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Jubilados: Guía para cambiar el lugar de cobro

Los jubilados y pensionados pueden optar por realizar el cobro de sus haberes en cualquier Banco o Centro de cobro que figure en el listado de la Administración  Nacional de la Seguridad Social, ANSeS, dicha nómina se puede consultar por la página Web. Para solicitar el cambio el jubilado o pensionado debe dirigirse a la UDAI personalmente pero con cierta excepciones lo puede hacer a través del número gratuito 130, de lunes a viernes de 08 a 20hs. El beneficiario puede optar por cobrar en cualquiera de las entidades bancarias habilitadas por ANSeS para efectuar los pagos, así como en alguno de los Centros de Pago exclusivos. Llamando al 130 lo atiende un operador donde se debe indicar el Banco […]

Los jubilados y pensionados pueden optar por realizar el cobro de sus haberes en cualquier Banco o Centro de cobro que figure en el listado de la Administración  Nacional de la Seguridad Social, ANSeS, dicha nómina se puede consultar por la página Web. Para solicitar el cambio el jubilado o pensionado debe dirigirse a la UDAI personalmente pero con cierta excepciones lo puede hacer a través del número gratuito 130, de lunes a viernes de 08 a 20hs.

El beneficiario puede optar por cobrar en cualquiera de las entidades bancarias habilitadas por ANSeS para efectuar los pagos, así como en alguno de los Centros de Pago exclusivos.

Llamando al 130 lo atiende un operador donde se debe indicar el Banco en el cual se cobra el haber habitualmente y el banco o lugar de cobro por le cual quiere realizar el cambio. El llamado puede hacerlo tanto sea el titular como una tercera persona, pero el operador se debe comunicar con el titular para verificar la solicitud y realizar dicho cambio.

Si el Banco elegido no figura en los listados de pagos de ANSeS pero usted quiere igualmente realizar el cambio por ser cliente de dicho banco, puede igualmente realizarlo peor deberá contar con la aceptación de dicho banco para el pago de sus haberes o para nombrarlo como apoderado.

El trámite de cambio de banco tarda noventa (90) días desde el momento que el operador realiza la verificación de titularidad, mientras tanto debe seguir cobrando en el banco habitual.

Como es trámite para realizar en forma personal, pero que también ANSeS lo acepta en forma telefónica, lo hace con algunas excepciones.

No podrán tramitarse telefónicamente las solicitudes de beneficiarios que:

  • Los beneficiarios no tengan teléfono de contacto con el titular.
  • No sean los titulares del beneficio (el solicitante no supera la «verificación de Titularidad» ya sea porque no responde correctamente las preguntas de verificación, o porque posee impedimentos físicos para expresarse oralmente, o bien, porque se trata de un es menor de edad, etc.).
  • Estén insanos o posean un Curador.
  • Perciben sus haberes a través de Tesorería.
  • Otorguen Poder a Banco (Banco Apoderado).

22 comentarios en “Jubilados: Guía para cambiar el lugar de cobro”

  1. esos tramites de cambio de banco son muy dificiles y fastidiosos deberian simplificarlos y para empezar manar a los abuelos a cobrar lo mas cerca posible de sus domicilios pero ya saben hacen todo lo posible por fastidiarlos asi se mueren mas rapido es una locura el tema de los tramites los abuwelos y abuelas merecen mas respeto y consideracion y no mandarlos a cobrar en bancos lejos de sus domicilios

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