Guía practica del Régimen del Servicio domestico
Esta es una guía practica para orientarte referente a los trabajadores del servicio domestico. Los mismos se encuentran excluidos de las leyes generales del trabajo, implican un tratamiento específico y un régimen propio regulados por el estatuto de servicio doméstico (D326/1956) y su decreto reglamentario Nº 7979/1956.
Dentro de este estatuto y decreto quedan comprendidas las relaciones laborales que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombre sy mujeres que desarrollen tareas.
Quedan comprendidas dentro del estatuto las relaciones de trabajo que se presten en todo el territorio de la Nación, dentro de la vida doméstica, y que no importen para el empleador lucro o beneficio económico, realizadas por hombres o mujeres que desarrollan tareas. Siempre para un mismo dador de trabajo y como mínimo 6 horas semanales.
GUÍA
| RÉGIMEN SERVICIO DOMESTICO | ||||||||||
| CONCEPTO | ACTIVIDAD QUE DESARROLLAN | REQUISITOS | ||||||||
| Personas comprendidas | Personas que desarrollan servicios de mucamas, niñeras,cocineras,caceros, amas de llaves, mayordomos, jardineria,institutrices,nurses,gobernantas,etc | Ser mayores de 14 años.Realicen actividades domestica, en casas particulares, no comerciales
Antigüedad superior a 30 días |
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| INSCRIPCIÓN | ||||||||||
| Tramitar el CUIL del trabajador (ANSeS con DNI) CUIT o CUIL del empleador e inscribirse en la AFIP | ||||||||||
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APORTES Y CONTRIBUCIONES |
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| Los aportes y contribuciones son fáciles de calcular, ya vienen todo explicado en el formulario 102 de la AFIP. Se marca las horas que trabaja, Datos del empleador y trabajador y surgen el pago.Incluso en su parte inferior viene el recibo que deben firmar ambas partes, como comprobante de haber cobrado. | ||||||||||
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REMUNERACIONES BÁSICAS |
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CATEGORÍA |
ACTIVIDAD DESARROLLADA | 01/11/2007 | ||||||||
| PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses,institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | ||||||||
| SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares | $ 947 | ||||||||
| TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | ||||||||
| CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $830.- | ||||||||
| QUINTA | todo el personal con retiro, que trabaje 8 hs. ó más | $ 830.- $6.30 /h | ||||||||
| DERECHOS LABORALES | ||||||||||
| VACACIONES | Periodo continuado anual. Comunicar 20 días antes
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| AGUINALDO | Deberá abonarse en 2 cuotas el 30/06 y el 31/12. Mejor remuneración semestre divido 2 | |||||||||
| ENFERMEDAD | Hasta 30 días por año, trabajadores más 1 mes antig. | |||||||||
| JUBILACIÓN | La edad mínima es d e60 años para la mujer y 65 años para el hombre. Se requieren 30 años de aportes. | |||||||||
| SALARIO FAMILIAR | Se encuentran excluido de la Le 24.714No corresponde pago | |||||||||
| DESPIDO | ||||||||||
| PREAVISO |
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| INDEMNIZACIÓN | Luego del año de antigüedad le corresponde 1/2 sueldo por año de antigüedad o fracción mayor a 3 meses | |||||||||
| DEDUCCIÓN IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||||||||||
| Se puede deducir hasta $ 7.500.- por año los sueldos y contribuciones pagadas. | ||||||||||
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79 respuestas a “Guía practica del Régimen del Servicio domestico”



Agosto 11, 2008 at 2:39 pm
Buen día. Quería hacerle una consulta. Mi empleada doméstica que trabajo 3 años conmigo va a renunciar a fin de mes. Quería saber que trámite tengo que realizar, que es lo que le tengo que pagar y si ella tiene que renunciar por telegrama. Muchas Gracias
Agosto 7, 2008 at 10:07 am
Hola silvia:
Hace poco tiempo que trabaja asi que pagale el tiempo trabajado 1 día de vacaciones aguinaldo proporcional al tiempo trabajado hacela firmar un recibo donde aclaras todo lo que le pagas y listo. Volvele a explicar que asi no te sirve, y luego si te reclama algo volve a preguntarme.
suerte y gracias
Agosto 6, 2008 at 3:54 pm
Hola Graciela.
Tengo una empleada domestica que trabaja con mi mamá desde hace casi dos meses. En un principio venía de noche pero cuando la tomé le dije que yo necesitaba que viniera el lunes por la mañana y se fuera el domingo a la mañana,cuando despidiera a la otra chica que estaba con mi madre, ella me contestó que ningun problema.
