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Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado: Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos […]

El gremio de  los Empleados de comercio dirigido por el secretario general Armando Cavalieri consiguió una compensación salarial extra no remunerativa de $ 300.- pagados por única vez. Algunos puntos importantes del acuerdo firmado:

  1. Las partes acuerdan el otorgamiento de una asignación compensatoria espacial y extraordinaria, de carácter no remunerativa, por única vez, para todos los trabajadores de la actividad -planillas existentes al 31/12/2007- y comprendidos en el marco del CCT130/75. Así mismo ratifican la validez y vigencia del acuerdo colectivo de fecha 13/06/2007, mediante el cual se han establecido las escalas salariales de los trabajadores comprendidos en el antes citado convenio.
  2. Las partes acuerdan que el monto de la asignación prevista en la cláusula anterior será de $300 trescientos pesos y se hará efectivo en 3 cuotas de $100 cien pesos cada una, pagaderas respectivamente en oportunidad del pago de las remuneraciones correspondientes a los meses de Enero, Febrero y Marzo de 2008. Se aclara que la misma se liquidará por rubro separado y bajo la denominación “Asignación Acuerdo Enero 2008”.
  3. Dada su condición de no remunerativa esta asignación no será tenida en cuenta a ningún efecto legal y/o convencional, con la única excepción que sobre estas sumas se devengaran los aportes y contribuciones de la obra social de empleados de comercio y el aporte del trabajador establecido por el Art.100 (texto ordenado de fecha 24/06/94 del CCT 130/75.) sobre su monto nominal.
  4. El importe de la asignación otorgada se entiende referido a los trabajadores que prestan servicios en jornada completa. Para el caso de los trabajadores de jornada parcial, esta asignación se abonará en forma proporcional a la jornada pactada.
  5. El monto de la asignación aquí pactada no se incorporará a las escalas salariales vigentes, por lo que no será tomado en cuenta para el incremento de las escalas salariales convencionales que pudieran convenirse en la actividad.

628 comentarios en “Pago único, aumento de sueldos, Empleados de comercio”

  1. Hola!
    Tengo dos preguntas para hacerte…
    1º) comencé a trabajar a mediados de junio de 2007, como vendedora B, es decir, categoría inicial: el sueldo fue propuesto por el empleador en $1800 bruto por 63 horas semanales. Aun no coincidiendo el sueldo de las tablas salariales con mi básico, que es de $1600, me corresponden los aumentos querigen desde junio de 2007??
    2º) Las vacaciones, deben pagarlas por adelantado, realizando los descuentos jubilatorio y de O.S. correspondientes?,es una modalidad habitual?, o es que acaso a fin del mes he de cobrar el sueldo menos lo pagado por vacaciones en forma adelantada???

  2. Hola! Trabajo en un call center de lunes a viernes 6 horas diarias, me gustaria saber como hago para sacar el total del sueldo basico?
    El 16 de febrero hizo un año que trabajo aqui…ya voy a empezar a cobrar algo por antiguedad? En caso de que llegue a cobrar algo, cuanto seria el total?

    Ya arreglaron algun aumento para el sindicato de comercio??

    Gracias!!!

  3. Javier y Graciela:

    No sñe si les sirva la respuesta, en mi trabajo hay opradores de cobranzas de 6 horas, con un básico de 809.20 + Presentismo + 23% ac. Jun 2007 menos aportes… da mas o menos un neto de 897, y por supuesto aparte de esto las comisione spor cobranzas.
    Ojala te sirva como punto de referencia

    Saludos

  4. Graciela:

    Ya me entró la duda de dónde habré leído lo de las 180 horas, pensé que había sido aquí, pero evidentemente estoy errada. Nosotros tenemos gente trabajando con turnos part time de 5 y 6 horas. Puedo calcularno por regla de 3 simple? si redondeando (si 8h x día equivalen a 200 mens, 6h x día equivalen entonces a 150mns) Es así…?

    Gracias y un beso enorme aunque no te conozca, eres de mucha ayuda.

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