Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio
Subido por Graciela el 29 Jan 2008 10:01 am. En la categoría Otros.
El gremio de los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:
- Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
- Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
- Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
- El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
- El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.
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394 respuestas a “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”
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Febrero 8, 2008 at 10:01 am
Hola Laura:
Cuando trabajas por hora se tienen que pagar los feriados, pero en el recibo dice jornal o mensual? el basico tuyo es de $1081.24 jornada completa y a ese importe sumarle 8.33% presentismo y el 23% no remunerativo.
gracias
Febrero 8, 2008 at 9:46 am
cuando te pagan por hora esta bien que no te paguen los feriados? trabajo como administrativa B inicial 3 horas por día de lunes a viernes y el mes de enero me lo liquidaron $ 508.40 y a ese importe le aplicaron el 20.5 % de descuentos, esta bien?
Febrero 8, 2008 at 9:43 am
hola Mariana:
Los $300.- todavía no fue homologado. Acuerdo colectivo junio 2007 es lo que tiene que decir, y no lleva descuento ya que es no remunerativo.
gracias
Febrero 7, 2008 at 8:01 pm
hola soy mariana soy vendedora b llevo 3 años trabajando de empleada de comercio quiero saber si el aumento lo tengo que cobrar ahora. y si el aumento del 23% esta bien puesto en el recibo como acuerdo colectivo 2007 y si se le tienen que hacer los descuentos correspondientes? desde ya muchas gracias
Febrero 6, 2008 at 4:18 pm
Hola Mariana:
Todavía no fue homolagado.
gracias
Febrero 6, 2008 at 10:41 am
En la empresa que trabajo no han liquidado todabia, esta bien eso o no salio el aumento hasta ahora?06/02/08
Febrero 6, 2008 at 9:49 am
Estimados,
queria consultarlos. Trabajo solo los fines de semana en un locutorio los sabdos de 15 a 22 y los domingos de 11 a 20. La categoria del recibo de sueldo es Vendedor Eventual B…es correcta? Asi mismo queria saber como se calculan las vacaciones para estos casos.
Saludos!
Febrero 6, 2008 at 7:46 am
Hola Marcela:
No me decis que categoría tenes? el 23% no remunerativo, lo van a ajustar en el mes de abril.
gracias
Febrero 5, 2008 at 9:28 pm
hola mi nombre es marcela quisiera saber cual es el sueldo de empleados de comercio y si el aumento que recibi me lo van a poner como remunerativo a partir de enero de 2008 ( el 23% recibido)lo tengo que sumar al sueldo inicial desde ya muchas gracias
Febrero 4, 2008 at 7:33 pm
Me llamo Sergio, hace 15 años que soy empleados de comercio, y lo que gano de antiguedad es 1 peso si leyeron bien 1 peso mientras que la mayoria de los otros sindicatos tienen un 2% de antiguedad, el nuestro no tiene perdon de dios.Vamos muchachos a pelear por la antiguedad de los emp. de comer.
Febrero 3, 2008 at 4:21 pm
Estimados,
queria consultarlos. Trabajo solo los fines de semana en un locutorio los sabdos de 15 a 22 y los domingos de 11 a 20. La categoria del recibo de sueldo es Vendedor Eventual B…es correcta? Asi mismo queria saber como se calculan las vacaciones para estos casos.
Saludos!
Febrero 3, 2008 at 12:15 pm
Roberto: El Convenio ya tiene previsto la bonificación por antiguedad y la misma es del 1% por año.
Febrero 3, 2008 at 9:02 am
Soy empleado de comercio y todavía hoy no entiendo porque motivo nuestro gremio es uno de los pocos o tal vez el unico que que no tiene una bonificación por año de antiguedad.
Espero que en estas paritarias que se avecinan no se olviden de tratarlo.
Muchisimas gracias.
Febrero 1, 2008 at 10:56 am
hasta la fecha 01/02/08 no hay nada homologado y en la empresa que trabajo no lo han liquidado tadavia.
Enero 30, 2008 at 5:16 pm
trabajo en un estudio contable y todavia ese acuerdo no esta homologado.
Enero 30, 2008 at 3:07 pm
Hola;
Necesito saber si el acuerdo ya fue homologado, alguien puede confirmarlo?
Gracias.
Enero 30, 2008 at 3:02 pm
Buenas tardes;
Alguien sabe realmente si ya está homologado el acuerdo??
Pls, gracias
Enero 30, 2008 at 1:29 pm
“Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75.”
Pablo, de la lectura se desprende que se aplica en forma íntegra a los trabajadores ingresados antes del 31/12/2007. NO recibirían este adicional los ingresados desde el 01/01/2008 según entiendo.
Enero 30, 2008 at 10:00 am
en nuestro caso hay empleados que ingresaron el 29/12/2007, pregunta: Corresponde abonar los $300 o se liquida en forma proporcional y en base a que calculo??
Desde ya muchas gracias.
Saludos cordiales,
Pablo D. Lorenzo.
Enero 30, 2008 at 9:05 am
Buenos días, quisiera saber si este acuerdo se encuentra ya homologado.
Saludos,
Jimena.