Personal del Servicio domestico, descanso de la jornada laboral
Todas las personas empleadas en el servicio doméstico sin retiro, gozarán de los siguientes beneficios:
a) Reposo diario nocturno de 9 horas consecutivas como mínimo, que sólo podrá ser interrumpido por causas graves o urgentes. Además, gozarán de un descanso diario de 3 horas entre sus tareas matutinas y vespertinas.
b) Descanso semanal de veinticuatro horas corridas o en su defecto dos medios días por semana a partir de las quince horas fijado, teniendo en consideración las necesidades del empleado y del empleador.
En caso que un matrimonio conjuntamente preste servicios a un dueño de casa o padres con sus hijos, las retribuciones deberán ser convenidas en forma individual y abonadas separadamente.
Los trabajadores que trabajan sin retiro gozarán de los beneficios de habitación y alimentación.
La alimentación comprenderá como mínimo desayuno, almuerzo y cena, y estará adecuada a los usos y costumbres de la casa.
Los hijos menores de 14 años u otro miembro de la familia que convivan en la casa donde presten servicios no serán considerados servicio doméstico. De hecho, los empleadores, según lo convenido, podrán deducir del sueldo del empleado, las prestaciones que la familia del trabajador reciba por alojamiento y/o comida.
El decreto 7979/1956 establece una prestación en dinero por habitación y comida durante el período de vacaciones del empleado, aunque el empleador podría sustituir por dinero los importes equivalentes a estas prestaciones. A la fecha no existe un importe vigente para estas prestaciones
Artículos relacionados
31 respuestas to “Personal del Servicio domestico, descanso de la jornada laboral”

Enviar Noticia
[31] Comentarios
24 agosto 2009 a las 4:53 pm
Rocio
Es verdad legalmente no estas encuadrada dentro del regimen de servicio domestico ya que no cumplis 4 horas como minimo 4 veces por semana
24 agosto 2009 a las 4:30 pm
Hola, tengo una duda:
Quisiera saber si tengo derecho a las vacaciones y al aguinaldo con los siguientes datos:
-Trabajo 2 veces a la semana 6 horas POR VEZ
-Me pagan por vez que asisto
Y me gustaria saber si tengo los derechos mencionados anteriormente, ya que mi patrona me dijo que no tengo derecho ni a VACACIONES ni a AGUINALDO.
De Antemano GRACIAS
30 julio 2009 a las 4:54 pm
Daria
No pones las tareas pero tareas generales Calcula $571.- por trabajar 88 horas al mes mas $8.70 cada hora excendete
30 julio 2009 a las 3:58 pm
Hola, quisiera saber el sueldo que tengo que abonarle a mi empleada, trabaja de lunes a viernes 7 hs.
Esta en blanco.
Muchas gracias.
17 junio 2009 a las 5:57 pm
Hola que tal? Yo tengo una empleada en blanco que ahora le agarro Cancer. Le pagamos 2 meses de sueldo. Queria saber si le tengo que seguir pagando o no? Gracias.
14 junio 2009 a las 12:10 am
BUENAS NOCHES:ME GUSTARIA SABER SI LO QUE ME ESTAN PAGANDO ESTA BIEN ,TRABAJO DE 9 A 10 HORAS PÒR DIA DE LUNES A VIERNES CUIDANDO UNA NENA DE UN AÑO Y OCHO MESES Y PRONTO NACE EL HERMANITO Q TAMBIEN LO TENGO QUE CUIDAR YO .TAMBIEN HAGO ALGO DE LIMPIESA Y PLANCHO ,ME PAGAN 1300 MAS APORTES QUE ES 81.85 POR MES NO ME PAGAN BIATICOS .TAMPOCO SE COMO HACER LO DE LA OBRA SOCIAL `PORQUE ELLOS ME PAGAN PERO NOSE COMO HACER PARA AFILIARME A UNA .DESDE YA MUCHAS GRACIAS
13 junio 2009 a las 4:05 pm
hola, una chica esta trabajando en casa tres horas cada dia, tres veces por semana…corresponde hacerle los aportes de acuerdo al estatuto del servicio domestico?…porque por lo que lei no estaria comprendida….en ese caso como tengo que hacer para que ella tenga por lo menos obra social?
