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Estoy de Licencia por Maternidad, ¿cuánto cobro de aguinaldo?

Este mes, los empleadores deben efectuar el pago del primer medio Sueldo Anual Complementario (SAC) a sus trabajadores en relación de dependencia. Al momento de calcular el mismo es necesario aplicar el 50% a la mejor remuneración que hayan percibido a lo largo de este año. Para el caso de las empleadas que se hayan tomado Licencia por Maternidad, el cálculo del aguinaldo se tiene que efectuar de manera proporcional descontando dicho tiempo. El cobro del aguinaldo para las trabajadoras que hayan tomado Licencia por Maternidad a lo largo del primer semestre será proporcional en base al tiempo que hayan trabajado. Esto es porque, mientras ellas cobren dicha Asignación Familiar, la cual es pagada por ANSeS, se produce una interrupción […]

Este mes, los empleadores deben efectuar el pago del primer medio Sueldo Anual Complementario (SAC) a sus trabajadores en relación de dependencia. Al momento de calcular el mismo es necesario aplicar el 50% a la mejor remuneración que hayan percibido a lo largo de este año. Para el caso de las empleadas que se hayan tomado Licencia por Maternidad, el cálculo del aguinaldo se tiene que efectuar de manera proporcional descontando dicho tiempo.

El cobro del aguinaldo para las trabajadoras que hayan tomado Licencia por Maternidad a lo largo del primer semestre será proporcional en base al tiempo que hayan trabajado. Esto es porque, mientras ellas cobren dicha Asignación Familiar, la cual es pagada por ANSeS, se produce una interrupción del servicio que presta la empleada.

En dichos casos, los empleadores deberán efectuar un cálculo proporcional del aguinaldo.

Para efectuar la cuenta es necesario tomar el mejor sueldo que hayan percibido a lo largo de estos seis meses y dividirlo por dos, lo cual arrojará el SAC que se hubiera percibido en caso de que hubiera trabajado a lo largo de todo el semestre. A dicho importe es necesario dividirlo por la cantidad de días que correspondan a los seis meses y multiplicarlo por el número de días trabajados.

Por ejemplo, en caso de que la mejor remuneración haya sido de $6.800 y se hayan trabajado 170 días es necesario hacer la siguiente cuenta:

6.800 / 2 = 3.400 / 181 = 18,78 X 170 = 3.193,37

Un dato a tener en cuenta es que a este nuevo valor se deben aplicar los descuentos que correspondan para que arroje el aguinaldo neto a cobrar.

SAC Bruto: $ 3.193,37
– Jubilación (11%): – $ 351,27
– Obra Social (3%): – $ 95,80
SAC Neto a cobrar: $ 2.746,30

94 comentarios en “Estoy de Licencia por Maternidad, ¿cuánto cobro de aguinaldo?”

    1. Damaris Hasta el día 7 de mayo la empresa te paga aguinaldo proporcional, sobre las Asignaciones Familiares no se paga aguinaldo

  1. Hola, esta bien lo paga el empleador… pero que descuentos se hacen, todos los de siempre?, en el F931 como se declara?
    Espero comentarios, gracias

      1. Hola yo sali de licencia el dia 2 de septiembre de 2016,me pagaron 300 pesos de aguinaldo es correcto??

      2. depende de tu sueldo, tu empleador debe pagarte aguinaldo proporcional Mejor sueldo dividido 2 por 62 (dias trabajados) y dividido 180

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