Empleada doméstica

Servicio doméstico: Derechos a una Jubilación y Obra Social

Los trabajadores del servicio doméstico deben saber que para poder  acceder a la jubilación, el depósito necesario es de $35 pesos mensuales. Si trabaja 16 horas o más (para el mismo o diferentes dadores de trabajo) no debe efectuar ningún aporte adicional.  Pero si por las horas trabajadas, no logra llegar a este importe, podrá efectuar el ingreso de la diferencia resultante para en el futuro acceder al beneficio de una jubilación. Lo mismo sucede para tener derecho a la Cobertura de obra social debe pagar $46.75,  pudiendo completar este importe con los comprobantes mensuales de diferentes dadores de trabajo, el empleado doméstico tiene la posibilidad de elegir entre más de 200 obras sociales. El listado de las mismas puede […]

Los trabajadores del servicio doméstico deben saber que para poder  acceder a la jubilación, el depósito necesario es de $35 pesos mensuales. Si trabaja 16 horas o más (para el mismo o diferentes dadores de trabajo) no debe efectuar ningún aporte adicional.  Pero si por las horas trabajadas, no logra llegar a este importe, podrá efectuar el ingreso de la diferencia resultante para en el futuro acceder al beneficio de una jubilación.

Lo mismo sucede para tener derecho a la Cobertura de obra social debe pagar $46.75,  pudiendo completar este importe con los comprobantes mensuales de diferentes dadores de trabajo, el empleado doméstico tiene la posibilidad de elegir entre más de 200 obras sociales. El listado de las mismas puede ser consultado en la Superintendencia de Servicios de Salud, ingresando a sssalud.gov.ar o por vía telefónica en el 0800-222-72583 (SALUD).

El personal doméstico tiene asegurada su cobertura médica desde el mismo día que hace el primer pago a la seguridad social. De este modo accede a los servicios incluidos en el Programa Médico Obligatorio.

Si, por las horas trabajadas, no logra completar este importe y desea contar con la cobertura de Obra Social, podrá realizar un pago por la diferencia entre el importe abonado por el empleador y los 46,75 pesos con destino a obra social necesarios para la cobertura.

También tendrán derecho a una Cobertura de obra social el grupo familiar del personal de servicio doméstico, abonando $39,00 más, por cada integrante del grupo familiar, hijos o familiares a cargo.

3 comentarios en “Servicio doméstico: Derechos a una Jubilación y Obra Social”

  1. Graciela. El personal de servicio domestico una vez que le empiezan a hacer los aportes de 60 pesos en mi caso (dador de trabajo)tienen que optar ellos por alguna de las obras sociales permitidas?? o por si ya entran dentro de alguna obra social y luego pueden optar por cambiarla??

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