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AFIP: Vencimiento del tercer anticipo de Ganancias y Bienes Personales

El martes 13 de octubre de 2015, como indica el calendario de vencimientos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), empieza a vencer el tercer anticipo del Impuesto a las Ganancias y los Bienes Personales para personas físicas y sucesiones indivisas. En este artículo, el sitio de noticias EconoBlog.com.ar indica el cronograma de las fechas, las cuales varían dependiendo del último número de CUIT del contribuyente. Los sujetos inscritos en el Régimen General (Autónomos) que hayan tenido que pagar Impuesto a las Ganancias y/o a los Bienes Personales en 2014 se encuentra obligados a abonar cinco anticipos a lo largo del corriente año tomando como base de su cálculo la ganancia que han tenido en dicho período. En caso […]

El martes 13 de octubre de 2015, como indica el calendario de vencimientos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), empieza a vencer el tercer anticipo del Impuesto a las Ganancias y los Bienes Personales para personas físicas y sucesiones indivisas. En este artículo, el sitio de noticias EconoBlog.com.ar indica el cronograma de las fechas, las cuales varían dependiendo del último número de CUIT del contribuyente.

Los sujetos inscritos en el Régimen General (Autónomos) que hayan tenido que pagar Impuesto a las Ganancias y/o a los Bienes Personales en 2014 se encuentra obligados a abonar cinco anticipos a lo largo del corriente año tomando como base de su cálculo la ganancia que han tenido en dicho período. En caso de no haberlo, AFIP aplicará intereses sobre el monto no ingresado.

El cronograma de vencimientos del tercer anticipo de Ganancias, los Bienes Personales y a la Ganancia Mínima Presunta 2015 es el siguiente:

Finalización del CUIT Vencimiento
0 – 1 – 2 – 3 13/10/2015
4 – 5 – 6 14/10/2015
7 – 8 – 9 15/10/2015

Un dato  atener en cuenta es que, como indica la Resolución General N° 3.794 de AFIP publicada el 13 de agosto en el Boletín Oficial, el vencimiento de esta obligación para los damnificados por las inundaciones de las provincias de Santa Fe y Buenos Aires será conforme al calendario de marzo de 2016. Además, conforme a la RG N° 3.795 publicada en la misma fecha, los inundados de la Provincia de Salta tienen tiempo de cumplir con este anticipo hasta enero.

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