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AFIP: Prórroga para usar la Factura Electrónica en casos especiales

El día de mañana vencía el plazo para que los contribuyentes inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) comiencen a emitir comprobantes electrónicos. Debido a la gran cantidad de pedidos que efectuaron los profesionales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) otorgó una prórroga para comenzar a usar la Factura Electrónica a algunos casos especiales. Por lo cual, el organismo recaudador analizará cada caso especial hasta el 1ero de octubre de 2015. El Fisco informó que hasta dicha fecha se contemplarán cada una de las situaciones que planteen los contribuyentes a la hora de usar la Factura Electrónica. Los reclamos que se atenderán serán los que se realicen mediante la ventana de diálogo que prevé la normativa como las […]

El día de mañana vencía el plazo para que los contribuyentes inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) comiencen a emitir comprobantes electrónicos. Debido a la gran cantidad de pedidos que efectuaron los profesionales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) otorgó una prórroga para comenzar a usar la Factura Electrónica a algunos casos especiales. Por lo cual, el organismo recaudador analizará cada caso especial hasta el 1ero de octubre de 2015.

El Fisco informó que hasta dicha fecha se contemplarán cada una de las situaciones que planteen los contribuyentes a la hora de usar la Factura Electrónica. Los reclamos que se atenderán serán los que se realicen mediante la ventana de diálogo que prevé la normativa como las que se hagan usando otras vías de contacto.

Si bien no es una prórroga, aquellos que tengan inconvenientes utilizando este nuevo sistema de facturación podrán aprovechar este tiempo para adaptarse siempre y cuando se comuniquen con el Fisco para plantear su situación. Hasta entonces tendrán validez las facturas y recibos impresos.

Un dato a tener en cuenta es que el organismo recalcó que estos comprobantes electrónicos facilitarán la relación entre las empresas y sus proveedores simplificando y agilizando la operatoria comercial.

Recordemos que la generación de facturas electrónicas se puede realizar de tres maneras:

  • La más simple es utilizando el sitio de AFIP, lo cual requiere que se cuente con la Clave Fiscal que se puede sacar por Internet siguiendo los pasos indicados AQUÍ. Aquellos que elijan este método pueden aprender a hacerlo siguiendo la guía que se encuentra ACÁ.
  • Instalar el programa aplicativo RECE – Versión 4.0.
  • Desarrollar un software que se conecte con el WebService de AFIP.

2 comentarios en “AFIP: Prórroga para usar la Factura Electrónica en casos especiales”

  1. me podrían informar que documentación puedo presentarle a mis clientes que avale que se pidió prorroga para el uso de facturación electrónica,dado que me lo solicitan para poder considerar las facturas que se le envió y que no fueron confeccionadas vía el aplicativo por haberse solicitado prorroga

    1. fabiana

      La AFIP en su sitio publica esto

      Factura Electrónica

      La Resolución General N° 3749 entra en vigencia el 1 de julio, obligando a todos los sujetos responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado a efectuar sus facturas en forma electrónica.

      Asimismo, se informa que hasta el 1 de octubre se contemplarán las situaciones planteadas por los contribuyentes en las que se informen dificultades para cumplir el plazo, aún cuando las mismas no hayan sido informadas por la ventana de diálogo prevista en la normativa.

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