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Designar apoderado de Pensiones no Contributivas

El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación brinda la oportunidad de designar un apoderado de una Pensiones no Contributivas (PNC). De esta forma, el titular no necesitará estar presente al momento de efectuar un trámite o cobrar la prestación mensual que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Dicha designación se debe realizar en el Centro de Atención Local (CAL) más cercano al domicilio del beneficiario. Los interesados en designar un apoderado de una Pensión no Contributiva por Incapacidad, por Vejez o para las madres de siete hijos deben presentarse en la oficina de Desarrollo Social más cercana. Al momento de efectuar el trámite debe estar presenta tanto el titular del beneficio como la persona que será […]

El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación brinda la oportunidad de designar un apoderado de una Pensiones no Contributivas (PNC). De esta forma, el titular no necesitará estar presente al momento de efectuar un trámite o cobrar la prestación mensual que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Dicha designación se debe realizar en el Centro de Atención Local (CAL) más cercano al domicilio del beneficiario.

Los interesados en designar un apoderado de una Pensión no Contributiva por Incapacidad, por Vejez o para las madres de siete hijos deben presentarse en la oficina de Desarrollo Social más cercana. Al momento de efectuar el trámite debe estar presenta tanto el titular del beneficio como la persona que será designada como apoderado.

La documentación requerida para solicitar la designación es el Documento Nacional de Identidad (DNI), la Libreta de Enrolamiento (LE) o la Libreta Cívica (LC) de cada una de las personas, último recibo de cobro  y el apoderado tener registrados sus datos  en ANSES (llevar constancia).

Al momento de der designado como apoderado, la persona asume la responsabilidad de realizar una buena administración del dinero percibido y a no cobrar el beneficio en caso de muerte del beneficiario, situación que deben informar.

Las PNC son otorgadas por Desarrollo Social a las personas que cuentan con una discapacidad del 76% o mayor, más de 70 años de edad o 7 hijos o más; que no cuentan con ingresos ni bienes que permitan sus subsistencia; que no posean familiares obligados legalmente a darle alimentos; y que no cobre ninguna prestación de ANSES. Además, este beneficio también es otorgado por leyes especiales, como es el caso de los celíacos, diabéticos o las personas con obesidad, HIV o lupus.

Un dato a tener en cuenta es que las Pensiones no Contributivas acceden a una cobertura médica de la obra social PROFE. Este beneficio es sólo para el titular, no así para su apoderado.

26 comentarios en “Designar apoderado de Pensiones no Contributivas”

  1. Tengo una discapacidad cardiaca si tramito mi pension por discapacidad le sacan la pension a mi señora que cobra por madre de 7 hijos?

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