Cosa que hasta ahora no se cumplió porque la otra persona dejó de trabajar el 31 de Julio,antes de que se fuera definitivamente le volví a consultar si ella podía cumplir con lo pactado desde un principio a lo cual me contestó que sí.Ahora està sra el fin de semana del 19 me dijo que no venía el sabado porque necesitaba ir al culto, cosa a la que accedí,volvió a venir en la semana siempre por las noches el fin de semana del 26 no vino y me dijo que era por el paro de los colectivos , entonces yo le contesté el lunes cuando vino, que podía haber venido antes de la hora del paro y que a mi así no me servía, que yo necesitaba lo que habíamos pactado y que yo hiba a buscar a otra persona.Pasó por mi casa luego y me dijo que bueno que iba a continuar y que ella me iba a avisar cuando dejaba de trabajar, a lo que yo le respondí cuando era y me dijo que para noviembre pues tiene una hija embarazada, yo volví a reiterarle que a mi no me servía que si ella quería venir siguiera viniendo pero yo iba a buscar a otra persona. Está semana el sábado se lo desconté yo le pago $ 300. por semana y todavía no la puse en blanco porque no sé si mi madre, una persona muy mayor se va a adaptar no cumplió nunca con el tiempo completo.El domingo me llamó a las diez de la noche para decirme que venía el lunes a las ocho, cosa que no vino en todo el día, el lunes llamó la hija y dijo que no se sentía bien y que no iba a venir, el martes llamó ella a mi madre y le dijo que venía ya para alli, todavía hoy miercoles a las 16 hs la estoy esperando, yo no sé que hacer mi madre no se puede quedar sola yo ya hablé con otra señora a la que le dije que empezara el lunes 11.Qué debo hacer con esta señora? Me puede hacer algun reclamo?. Agradeceré su respuesta al mail
silviasouto@conelec.com.ar
Agosto 4, 2008 at 3:06 pm
Hola Fernanda:
Supongo que el tramite es nacional pero para mas seguridad por que no te acercas a alguna oficina de la AFIP y consultas, si queres luego comentame y si te surgen dudas de lo que te explican tambien consultame.
muchas gracias
Agosto 4, 2008 at 1:31 pm
Hola, soy de Córdoba, querría saber como es el tramite para blanquear a una empleada doméstica (documentación a presentar). Desde ya muchas gracias.
Agosto 4, 2008 at 11:18 am
Hola ludmila:
Tendrias que ir a ver a un abogado.
gracias
Agosto 4, 2008 at 11:14 am
Hola silvia:
Si tenes miedo a reprasarias es que vos conoces a la persona, asi que lo unico que te puedo decir es desde ya hacele firmar el recibo cuando le pagas, pero consulta con un abogado, o bien habla con ellas y ofrecele d ebuenas maneras que necesitas blanquearla o si prefieres que le pagues y renuncia, depende mucho de la relación tuya con ella.
suerte y gracias
Agosto 2, 2008 at 11:13 pm
Hola quisiera saber si me pueden orientar en lo siguiente : hace un mes tenia una empleada que cuidaba a mi hijo y hacia tareas de limpeza en casa, ella queda embarazada y yo que tambien estoy embarazada le pido que por favor si va a dejar de trabajar que esto no ocurra en el momento justo en el que nace mi proxima hija por que seria muy complicado para mi buscarle reemplazo justo en ese momento. Ella es paraguaya y supuestamente no tenia la donumentacion todavia para pagarle en blanco, su sueldo fue creciendo era calculado a 8 pesos la hora y sus horas fueron aumento desde un comienzo de cuatro horas diarias tres veces por semana a principios del 2007 a ocho horas diarias desde febrero de este año,ella decidio dejar de venir en un manejo muy poco claro de su parte, y arreglamos de palabra que yo le pagaba las horas correspondientes trabajadas mas un aguinaldo completo calculado sobre las ocho horas diarias actuales a modo de cierre de la relacion laboral.
A punto de concretar esto recibo un telegrama de ella citando la ley 24013 art 11 y 15 y el decreto ley 326/56 y me da treinta dias no se entiende para que o se considera despedida por mi adusiva culpa.
Que tengo que hacer? como cojntesto ese telegrama?
Puede hacer valer su embarazo para pedir indemnizacion aunque yo no la despedi si no que ella dejo de venir? Obviamente la relacione sta absolutamente deteriorada y yo ya no puedo dejarle a su cargo a mi hijo.
