Acuerdo salarial para el gremio de la Sanidad
Fue firmado un Acuerdo Salarial para los trabajadores del Gremio de la Sanidad, Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina, pertenecientes el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 108/75, porcentaje que se aplicará sobre todos los salarios básicos de todas las categorías profesionales. El aumento se hará efectivo en dos tramos uno a partir del 1º de agosto y e otro a partir del 1º de diciembre ambos del año 2009.
Nuevas escalas de salarios básicos del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 108/75
| CATEGORÍAS | Salarios Básicos a partir del | |
| 01/08/2009 | 01/12/2009 | |
| PRIMERA CATEGORÍA | $ 2.300.40 | $ 2.443.96 |
| SEGUNDA CATEGORÍA | $ 2.199.40 | $ 2.336.86 |
| TERCERA CATEGORÍA | $ 2.139.20 | $ 2.272.90 |
| CUARTA CATEGORÍA | $ 1.999.20 | $ 2.124.15 |
| QUINTA CATEGORÍA | $ 1.839.60 | $ 1.954.58 |
La diferencia entre los salarios básicos vigentes hasta el 31 de julio y los mencionados en el siguiente acuerdo, así como los valores resultantes de la incidencia de los nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y convencionales serán remunerativos a todos los efectos legales y convencionales con la sola excepción que sobre esos montos no se deben aplicar las contribuciones patronales al Sistema de la Seguridad Social exceptuando la de las obras sociales.
Esta excepcionalidad rige hasta el 31 de julio de 2010 luego de esa fecha se deberán realizar las contribuciones patronales en su totalidad.
Además se prorroga la excepcionalidad parcial establecida en la cláusula 5 del acuerdo firmado el 16 de julio de 2008, relacionada a las contribuciones patronales al Sistema Previsional correspondiente al:
-
Año 2007, hasta el 31 de diciembre de 2009, a partir de esa fecha los montos aludidos, tendrán naturaleza de remunerativos a todos los efectos.
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Año 2008, hasta el 31 de julio de 2010, a partir de esa fecha los montos aludidos, tendrán naturaleza de remunerativos a todos los efectos.
Los aumentos salariales otorgados con posterioridad al 31 de diciembre de 2008 podrán ser absorbidos hasta su concurrencia con los incrementos aquí otorgados.
Los importes de los adicionales legales, convencionales y voluntarios, que estén expresamente referenciados y tengan como base de cálculo el salario básico convencional, a los fines del pago, deberán ser calculados de conformidad con los valores establecidos en la nueva escala salarial, en un todo acuerdo con lo establecido en el articulo 12 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 108/75.
Pago del aguinaldo: Las empresas que acrediten fehacientemente su imposibilidad de realizar el pago del aguinaldo de diciembre, debido al impacto de la mejor remuneración, nuevo básico de convenio mes de diciembre de 2009 podrán extender el pago de la diferencia de mejor valor hasta el mes de enero del 2010.
Contribución extraordinaria: Las empresas comprendidas en el Convenio colectivo de Trabajo Nº 108/75 deberá realizar una contribución extraordinaria a favor de la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina, con la finalidad de realizar obras de carácter social, solidario y asistencial, para el mejoramiento de los servicios que presta la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina, OSPSA, en interés y beneficio de Todos los trabajadores comprendidos en esta convención colectivo de trabajo. Esta contribución consiste en el pago de una suma de $150.- (Pesos: Ciento cincuenta), por cada trabajador encuadrado en este CCT 108/75, la cual será abonada en diez cuotas iguales de $15.- (Pesos: Quince) cada una con un vencimiento el día 15 de cada mes o el día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre 2009 y junio de 2010. Debiendo realizar el deposito en la cuenta especial de FASTA que se encuentran a disposición en la pagina Web de la sanidad.org.ar colocando el importe total en el campo “Contribución Extraordinaria”.
Cuota de Solidaridad: Todos los beneficiarios del CCT 108/75 deberán realizar un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual, durante la vigencia de este acuerdo. El aporte estará destinado entre otros fines, a cubrir gastos ya realizados y a realizar, en la gestión, contribuyendo a una mejor calidad de vida para los trabajadores y sus familiares. Los empleadores actuaran como agentes de retención y realizarán el deposito con el procedimiento habitual, en forma mensual y en la cuenta especial de FATSA, disponiendo de boletas de depósito en la página Web de sanidad.gov.ar.
Vigencia: La vigencia de este acuerdo es desde el 1º de agosto hasta el 31 de julio de 2010.
Agradecemos la colaboración de CONTABLE
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12 respuestas to “Acuerdo salarial para el gremio de la Sanidad”




21 Julio 2010 a las 4:31 pm
Necesito saber en qué mes habrá aumentos para enfermeros de consultorios/ plantas industriales…etc sin internacion. Tengo entendido que pertenecemos al convenio 108/75. POr favor espero respuesta. Gracias.
25 Junio 2010 a las 1:52 pm
Necesito saber si mi convenio es el 108/75 y soy adm. de 2 categoria me corresponde hacer las liquidaciones de las obras sociales? Gracias
25 Junio 2010 a las 1:49 pm
Hola queria saber si el proximo mes (julio 2010) va a haber un aumento en la escala salarial del convenio 108/75. Muchas gracias
19 Junio 2010 a las 6:52 pm
hola, quisiera saber si va a haber algun aumento en el convenio 42/89 de sanidad en el 2010?
16 Junio 2010 a las 11:32 am
Por favor necesito conocer la escala de salarios básicos del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 108/75 vigente a Junio de 2010.
Muchas Gracias
26 Octubre 2009 a las 5:39 pm
Hola, quisiera saber si fue homologado el acuerdo que aumenta la escala salarial desde el 1 de agosto del corriente en el convenio 108/75
25 Octubre 2009 a las 11:50 pm
hola en mi lugar de trabajo no me quieren pagar el aumento de sueldo porque dicen que no esta homologado, alguien me puede decir si ya salio la homologacion y si no esta todavia para cuando puede ser es que yo necesito el aumento. gracias
22 Septiembre 2009 a las 4:20 pm
Hola! Estoy buscando el acuerdo firmado y la homologación, pero no los encuentro. Saben donde los puedo encontrar??? Gracias!
20 Septiembre 2009 a las 11:15 pm
Hola,
Estoy buscando la escala salarial de Sanidad anterior a la del nuevo acuerdo, sólo encuentro el CCT anterior 42/89 y dice montos de casa categoría pero no sé dice qué monto es el de base para ir adicionandole a la categoría…mucha gracias desde ya!!
Azul
13 Septiembre 2009 a las 12:46 pm
me gustaria saber a una secretaria que recien empieza a trabajar en un consultorio medico cual es el sueldo que le corresponde por 25 horas semanales.
Muchas gracias.
4 Septiembre 2009 a las 7:47 pm
MARIA JOSE:
Los Bàsicos a tener en cuenta son los siguientes:
Primera categoría: $1643
Segunda categoría: $1571
Tercdera categoría: $1528
Cuarta categoría: $1428
Quinta categoría: $1314
4 Septiembre 2009 a las 6:50 pm
Solicito me informen cual es el salario base para tomar en cuenta para el calculo de contribuciones al sistema previsional???
Del convenio colectivo 108/75 DICIEMBRE 2007???