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¿Qué pasa si mi franco cae el Día del Empleado de Comercio?

El sábado 26 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio. Este año, el sindicato y los empresarios han acordado que el feriado de dicha fecha sea trasladado al lunes 28 para que no influya en las ventas del fin de semana. Desde que se tomó dicha decisión recibimos varias consultas de trabajadores mercantiles que desean saber qué ocurre si su franco cae lunes. La respuesta a dicha pregunta es que el empleador no tiene la obligación de dar otro día compensatorio. El Día de Empleados de Comercio es una fecha no laborable para los asalariados del sector. Por lo cual, tras el acuerdo entre los gremialistas y los empresarios de mover la fecha, el lunes 28 de […]

El sábado 26 de septiembre se celebra el Día del Empleado de Comercio. Este año, el sindicato y los empresarios han acordado que el feriado de dicha fecha sea trasladado al lunes 28 para que no influya en las ventas del fin de semana. Desde que se tomó dicha decisión recibimos varias consultas de trabajadores mercantiles que desean saber qué ocurre si su franco cae lunes. La respuesta a dicha pregunta es que el empleador no tiene la obligación de dar otro día compensatorio.

El Día de Empleados de Comercio es una fecha no laborable para los asalariados del sector. Por lo cual, tras el acuerdo entre los gremialistas y los empresarios de mover la fecha, el lunes 28 de septiembre de 2015 estarán cerrados la mayoría de los comercios de toda la República Argentina.

Esta fecha debe ser liquidada en el recibo de sueldo como cualquier Feriado Nacional. Mismo tratamiento debe recibir en el caso de que el Feriado por el Día de Empleado de Comercio coincida con el día de descanso semanal.

Es decir, como ocurre con cualquier otro feriado, si el franco de un trabajador es el lunes 28 no recibirá otro día en compensación.

Sin embargo, si el franco cae otro día, esta fecha no puede ser compensatoria del descanso semanal.

Por otro lado, en caso de que el empleador requiera que el asalariado preste sus servicios ese día porque la actividad así lo requiere, la liquidación debe ser realizada al igual que otro feriado con horas extras al 100$%.

Recordemos que, por la Ley 13.441 de Santa Fe, el Día del Empleado de Comercio se celebra el último miércoles de septiembre en dicha provincia. Por lo cual, este mes se festeja el miércoles 30.

2 comentarios en “¿Qué pasa si mi franco cae el Día del Empleado de Comercio?”

  1. Me parecen Qué está mal que no deen otro día de descanso , si mi franco cae un día feriado. Ya que ese día no es hábil. Y en la LCT dice que el descanso semanal tiene que ser un dia hábil

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