Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio
Subido por Graciela el 29 Jan 2008 10:01 am. En la categoría Otros.
El gremio de los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:
- Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
- Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
- Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
- El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
- El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.
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333 respuestas a “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”
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Julio 4, 2008 at 9:10 am
Hola Malena:
si leistes mis comentarios sabras qu eno te puedo decir cuanto vas a cobrar sin conocer trabajo, desempeño, establecimiento, condiciones, resto de sueldo del personal, etc.
sueldo depende de todos esos factores y muchos mas.
gracias
Julio 3, 2008 at 8:20 pm
hOLA, ESTOY POR EMPEZAR A TRABAJR EN UN CALL CENTER QUISIERA SABER CUANTO ME CORRESPONDE COBRAR POR 6 HORAS Y MEDIA DE TRABAJO DE LUNES A VIERNES Y UNA GUARDIA DE UN SABADO AL MES, MUCHAS GRACIAS!!!!!
Julio 1, 2008 at 4:50 pm
Hola Martin:
No se puede decir un sueldo sin ver el trabajo y lugar de trabajo.
gracias
Julio 1, 2008 at 4:49 pm
Hola Maria de los Angeles:
Vendedora que categoria? igual ninguna categoria de vendedora tiene ese basico
gracias
Julio 1, 2008 at 3:57 pm
hola queria saber de cuanto es el sueldo de un diseñador de moda o indumentaria x jornada completa de 8 horas mas sabados medio dia?
muchas gracias
Julio 1, 2008 at 3:30 pm
Hola, soy Maria, y entre a trabajar el 26/02/07, en Septiembre del 2007 me cambian de Telemarketer a vendedora, trabajo de lunes a viernes de 9 a 18, y mi sueldo basico es de 1.190, esto esta bien???
Junio 27, 2008 at 1:58 pm
Muchisimas gracias por la informacion!
Junio 26, 2008 at 8:25 am
Hola Ariel:
Muy pocos datos para orientarte, basico inicial vendedor B jornada completa $1380.01 y le calculo para la jornada reducida si es media jornada o sea trabaja por semana 24 horas eso es media jornada 1380.01/200×100=$690.01, si trabaja alguno dia jornada completa se incrementan las cantidad de horas trabajadas.
ok
gracias
Junio 25, 2008 at 2:07 pm
En el caso de un empleado de media jornada, ¿Cómo se le pagan los días que ocasionalmente deba trabajar jornada completa?
Desde ya, muy agradecido.
Junio 25, 2008 at 2:04 pm
¿Cuál sería el salario inicial para un vendedor categoría B (Empleado de Comercio) que trabaje mediodía de lunes a sábado?
Desde ya, muy agradecido.
Junio 23, 2008 at 2:32 pm
Hola Katy:
Si va el presentismo como no remunerativo. Si queres busca por fecha de publicación el día 2 de junio publique una planilla excel, la cual podes bajar y liquidarte tu sueldo, luego contame si te sirvio.
gracias
Junio 23, 2008 at 12:49 pm
Tengo una duda sobre el acuerdo de Abril 2008 de empleados de comercio. El presentismo que se aplica sobre los aumentos que se producen por este acuerdo va tambien en el no- remunerativo
Junio 19, 2008 at 9:35 am
Hola Maria:
Las categorias dependen de las lineas telefonicas que manejes, pero si queres te paso la dirección donde puedas bajar el convenio de empleado de comercio?
Y te podes orientar?
gracias