13 abril 2009 a las 11:30 am
Veronica:
Corresponden 30 días pagos por enfermedad en el año
13 abril 2009 a las 11:03 am
Hola : tengo una empleada domestica que trabaja en casa cinco dias a la semana durante cuatro horas , dos dias realiza limpieza y tres dias niñera , ella tuvo un accidente en la via publiaca fuera de su horario y tiene 30 dias de reposo, quisiera saber como le tengo que pagar su sueldo, porque me dicen que no le tendria que pagar todos los dias. Gracias
16 febrero 2009 a las 7:16 pm
Hola: en el caso que se encuadre en la quinta categoria donde dice por una labor maxima de 4 horas de trabajo diario = $ 571.- eso corresponde de Lunes a viernes o de lunes a sabados y en caso de que no incluya el sabado como se calcula el msmo Gracias
16 febrero 2009 a las 6:24 pm
Hola: la persona que trabaja en casa en total 36 hs semanales de lunes a sabados pero algunos dÃas viene 5 horas y otros viene 8 hs y su sueldo es de 1200 pesos, quisiera saber si esta correcto o no y ella todavia no tiene sus documentos y yo quiero ponerla en blanco con que tramite puedo hacerlo o ella primero debe terminar de tramitar su DNI.La jornada de 8 hs diarias es de lunes a viernes o tb incluye el sabado? Desde ya muchas Gracias
16 febrero 2009 a las 6:20 pm
Hola: la persona que trabaja en casa en total 36 hs semanales de lunes a sabados pero algunos días viene 5 horas y otros viene 8 hs y su sueldo es de 1200 pesos, quisiera saber si esta correcto o no y ella todavia no tiene sus documentos y yo quiero ponerla en blanco con que tramite puedo hacerlo o ella primero debe terminar de tramitar su DNI.La jornada de 8 hs diarias es de lunes a viernes o tb incluye el sabado? Desde ya muchas Gracias
28 enero 2009 a las 4:56 pm
Laura: le tenes que pagar 571 por las 4 horas diarias mas 8,70 por la hora execende de las 4. En total: $745
28 enero 2009 a las 2:25 pm
hola! necesito saber dos cosas:
1) cuanto debo pagarle a mi empleada que trabaja 5 horas por dia de lunes a viernes?
y 2) que tengo que hacer para cubrirme legalmente ya que ella no quiere que la ponga en blanco porque esta tramitando la jubilacion de ama de casa y la perjudico si le hago aportes?
desde ya muchas gracias
Laura
16 noviembre 2008 a las 8:09 am
Hola Mariana:
Mejor llega a un arreglo bueno y que ella renuncie, te puede acusar de discriminacion, de lo contrario mejor consulta primero a un abogado.
gracias
15 noviembre 2008 a las 6:53 pm
hola quisiera saber si teniendo una persona trabajando con cama, yo teniendo 2 hijos pequeños y la trabajadora le surge una enfermedad como por ejemplo hepatitis o sida yo la puedo echar con justa causa teniendo en cuenta la seguridad de mis hijos?? gracias
28 octubre 2008 a las 11:24 am
Hola Yanina:
Descanso vespertino, nocturno? Que tarea realiza?
gracias
28 octubre 2008 a las 9:13 am
una persona que trabaja de domingos a las 8 hs. hasta el lunes a las 8 hs. (24 horas semanales). tiene descanso vespertino y nocturno. ¿como se le liquida el sueldo?
le corresponden horas extras?
gracias
16 octubre 2008 a las 8:09 am
Hola silvina:
El jornal esta bien si acordaste pagarle el viatico, ahora no podes sacarselo. Empeza a pagarle los aportes y luego fijate de ir pagando los meses anteriores con sus intereses o meterte en una moratoria, pero quizas te convenga y ir pagando dos meses o sea el actual y un para atras, hasta llegar a pagar lo atrasado. Me entendiste? y asi el mes que no podes pagar pagas solo uno,
gracias
15 octubre 2008 a las 11:20 pm
Buenas noches: deseaba saber cuanto le debo pagar a una persona que realiza trab.domesticos y ademas a veces se queda cuidando mis 2 hijos algunas horas hasta mi llegada. Total de hs semanales aprox 14. Al momento le estoy pagando $ 8 la hora y ademas me cobra $6 de viaticos por dia ( viene 3 dias por semana). Esta con nosotros hace 2 años: deseo ponerla en blanco. Es correcto lo que le estoy pagando? corresponden viaticos o puedo pedirle que venga un dia mas por la diferencia pagada? como hago para reconocerle los años anteriores que no tuvo aportes?muchas gracias.Silvina