La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.677 facilita la participación de todas las personas interesadas  en intervenir en el Sorteo del programa “IVA y VUELTA“   incorporando al mismo modificación a partir del día 18 de septiembre de 2009, si bien las modificaciones comienzan a regir a partir del día de su vigencia, resultan asimismo de aplicación para los posibles ganadores cuyo proceso de verificación de comprobantes no haya sido concluido a dicha fecha.

Modificaciones realizadas en el Programa “IVA y VUELTA” de la AFIP:

  • Cantidad de comprobantes a informar para tener derecho a una participación en el sorteo semanal: OCHO (8) comprobantes originales (antes, 12).
  • Edad mínima para participar del programa: 21 años o, en su defecto, ser mayor de 18 años y estar emancipado al momento de participar (antes era requisito indispensable ser mayor de 21 años).
  • Gastos a cargo de la AFIP: En relación a los premios, estarán a cargo de este Organismo el Impuesto a los Premios de Juegos de Sorteos y los gastos de flete y seguro de traslados (se incorporaron en este punto los gastos de flete y seguro de traslado).

Fuente AFIP