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Moratoria Previsional prórroga hasta 30 de Abril 2007

Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse. La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007. El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto  fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse […]

Hasta el día 30 de Abril del 2007 la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) informo que se prorrogó la vigencia de la Ley Nº 25.994. La prórroga incluye los artículos 2º y 6º de dicha Ley, relacionados con la jubilación anticipada por desempleo y la moratoria previsional para los que tienen la edad pero adeudan años de aportes para poder jubilarse.

La prórroga se debe a que mucha gente estaba preocupada por no poder ingresar el trámite antes del 15 de enero de 2007.

El Presidente de la Nación, Néstor Kirchner, cuando firmó el decreto  fijó que aquellas personas que cobran otro beneficio, (pensión por viudez, un retiro policial o militar o una pensión graciable) y quieren jubilarse a través de la moratoria, podrán acceder al beneficio una vez que hayan cancelado el total de la deuda, ya sea en cuotas o en un sólo pago.

El Director Ejecutivo de ANSES, Sergio Massa , informó que ahora también los adheridos a la moratoria de la Ley 24.476, podrán realizar el trámite jubilatorio por Internet, junto a los que sólo tienen aportes como autónomos, incorporando los 7 años de declaración jurada contemplados por ley.

La Moratoria (Ley 24.476), sigue sin cambio. Comprende a los que tienen más de 60 años (mujeres) o más 65 años (hombres) cumplidos al 31 de diciembre de 2004 como después de esa fecha. Esta moratoria abarca los aportes adeudados o no ingresados, a partir de los 18 años de edad, por el período de enero de 1955 hasta septiembre de 1993.
Las dos Moratorias tienen planes de hasta sesenta cuotas mensuales. Las personas que se adhieren deben pagar la primer cuota, y cuando sale la jubilación y empiezan a cobrar le descuentan del beneficio las restantes cuotas.

En ningún caso la jubilación puede ser inferior al haber mínimo que es de $470 mensuales y que a partir de enero de 2007 será de $530.

Muchas personas ya se jubilaron a través de las moratorias previsionales. Otros  ya tienen el trámite aprobado y comenzarán a cobrar a partir de noviembre.

302 comentarios en “Moratoria Previsional prórroga hasta 30 de Abril 2007”

  1. Si tenia fecha 12 de julio y tiene Nº de Beneficiario fijate en la pagina de Anses.
    Autopista de Servicios Donde cobro.
    si no podes ir a la oficina de Anses con una orden del médico y preguntar

  2. Adriana Miranda

    quisiera saber cómo hacer para orientar a una persona que tenía fecha para cobrar el 12 de julio de 2007 y no ha podido porque la internaron, además no tiene familiares que lo hagan por ella, un no familiar puede haceerlo? cómo? con que requisitos es de Mendoza

  3. Hola. En mi caso estoy tratando de ingresar la situación de mi suegra al SICAM.
    Mi suegra es ama de casa, sin aportes. Hasta cuando tengo tiempo de ingresar al sicam y pagar su primer cuota?
    Tenemos la clave fiscal y el cuil; pero luego de ingresarlos en la pág de afip, no me carga el enlace que dice sicam; simplemente dice listo y queda en blanco. ¿Porque? Muchas gracias.

  4. Quisiera saber si puedo tramitar una jubilacion de ama de casa, ya que tengo 60 años cumplidos al 8/7/07, a todo esto tengo 3 años de aportes realizados desde el año 65 al 68.
    Puedo en mi caso tramitar la jubilacion de ama de casa, en caso contrario, que jubilacion podria tramitar. Saluda atentemente Alicia.

  5. Porfavor, me pueden decir, primero, si mi madre, que entrè todo con la abogada en mayo, y esta abogada ya iniciò el amparo y mi madre solo pagò una cuota de moratoria, le va a salir la jubilacòn de amas de casa. La misma, es pensionada y no supimos para entrarlo antes de octubre.

    Segundo, yo soy jubilada por invalidez en agosto de 2006, ya pedì al ANSES mi reajuste de haberes, me lo denegaron. ¿ Me corresponde el caso Sànchez o Chocobar?. Agradecerìa mucho vuestra respuesta. Saluda cordialmente. Marcela Borelli.

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