Agradezco mucho su ayuda. Saludos <ludmila
Agosto 2, 2008 at 6:30 pm
Hola,
Tengo una empleada doméstica paraguaya que trabaja en casa desde enero del 2008. Nunca termina de hacer los trámites para la obtención de la precaria o el DNI. Le exigí que los consiguiera lo antes posible para hacerle los aportes y me dijo que si quería que la despidiera. Realmente, tengo ganas de despedirla porque su labor deha mucho que desear pero tengo temor a represalias. Hasta ahora nos manejamos de una manera bastante informal, ya que no le hice los aportes y no le extendí ningún recibo de sueldo, si bien cumplí con el pago de salario, vacaciones y aguinaldo. Qué tendría que hacer? Consultar con un abogado para redactar un escrito en el que conste que por falta de los documentos correspondientes para realizarle los aportes me veo obligada a despedirla? O le pido que me mande un telegrama de renuncia?
O empiezo a hacerle firmar un recibo de sueldo cada vez que le pago en el que conste que no se hacen los aportes por falta de documentación ?Espero sus comentarios.
Agosto 1, 2008 at 12:16 pm
Gracias a vos!!! y hasta la próxima!
Esteban
Agosto 1, 2008 at 11:05 am
Hola Esteban:
Totalmente de acuerdo, suerte y gracias
Julio 31, 2008 at 5:26 pm
Graciela me refería a que vos contratás el seguro que cubre accidente, por ejemplo, existe el accidente y te dicen ah! no no te lo cubrimos por que la piedra la arrojó un pibe casando pajaritos y no fue una piedra que cayó de una pared por si… No se si se entiende, pero a ese tipo de cosas me refería. Evidentemente hay seguros que no están en quiebra pero les cuesta desprenderse… yo estoy en la provincia de Río Negro y no creo me convenga el provincia que supongo es la de Bs. As., pero bueno están las conocidas Mapfre, Sancor, etc.
Esteban
Julio 31, 2008 at 3:50 pm
Hola Esteban:
No se que queres decir con “trampitas” cuando elegis un seguro tenes que tratar de que sea serio y no sea cosa que si llegase a pasar algo esten quebrados, eso depende de cada uno, yo por lo general si el empleador no decide lo contrario aconsejo PROVINCIA seguros, peor no me gusta recomendar, encima sin que la empresa me paguen ok.
gracias
Julio 31, 2008 at 1:08 pm
Graciela:
Gracias!
Los aportes son $37.- y en teoría ellas se pagan los $35.- de obra social lo que da el total de $72.- que figura en el form. 102 de la AFIP?. Seguros hay de varias categorías y tipo dentro del rubro empleada doméstica. Seguramente habrá algunas “trampitas” por ahí, habrá algún lugar donde se hagan sugerencias en cuanto a que tipo de seguro elegir?
Gracias
Esteban
Julio 31, 2008 at 12:55 pm
Hola Esteban:
Calcula justo media jornada $ 557.- como MINIMO Te conviene el seguro y pagar los aportes.
gracias
Julio 31, 2008 at 12:26 pm
Hola Maria de los Angeles:
En este caso te conviene no darle el preaviso y pagarselo, ya que si se lo das no sabes como puede reacionar, generalmente se da el preaviso para no pagarlo, pero te conviene mandarle el telegrama y pagarle lo que le corresponde, sueldo, vacaciones proporcionales 6 días, aguinaldo porporcional al tiempo trabajado, preaviso 5 días, e indemnización por antiguedad 1 sueldo.
gracias
Julio 31, 2008 at 11:44 am
Graciela, voy a poner a dois personas en casa que harán tareas domésticas, almuerzo y cena y estarán al tanto del cuidado de mis viejos, toma de medicamentos (dosis que yo preparo, según las ind médicas) desayuno merienda y cena. En alguna consulta me dijiste que les pague como Damas de companía Categoría 1, cuanto debería pagar a cada una si trabajan 4Hs diarias 6 días semanales? además debo pagar los $72.- y hacerles un seguro de vida y accidentes, a favor mío?
Gracias
Esteban
Julio 30, 2008 at 8:44 pm
Hola, necesito hacerte una consulta: Tengo una empleada doméstica encuadrada en la cat. 2, está en blanco y trabaja desde hace 1 año y 2 meses. Es una persona honesta pero el carácter no la ayuda, en ocasiones me contesta mal, me desautoriza o no saluda a la gente que viene a mi casa, haciéndome sentir muy incómoda. Creo que en cualquier momento le pido que se vaya. Ahora, la consulta: Cómo es el tema del preaviso? Aviso mediante telegrama 5 días antes o se pagan esos días de preaviso? Eso no entiendo, y cuanto debería abonar de indemnización. El sueldo es $1010 de bolsillo. Gracias.
Julio 29, 2008 at 2:19 pm
Hola Cheryl:
No entiendo de que aumento hablas? 5ta. categoria sueldo minimo $906.- a partir de marzo eso es lo MINIMO despues depende de otras cosas.
gracias