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ANSES: Plazo para presentar Certificado de Escolaridad de Ayuda Escolar Anual

El 31 de diciembre es la fecha de vencimiento del plazo para presentar el Certificado de Escolaridad para el cobro de la Ayuda Escolar Anual. Esta presentación debe ser efectuada por las personas que han cobrado dicha asignación familiar en marzo pasado para que puedan cobrar la misma en el mes de marzo de 2016. Es posible cumplir con dicho requisito por Internet mediante www.anses.gob.ar o personalmente cualquier oficina de ANSES. El pago de la Ayuda Escolar Anual se efectuó de forma automática para aquellas personas que tienen hijos en edad escolar y son trabajadores en relación de dependencia o titulares de la Ley de Riesgo de Trabajo (LRT), el Fondo de Desempleo, Pensiones no Contributivas por Invalidez, jubilaciones y […]

El 31 de diciembre es la fecha de vencimiento del plazo para presentar el Certificado de Escolaridad para el cobro de la Ayuda Escolar Anual. Esta presentación debe ser efectuada por las personas que han cobrado dicha asignación familiar en marzo pasado para que puedan cobrar la misma en el mes de marzo de 2016. Es posible cumplir con dicho requisito por Internet mediante www.anses.gob.ar o personalmente cualquier oficina de ANSES.

El pago de la Ayuda Escolar Anual se efectuó de forma automática para aquellas personas que tienen hijos en edad escolar y son trabajadores en relación de dependencia o titulares de la Ley de Riesgo de Trabajo (LRT), el Fondo de Desempleo, Pensiones no Contributivas por Invalidez, jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o Pensiones Honoríficas para Veteranos de Guerra del Atlántico Sur. Sin embargo, ellos están obligados a presentar el Certificado de Escolaridad en ANSES antes del 31 de diciembre.

En caso de no cumplir con la presentación del certificado escolar acreditando que sus hijos asisten a clases y cumplen con el presentismo, el organismo previsional procederá a descontar el importe pagado de futuras Asignaciones Familiares (AAFF).

Si el organismo no liquidó el pago de la Ayuda Escolar, el beneficiario de la misma debe solicitar su pago en la delegación más cercana a su domicilio.

Un dato a tener en cuenta es que, desde este año, ANSES también paga la Ayuda Escolar a la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Existen dos formas de presentar el Certificado de Escolaridad en ANSES. Una de ellas es personalmente en cualquiera de las oficinas del organismo, lo cual requiere que se saque un turno previamente por Internet o teléfono comunicándose al 130.

La forma más simple y ágil de cumplir con la presentación del certificado de la Ayuda Escolar es por Internet. Para ello es necesario seguir estos pasos:

  • Acceder a www.anses.gob.ar.
  • Ingresar en la sección «Prestaciones y servicios» y elegir la opción «Asignaciones Familiares».
  • Pulsar en «Ayuda Escolar Anual» y en el Formulario PS 2.68 Acreditación Escolaridad / Escolaridad Especial / Formación.
  • Completar el formulario con los datos requeridos e imprimirlo.
  • Presentar dicho documento en el establecimiento educativo correspondiente, dónde se firmará y sellará por una autoridad.
  • Escanear el formulario o sacarle una foto al mismo, en este caso se tiene que verificar que todos los datos se vean claramente.
  • Volver a entrar a la sección «Ayuda Escolar Anual» del portal del organismo y pulsar en «Acreditación de Escolaridad Online».
  • Ingresar el CUIL del estudiante y el número de formulario (2.68) y subir el archivo.
  • Imprimir la constancia.

El mes pasado, ANSES ha puesto en funcionamiento un nuevo sistema que permite a los colegios cargar los certificados escolares por Internet. En caso de que la escuela informe que ha realizado el trámite, se recomienda solicitar la constancia de presentación para asegurarse de que este trámite fue realizado de forma correcta evitando tener problemas el año que viene.

19 comentarios en “ANSES: Plazo para presentar Certificado de Escolaridad de Ayuda Escolar Anual”

    1. Milagros AUH se acredita escolaridad con la libreta de salud y educación, si el año pasado la presentaste, este año tenes que volver a presentarla. Si todavía no te corresponde presentarla, si conviene que presentes el formulario 2.68

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