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AFIP: SICOSS – Versión 39.0 Release 2

Esta semana, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) efectuó el lanzamiento de la Versión 39.0 Release 2 del Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social (SICOSS). En la misma se actualizan las bases imponibles mínimas y máximas conforme a la Resolución 396/2015 de ANSeS. La actuación de dicho programa puede ser descargada mediante la sección «Aplicativos» de la página oficial del organismo recaudador (www.afip.gov.ar). Con la aplicación de la Ley de Movilidad que actualizó las jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA), AFIP debió lanzar el «Release 2» de la versión 39.0 del SICOSS. Es por esta razón que es muy importante descargar la actualización para generar las próximas Declaraciones Juradas (DDJJ). Con los cambios […]

Esta semana, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) efectuó el lanzamiento de la Versión 39.0 Release 2 del Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social (SICOSS). En la misma se actualizan las bases imponibles mínimas y máximas conforme a la Resolución 396/2015 de ANSeS. La actuación de dicho programa puede ser descargada mediante la sección «Aplicativos» de la página oficial del organismo recaudador (www.afip.gov.ar).

Con la aplicación de la Ley de Movilidad que actualizó las jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA), AFIP debió lanzar el «Release 2» de la versión 39.0 del SICOSS. Es por esta razón que es muy importante descargar la actualización para generar las próximas Declaraciones Juradas (DDJJ).

Con los cambios efectuados, la base imponible mínima ha quedado en ésos un mil cuatrocientos noventa y cinco con treinta y cuatro centavos ($1.495,34) y la máxima en pesos cuarenta y ocho mil quinientos noventa y ocho con ocho centavos ($48.598,08). Dichos valores entran en vigencia desde el período devengado septiembre de 2015.

Los interesados en bajar SICOSS – Versión 39.0 Release 2 deben ingresar AQUÍ.

Es muy importante recordar que el contribuyente debe tener instalado previamente el Sistema Integrado de Aplicaciones (S.I.Ap) para utilizar este aplicativo.

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