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AFIP: Vencimiento de la cuota del Monotributo en Octubre de 2015

El martes 20 es la fecha de vencimiento de la cuota del Monotributo en Octubre de 2015. El cumplimiento de dicha obligación puede ser efectuado personalmente en cualquiera de las entidades que están habilitadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) o de manera online generando un Volante de Pago Electrónico (VEP) en la página web www.afip.gov.ar. Las personas que se encuentren inscritas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes de AFIP pueden cumplir con el pago de la cuota hasta el martes 20 de octubre de 2015. La misma corresponde a septiembre dado que el pago se realiza a mes vencido, a diferencia de lo que ocurre con los autónomos que la cuota corresponde al mes en curso. […]

El martes 20 es la fecha de vencimiento de la cuota del Monotributo en Octubre de 2015. El cumplimiento de dicha obligación puede ser efectuado personalmente en cualquiera de las entidades que están habilitadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) o de manera online generando un Volante de Pago Electrónico (VEP) en la página web www.afip.gov.ar.

Las personas que se encuentren inscritas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes de AFIP pueden cumplir con el pago de la cuota hasta el martes 20 de octubre de 2015. La misma corresponde a septiembre dado que el pago se realiza a mes vencido, a diferencia de lo que ocurre con los autónomos que la cuota corresponde al mes en curso.

Los métodos admitidos parta pagar la cuota del Monotributo son los siguientes:

  • Personalmente en cualquiera de las entidades habilitadas presentando la Credencial de Monotributo, la cual se puede imprimir por Internet siguiendo la guía detallada AQUÍ.
  • Por Internet realizando la generación de un VEP, lo que se puede hacer como se detalla en ESTA guía.
  • Por débito automático en una tarjeta de crédito o en una cuenta bancaria. Aquellos que decidan utilizar este método de pago gozan de una bonificación por año que equivale al importe de una cuota mensual.

Cabe señalar que, como se ha estipulado en la Resolución General 3794, el pago de esta obligación vencerá en el mes de marzo de 2016 para los monotributistas que han sido damnificados por las inundaciones de la Provincia de Buenos Aires y Santa Fe ocurridas en agosto pasado. Para aquellos Pequeños Contribuyentes que fueron afectados por las tormentas de Salta vencerán en enero como se indica en la RG 3795.

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