Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio
Subido por Graciela el 29 Jan 2008 10:01 am. En la categoría Otros.
El gremio de los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:
- Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
- Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
- Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
- El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
- El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.
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Abril 23, 2008 at 2:30 pm
Hola Gabriela.
Eso depende de la parte empresaria, vos los conoces y sabes la opinión y como manejar la situación, siempre hablando bien y pidiendo el cambio de horario generalmente no hay problemas pero siempre depende.
gracias
Abril 23, 2008 at 12:13 pm
Estimados, soy supervisor de mantenimiento fuera de convenio,pero tengo personal a cargo de empleados de comercio, como uds saben los empleados de comercio tienen numerosos aumentos en sus salarios, pero al personal fuera de convenio no les dan nada. Quien maneja el tema de los empleados fuera de convenio y como tenemos que pelear nuestro aumento???
a quien tenemos que recurrir ?
o simplemente estamos SOLOS???
Abril 23, 2008 at 12:10 pm
trabajo en una empresa hace 1 año.Luego de mi incorporacion tomaron a 3 personas mas.tengo muchas ganas de recomenzar mis estudios en la facultad,que posibilidad existe si pido el cambio de turno para la mañana (pertenezco al turno tarde).Tengo algun derecho con respecto a eso?
Abril 22, 2008 at 9:46 pm
Hola Seabstian:
la jornada laboral son 48 horas semanales, hay algunas empresas que piden autorización en el ministerio y con la parte sindical y trabajan mas horas pero se incluye la diferencia en el sueldo y aparte tienen obligación de poner la planilla horaria con la jornada laboral de cada trabajador.
muchas gracias
Abril 22, 2008 at 9:35 pm
necesito saber cuantas horas tengo que trabajar ,soy empleado de comercio en una distribuidora de licores por favor contestenme gracias
Abril 21, 2008 at 12:30 pm
Hola loreley:
El día 13 de abril publique una planilla Excel, la cual cargando tus datos podes hacer la liquidación, el basico lo podes sacar de la siguiente pagina;: http://www.sec.org.ar/# luego comentame si te fue facil y util la planilla. muchas gracias
Abril 21, 2008 at 12:26 pm
yo soy auxiliar especializada b y tengo 1 año y medio de antiguedad.necesitaria saber cual va ha ser mi suledo neto luego del aumento previsto.al dia de hoy mi sueldo neto percibido es de $1360
agradeceria muchisimo que se me de una respuesta a mi inquietud.
desde ya ,
muchas gracias
Abril 19, 2008 at 9:31 am
Hola Fernando:
No se si perteneces al sindicato de Empleados de Comercio e corresponde.
Sabes a que sindicato corresponde?
gracias
Abril 19, 2008 at 9:30 am
Hola Claudia:
Seguro te va a liquidar cunado haga la liquidación para el resto de los empleados, ya que por mas que vos te quejes, en el tiempo que llega tu reclamo el ya te pago. Los días son cuatro hábiles desde que recibe el telegrama.
gracias
Abril 19, 2008 at 6:40 am
hola queria saber si el aumento es tambien para los empleados de seguridad privada, si es asi, de cuanto es el mismo y a partir de cuando se empieza a cobrar.
saludos y gracias
Abril 18, 2008 at 10:41 pm
A quien corresponda:
Hola mi nombre es Claudia Ochoa. El 9/04/08 temine con mi relacion laboral (ese mismo dia envie telegrama de renuncia)
Mi Pregunta es cual es el limite de dias que tiene me ex empleador en darme la liquidacion final,luego de haber renunciado.
si hay una ley que lo ampare cual es?
desde ya muchas gracias
Abril 14, 2008 at 8:15 pm
Hola Magda:
Es muy dificil decir cuanto tenes qu ecobrar ya que como vendedora hay 4 categorias
A B C D 1.329,92 1.385,19 1.402,46 1.442,19, eso es con jornada completa y depende del lugar de trabajo y tu desempeño y responsabilidad, calcula basico divido 200 por cantidad de horas en tu caso 105 y a eso sumale el 8.33% a los $100.- el mismo calculo en tu caso $52.50 y a eso hacele los descuentos, para orientarte el fin e semana publique un planilla excel que podes calcular tu sueldo cargando tus datos.
muchas gracias
Abril 14, 2008 at 6:14 pm
Hola… disculpas por insistir… pero tengo dudas acerca de mi sueldo. Trabajo como vendedora, 5 horas corridas de lunes a viernes, un año de antigüedad. Qué sueldo me corresponde? O cómo puedo calcularlo? Gracias…
Abril 11, 2008 at 8:37 pm
Hola Laura:
Mañana o pasado voy a tratar de subir una planilla de calculo excel, que te la vas a poder bajar a tu compu y hacer los calculos.
gracias
Abril 11, 2008 at 7:27 pm
Hola soy Laura disculpa necesitaria que por favor me calcuele si es posible el sueldo total que deberia cobrar mi marido: el es chofer b auxiliar con un basico de $1116.34 y el presentismo es de $92.99 mas el 23% de aumento mas $100,00 de la asignacion de el acuerdo de Enero y se les es descontado un total de 23.50% de las deducciones y posee 14 años de antiguedad las cuales no figuran en dicho sobre ademas de ser chofer b auxiliar tambien es cobrador desde ya muchas gracias!!!!
Laura
Abril 11, 2008 at 6:06 pm
Trabajo como vendedora, de lunes a viernes, 5 horas diarias corridas, con un año de antigüedad. Cuál es el sueldo que me corresponde? Es correcto calcular mi sueldo como “media jornada” exacta, ya que en total suman 25 hs semanales?
Abril 11, 2008 at 9:14 am
Hola Laura:
La categoria es Personal Auxiliar b) basico mes de abril/08 1117.74 mas el 23% No remunerativo mas el 8.33% presentismo ma sel 8% Acuerdo Abril/08(no hologado todavia)mas un plus por Km recorrido (primeros 100K (0.11xKm) mas de 100K (0.13xK) luego a eso le haces los descuentos y le sumas el salario familiar.
si no entendes volve a preguntarme, y que te ahgo el calculo en mi planilla, igual mas tarde voy a publicar un aplanilla excel donde podes cargar los datos y calcular tu liquidación.
gracias
Abril 10, 2008 at 10:24 pm
Hola queria preguntarle con respescto a la intiguedad de un empleado de comercio de un total de 14 años con categoria de chofer clase B cuanto debeia cobrar y tambien referente a el aumento de sueldo el total del porcentaje aumentado debido a que desconozco sobre ese monto..
muchas gracias saludos…
Laura
Abril 10, 2008 at 2:16 pm
Hola Sol.
Supongo que si sos jefa estas en otra obra social? y ganas mas que lo qu efigura en convenio.
Podes hablar y pedir un aumento de sueldo.
gracias
Abril 9, 2008 at 3:35 pm
Hola, espero me puedan ayudar. El contador de la empresa para la que trabajo me dice que estoy fuera del convenio colectivo de empleados de comercio por ser jefa administrativa. Yo quiero saber si el aumento que acaban de arreglar del 20% igualmente me toca mismo como el 0.5% de antiguedad o si no me toca. Si no llegara a ser asi, puedo hacer algo para cambiar mi situación? Muchas Gracias. Sol