El día 24 de enero de 2008 la AFIP, publico la Resolución General Nº 2403, referente al Régimen de información de operaciones de compraventa de automotores y/o motoehículos usados.

Esta norma cambia la actual resolución general Nº 2032 en las siguientes modificaciones:

  • Las operaciones de compra venta deberán ser informadas cuando el valor de la transferencia pactado, las operaciones concertadas o el valor establecido para el impuesto a los bienes personales sea igual o superior a $30.000.- para autos usados y de $8000.- para moto vehículos usados.
  • Las altas, bajas y modificación de los domicilios de localización de vehículos deberán informarse dentro de los 10 días de producidas la operación.
  • Se deberá informar las altas provisorias de vehículos por recepciones pendientes de instrumentación.
  • Se deberá informar la baja como sujeto empadronado.
  • Cuando opere el vencimiento del plazo establecido en un contrato de mandato y el mismo sea renovado en forma automática el sistema permitirá informar tal circunstancia, por única vez, por un plazo igual al original