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Solicitud de reingreso de dólar turista del Banco Central

Algunos contribuyentes se encuentran haciendo reservas de pasajes al exterior con el fin de recibir autorización de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para poder comprar moneda extranjera y luego cancelan las mismas aludiendo problemas personales. Según informó el portal iProfesional, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) se encuentra enviando cartas para solicitar el reingreso del dólar turista comprado. Una práctica muy común desde que AFIP otorga autorización para comprar dólares turista en el medio del «cepo cambiario» es la simulación de un viaje fuera del país que no se concreta. Para ello, los contribuyentes efectúan la reserva de un pasaje aéreo, piden autorización para adquirir divisas, realizan la compra dentro de los siete días en un […]

Algunos contribuyentes se encuentran haciendo reservas de pasajes al exterior con el fin de recibir autorización de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para poder comprar moneda extranjera y luego cancelan las mismas aludiendo problemas personales. Según informó el portal iProfesional, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) se encuentra enviando cartas para solicitar el reingreso del dólar turista comprado.

Una práctica muy común desde que AFIP otorga autorización para comprar dólares turista en el medio del «cepo cambiario» es la simulación de un viaje fuera del país que no se concreta. Para ello, los contribuyentes efectúan la reserva de un pasaje aéreo, piden autorización para adquirir divisas, realizan la compra dentro de los siete días en un banco o casa de cambio y cancelan el viaje.

Debido a esta maniobra, el organismo recaudador estableció que las operadoras aéreas tienen que informar 32 datos sobre los pasajeros que planeen hacer un viaje al exterior.

Además, de la mano del cruce de información con la Dirección Nacional de Migraciones, el Banco Central ha comenzado a enviar intimaciones a estos contribuyentes para que regularicen su situación. En las mismas se solicita que demuestren:

  • La efectiva salida del territorio argentino dentro de los 30 días de realizada la compra de dólar turista.
  • La acreditación de la documentación que indique el reingreso de los fondos adquiridos en concepto de viajes al exterior dentro de los plazos establecidos en la Comunicación A 5318, punto 3.2, en caso de postergaciones o suspensión del viaje previsto. Además se tiene que adjuntar la copia del boleto de cambio respectivo.

La presentación de esta documentación tiene que ser efectuada dentro de los 10 días hábiles. En caso de no cumplir con lo solicitado se debe efectuar el reingreso de las divisas mediante una casa de cambio o banco.

Un dato a tener en cuenta es que los que no cumplan con dicha obligación serán suspendidos para operar en cambios sin perjuicio de las demás acciones legales que se consideren pertinentes.

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