hola Graciela, estoy preparando un projecto final de carrera donde hago referencia a los descuentos(por donaciones) del impuesto a las ganancias. no entiendo bien el tema porq estudio Diseño Grafico, necesitaria informacion y algunos ejemplos como para comparar y entender mas el tema.
Espero puedas ayudarme…
Desde ya muchas gracias
23 abril 2011 a las 12:08 pm
RAUL
NO Solamente si es de uso exclusivo para tu actividad
23 abril 2011 a las 1:13 am
hola queria saber si los gastos del automovil los puedo deducir, trabajo en el ferrocarril y so estuduante.
21 abril 2011 a las 4:12 pm
juan pablo
No solamente el interes del credito hipotecario
21 abril 2011 a las 3:49 pm
Buenas , si saco un credito personal para refaccion de vivienda , se puede deducir ?
gracias
3 marzo 2011 a las 8:56 pm
enrique
Si lo pueden deducir ambos
3 marzo 2011 a las 5:57 pm
si un conyuge dedujo en el formulario 572 a su hijo, puede el otro deducirlo?
28 febrero 2011 a las 1:10 pm
federico
Muchas gracias. !!! Hasta el momento si no gana más de $10.800 por año la podes deducir, pero tenes que tener en centa el sueldo bruto, ya que seguramente a ella le pagan eso pero le descuentan la moratoria
28 febrero 2011 a las 1:05 pm
Graciela te felicito por las respuestas que das, son de astante ayuda, mi consula es, soy trabajador en relacion de dependencia, tengo a mi madre cobrando la jubilacion por ama de casa, y quisiera saber si puedo deducirla como familiar a cargo ya que el sueldo de mi madre no supera los 750 pesos por mes, gracias
7 enero 2011 a las 5:49 pm
javier
Que formulario estas completando? la Declaración Jurada la presentas por Internet