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AFIP: Fechas de vencimiento para empleadores en Enero de 2016

El día de mañana, tal como indica el cronograma de vencimientos de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), empieza a vencer el plazo para que se efectúe el pago de los aportes y las contribuciones de los empleados en relación de dependencia. En este artículo, el sitio de noticias EconoBlog.com.ar detalla el calendario con las fechas de vencimiento para empleadores en Enero de 2016. El cronograma de AFIP con las fechas de vencimiento para empleadores en enero de 2016 varía dependiendo de la finalización del CUIT del contribuyente. El mismo es el siguiente: Finalización del CUIT Vencimiento 0 y 1 07/01/2016 2 y 3 08/01/2016 4 y 5 11/01/2016 6 y 7 12/01/2016 8 y 9 13/01/2016 Para cumplir con […]

El día de mañana, tal como indica el cronograma de vencimientos de AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), empieza a vencer el plazo para que se efectúe el pago de los aportes y las contribuciones de los empleados en relación de dependencia. En este artículo, el sitio de noticias EconoBlog.com.ar detalla el calendario con las fechas de vencimiento para empleadores en Enero de 2016.

El cronograma de AFIP con las fechas de vencimiento para empleadores en enero de 2016 varía dependiendo de la finalización del CUIT del contribuyente. El mismo es el siguiente:

Finalización del CUIT Vencimiento
0 y 1 07/01/2016
2 y 3 08/01/2016
4 y 5 11/01/2016
6 y 7 12/01/2016
8 y 9 13/01/2016

Para cumplir con dicha obligación es necesario generar el Formulario 931. La generación de esta Declaración Jurada (DDJJ) depende de la cantidad de asalariados que se tenga:

  • Hasta 200 empleados: Utilizando la Clave Fiscal de AFIP, la cual se puede obtener siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ, se debe acceder al servicio «Declaración en Línea» del portal del fisco.
  • De 200 a 300 trabajadores: El contribuyente puede elegir entre:
    • Hacerlo de manera online como se detalla en el anterior punto.
    • Hacerlo con el Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social (SICOSS) y efectuar la presentación desde la opción «Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos» de la página oficial del organismo recaudador.
  • Más de 300 empleados: Es obligatoria la utilización del aplicativo SICOSS y su presentación con el servicio «Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos».

En caso de querer abonar los aportes y las contribuciones del personal por Internet se debe generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) siguiendo los pasos indicados ACÁ. Una vez hecho esto, el pago se puede hacer por MagoMisCuentas, LinkPagos, Interbanking o cualquiera de los sitios de las entidades habilitadas.

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